?Pueden las Cortes inhabilitar diputados?
La ¡°p¨¦rdida de la condici¨®n de diputado¡± en otros parlamentos es solo ¡°p¨¦rdida de derechos¡±
Dice el portavoz del grupo mayoritario, Jorge Bellver, que M¨°nica Oltra conoce bien la norma y que eso agrava su actitud al rebelarse contra su expulsi¨®n del pleno. Y tiene raz¨®n. Quiz¨¢s conoce el Reglamento de las Cortes Valencianas mejor que ¨¦l. La dirigente de Comprom¨ªs ha demostrado que no habla en vano de cuestiones jur¨ªdicas y ha ganado ya cinco sentencias ante el Tribunal Constitucional que condenan a la Mesa de las Cortes, dominada por la mayor¨ªa absoluta del PP, por vulnerar los derechos de los diputados de la oposici¨®n.
Ahora, cuando desaf¨ªa a los populares al asegurar que no se atrever¨¢n a sancionarla, sabe que hay un componente pol¨ªtico, o de imagen, en la escena del grupo mayoritario votando la p¨¦rdida temporal de la condici¨®n de diputada de una portavoz de la oposici¨®n. Pero hay mucho m¨¢s. Sancionar a Oltra podr¨ªa abrir un conflicto judicial sobre la constitucionalidad del actual Reglamento de las Cortes, reformado por el PP sin consenso en su ¨²ltima versi¨®n.
?Pueden las Cortes Valencianas inhabilitar a un diputado? Esa es la cuesti¨®n. Porque eso es lo que dice el art¨ªculo 101 del reglamento, seg¨²n el cual ¡°la suspensi¨®n temporal de la condici¨®n de diputado o diputada podr¨¢ acordarse por el pleno de la C¨¢mara por raz¨®n de disciplina parlamentaria¡± en varios supuestos, que incluyen llevar armas en el recinto del Parlamento, negarse a abandonar la sala al ser expulsado (que ser¨ªa el caso de Oltra) o persistir en la reiterada inasistencia una vez impuesta y cumplida sanci¨®n por ello. Esa sanci¨®n, la de inasistencia, cuando no hay reincidencia, en cambio, la aplica solo la Mesa e implica ¨²nicamente la p¨¦rdida de derechos, como la entrada a plenos y comisiones o el cobro de remuneraciones.
Hay diferentes sentencias del Tribunal Constitucional en casos de no acatamiento de expulsiones. Una diputada socialista de la Rioja, Inmaculada Ortega, vio desestimado el recurso de amparo por su sanci¨®n en 2010 mientras el nacionalista gallego Xos¨¦ Manuel Beiras gan¨® un caso similar de 1993. En ambos la sanci¨®n consist¨ªa en la suspensi¨®n ¡°del ejercicio de sus derechos parlamentarios por un mes¡±.
Pero no es eso lo que prev¨¦ el Reglamento de las Cortes Valencianas, que en su art¨ªculo 99 reduce la suspensi¨®n temporal de derechos a la inasistencia reiterada o el incumplimiento del deber de secreto. Lo que prev¨¦ el art¨ªculo 101, que se quiere aplicar a Oltra, es ¡°la p¨¦rdida temporal de la condici¨®n de diputado o diputada¡±. En la pr¨¢ctica, la inhabilitaci¨®n temporal de un cargo electo, algo que no parece concebible sin que medie una sentencia.
Oltra cree, sencillamente, que ese art¨ªculo es inconstitucional y que revela el abuso de poder del PP en el ejercicio de su mayor¨ªa absoluta. Su eventual sanci¨®n, por tanto, abrir¨ªa una batalla sobre el respeto a las reglas democr¨¢ticas que puede marcar el final de la legislatura.
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