El Supremo libra de c¨¢rcel a S¨¢nchez Gordillo por ocupar una finca militar
El alcalde de Marinaleda es absuelto de desobediencia pero pagar¨¢ 1.200 euros de multa
El Tribunal Supremo ha absuelto al alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel S¨¢nchez Gordillo, y al secretario general del Sindicato Andaluz de los Trabajadores (SAT), Diego Ca?amero, del delito de desobediencia por el que hab¨ªa sido condenados a siete meses de c¨¢rcel por la ocupaci¨®n de la finca militar Las Turquillas, en Osuna, durante el verano de 2012. El alto tribunal s¨ª mantiene la condena a los dos sindicalistas por un delito de usurpaci¨®n, por el que deber¨¢n pagar una multa de 1.200 euros cada uno de los condenados, pero entiende que la sanci¨®n por este delito ya lleva impl¨ªcita la negativa a abandonar voluntariamente la finca, que era la raz¨®n en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) bas¨® la condena por desobediencia.
El Supremo ha estimado parcialmente el recurso de S¨¢nchez Gordillo y Ca?amero contra la sentencia del TSJA, que conden¨® por desobediencia a ambos y a otros dos de los considerados cabecillas de la ocupaci¨®n de Las Turquillas, que se prolong¨® entre el 24 de julio y el 10 de agosto de 2012. En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado C¨¢ndido Conde-Pumpido, los jueces sostienen que la absoluci¨®n del delito de desobediencia no significa legitimar la protesta, ¡°por mucho que fuera su respaldo social o pol¨ªtico¡±. La ocupaci¨®n, seg¨²n el Supremo, fue delictiva, porque los acusados actuaron al margen de la legalidad, y debe ser sancionada como un delito de usurpaci¨®n por el car¨¢cter ¡°indefinido y persistente¡± de la misma.
Los jueces entienden que la ocupaci¨®n se concibi¨® como una acci¨®n que pretend¨ªa ¡°incidir en la sociedad¡± y ¡°captar adhesiones¡± para denunciar lo que se consideraba un abuso o injusticia. ¡°De ah¨ª que la publicidad sea uno de sus elementos caracter¨ªsticos, como tambi¨¦n su car¨¢cter colectivo, no individual y su realizaci¨®n por un grupo de personas que comparten unas convicciones¡±, se?alan los magistrados.
Pero, seg¨²n el Supremo, ese objetivo de ¡°abrir un debate p¨²blico sobre los problemas de desempleo en la zona o el mejor uso de la finca ocupada¡± ya se cumpl¨ªa con la publicidad medi¨¢tica que tuvo la ocupaci¨®n y no justifica ¡°en absoluto¡± su car¨¢cter indefinido ni una persistencia ¡°que perturba de modo muy relevante y desproporcionado¡± a los propietarios del solar ocupado, en este caso, el Ministerio de Defensa.
Sin embargo, el alto tribunal tiene en cuenta que los acusados ¡°acabaron accediendo pac¨ªficamente al desalojo¡± cuando se recurri¨® a la fuerza policial. Adem¨¢s, en la orden judicial de desalojo, se advirti¨® a los acusados de que, una vez fueran expulsados de la finca, deb¨ªan abstenerse de nuevas ocupaciones y se les advert¨ªa expresamente a los cabecillas de la protesta de que, si esta se repet¨ªa, podr¨ªan incurrir en un delito de desobediencia grave.
El Supremo considera que la negativa a abandonar voluntariamente la finca no entra dentro de esta advertencia que impon¨ªa el juez, sino que forma parte de la ¡°naturaleza¡± de la protesta y justifica la orden de desalojo. En todo caso, habr¨ªa podido existir este delito si S¨¢nchez Gordillo y el resto de acusados hubieran vuelto a ocupar la finca una vez desalojados.
En la ocupaci¨®n de Las Turquillas participaron alrededor de 500 personas pero el TSJA, en su sentencia, ya explic¨® que la media diaria que permaneci¨® all¨ª hasta el 10 de agosto, d¨ªa del desalojo, no pas¨® de ¡°unas 30 o 40¡±. En el juicio, celebrado en la sede del TSJA de Granada, acudieron como imputados 53 personas, pero el alto tribunal andaluz absolvi¨® a 49 porque la Guardia Civil no los identific¨® en las vigilancias que realizaba diariamente en la finca durante la ocupaci¨®n. Los agentes solo se limitaron a constatar la presencia habitual de Gordillo, Ca?amero y los otros dos condenados, a quienes conoc¨ªan ¡°por su mayor proyecci¨®n e imagen p¨²blica¡±.
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