La prohibici¨®n de ir a manifestaciones divide a los jueces en Barcelona
La medida cautelar fue impuesta a imputados por los incidentes de Can Vies
La prohibici¨®n de acudir a manifestaciones impuesta a presuntos responsables de des¨®rdenes p¨²blicos ha dividido a los jueces en Barcelona. Dos hechos casi id¨¦nticos ¡ªvinculados, ambos, a los altercados por el desalojo del centro okupa Can Vies, en Sants¡ª han dado lugar a resoluciones judiciales de signo opuesto. La Secci¨®n Sexta de la Audiencia de Barcelona considera que esa medida cautelar atenta contra los derechos fundamentales y la ha revocado. La Secci¨®n Octava del mismo ¨®rgano, sin embargo, cree que est¨¢ justificada en la medida en que tambi¨¦n lo est¨¢n decisiones m¨¢s graves, como el ingreso en prisi¨®n provisional.
El cisma judicial se ha producido a ra¨ªz de los casos de dos j¨®venes que, presuntamente, participaron en los altercados que siguieron al desalojo de Can Vies. Dos juzgados de instrucci¨®n dictaron una medida cautelar poco com¨²n, que empez¨® a implantarse hace dos a?os, tras los altercados durante la huelga general del 29-M en Barcelona. Las resoluciones son calcadas e imponen a los imputados por des¨®rdenes p¨²blicos ¡°la prohibici¨®n de acudir a manifestaciones o reuniones reivindicativas que puedan producirse en la v¨ªa p¨²blica de cualquier ciudad o pueblo de Catalu?a durante el tiempo que dure la instrucci¨®n del proceso y hasta la sentencia firme¡±.
Los abogados de los j¨®venes presentaron un recurso ante la Audiencia de Barcelona, que recientemente ha resuelto. En su auto, la Secci¨®n Sexta revoca la prohibici¨®n de asistir a manifestaciones al considerar que la medida no tiene amparo legal y supone, adem¨¢s, ¡°un preocupante indicio de un contexto de anormalidad democr¨¢tica¡±. La decisi¨®n del juzgado de instrucci¨®n, razona el magistrado Jos¨¦ Luis Ram¨ªrez, ¡°compromete nuclearmente el derecho de reuni¨®n¡±. En el caso de que se aprobase una ley que permitiera tales pr¨¢cticas, incide el auto, tendr¨ªa un encaje dif¨ªcil en la Constituci¨®n, ya que ¡°desbordar¨ªa la naturaleza genuina de toda medida cautelar penal, convirti¨¦ndose en puro instrumento de control social¡±.
En el otro lado se sit¨²a la Secci¨®n Octava de esa misma Audiencia. La defensa del imputado aleg¨® que la medida era ilegal e inconstitucional, adem¨¢s de ¡°innecesaria, desproporcionada e injusta¡±. La fiscal¨ªa se opuso al recurso y los magistrados han avalado la decisi¨®n de la juez de instrucci¨®n bajo el principio de que quien puede lo m¨¢s, puede lo menos. El auto, firmado por el magistrado Jes¨²s Mar¨ªa Barrientos, reconoce que una medida as¨ª puede suponer ¡°una limitaci¨®n de derechos fundamentales¡±. Pero considera que la decisi¨®n debe valorarse en funci¨®n de ¡°la gravedad de los hechos que se le imputan¡±: atentado a agentes de la autoridad y des¨®rdenes p¨²blicos.
El veto se implant¨® tras los incidentes del 29-M, la huelga general de 2012
Los magistrados recuerdan que el ingreso en prisi¨®n provisional es una medida ¡°an¨¢loga¡± porque tambi¨¦n limita ¡°derechos b¨¢sicos, como resulta ser la libertad personal¡±. M¨¢s a¨²n: se?alan que la prohibici¨®n de acudir a manifestaciones es ¡°de menor intensidad injerencial¡± que la c¨¢rcel. El auto defiende la necesidad de la medida para evitar que el imputado ¡°reitere acciones delictivas¡± en otras protestas. La misma Secci¨®n Octava ya aval¨®, en su d¨ªa, el veto de acudir a manifestaciones dictado a prop¨®sito de los graves altercados del 29-M.
Las asociaciones de jueces se inclinan por considerar que la medida carece de encaje legal. ¡°No est¨¢ prevista en el C¨®digo Penal, su aplicaci¨®n es muy dif¨ªcil. Otras iniciativas similares, como la prohibici¨®n a carteristas reincidentes de entrar en el metro, ya ha sido revocada en Madrid¡±, explica Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociaci¨®n de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria. En una l¨ªnea similar se expresa Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia: ¡°Cualquier medida restrictiva de derechos tiene que estar prevista por la ley o no es admisible¡±, razona. Y a?ade: ¡°Hay que cumplir el principio de proporcionalidad y no vulnerar derechos esenciales, como el de manifestaci¨®n o libertad de expresi¨®n¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.