Condena de 13.000 euros a un dentista por da?ar el nervio de un paciente
La mand¨ªbula del afectado qued¨® insensibilizada de forma irreversible, seg¨²n la sentencia, tras colocarle un implante dental
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 98 de Madrid ha condenado a un odont¨®logo que responde a las siglas J.L.C.C. a indemnizar con 12.970 euros a una paciente de 57 a?os a la que da?¨® un nervio al colocarle unos implantes dentales ocasion¨¢ndole p¨¦rdida de sensibilidad mandibular.
Seg¨²n ha informado la Asociaci¨®n del Defensor del Paciente, cuyos servicios jur¨ªdicos han tramitado la sentencia, la paciente acudi¨® en febrero de 2008 a la consulta del doctor con el fin de someterse a un tratamiento implantol¨®gico consistente en la colocaci¨®n de seis implantes dentales.
Dos a?os despu¨¦s de su colocaci¨®n, tres de los cuatro implantes del maxilar inferior izquierdo fueron rechazados por lo que, en el a?o 2010 se tuvieron que extraer los implantes antiguos procediendo a la colocaci¨®n de tres nuevos.
Finalizada esta segunda cirug¨ªa la paciente qued¨® con toda la zona mandibular completamente insensibilizada al haber sido da?ado el nervio dentario inferior izquierdo del implante 37. Dicha lesi¨®n perdura en la actualidad ya que la misma es de car¨¢cter irreversible.
El juez ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por la paciente que solicitaba en concepto de da?os y perjuicios una indemnizaci¨®n de 62.460 euros. La sentencia recoge que existi¨® una "falta de diligencia del demandado" por realizarse una segunda intervenci¨®n "arriesgada, al l¨ªmite sin estudio previo de TAC y al no retirar dicho implante tras comprobar que el mismo se encontraba alojado en el canal dentario inferior".
Todo ello, "considerando que el Denta-scan o TAC es imprescindible para proporcionar una informaci¨®n exacta respecto de la anatom¨ªa quir¨²rgica de la zona as¨ª como para localizar en canal del nervio en la mand¨ªbula".
Por dicho motivo, estima que "el hecho de que la paciente presente una alteraci¨®n sensitiva justo despu¨¦s de la intervenci¨®n demuestra casi en su totalidad que la lesi¨®n del nervio se produjo durante la colocaci¨®n de los implantes".
A su juicio, una vez realizada la TAC despu¨¦s de la segunda cirug¨ªa, "no debi¨® dar opci¨®n a la paciente a opinar". "Debi¨® retirar el implante en 37 y m¨¢s con los s¨ªntomas que presentaba. De esta forma se habr¨ªa minimizado el da?o que es irreversible", entiende el juzgado.
En este punto, matiza que la lesi¨®n del nervio "s¨®lo afecta a la sensibilidad en la zona izquierda del labio y zona adyacente y no a la funci¨®n motora". Esto es, "no se ve afectada la masticaci¨®n, como qued¨® acreditado por las pruebas que se le hicieron a la paciente en el Servicio de Neurofisiolog¨ªa del Hospital La Paz".
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