El Superior anula el fallo que orden¨® retirar la cruz franquista de Vigo
El tribunal da la raz¨®n al Ayuntamiento, que aleg¨® que ha dejado de ser un s¨ªmbolo pol¨ªtico
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la raz¨®n al alcalde de Vigo en su defensa de la cruz de O Castro, al considerar como Abel Caballero que ya no tiene un significado de exaltaci¨®n de la guerra civil y la dictadura, ¡°una vez desaparecida toda la simbolog¨ªa franquista¡±. La sentencia del tribunal gallego revoca el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo que daba la raz¨®n a la Asociaci¨®n Viguesa pola Memoria Hist¨®rica do 36 y orden¨® el derribo.
?La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG notific¨® este martes su sentencia, al estimar el recurso de apelaci¨®n interpuesto por el Ayuntamiento de Vigo. ¡°Contemplada [la cruz] a d¨ªa de hoy al margen de las creencias superadas que motivaron su construcci¨®n, como muchos otros monumentos a la largo de la historia de la humanidad, ha de llevar al conocimiento y reflexi¨®n por las generaciones presentes y futuras sobre un pasado ya superado pero que no ha de olvidarse, habiendo de considerarse representativo de los ca¨ªdos por ambos bandos¡±, reza la sentencia. El fallo cuenta con el voto particular de una magistrada, que entiende que la cruz s¨ª ha de ser retirada en atenci¨®n a la Ley de la Memoria Hist¨®rica. La juez sostiene que la sentencia inicial deber¨ªa confirmarse por ser ¡°clara, precisa, congruente y motivada¡±.
La decisi¨®n de Caballero de recurrir la sentencia que le obligaba a derribar la cruz, inaugurada por Franco en 1961, provoc¨® un intenso debate en Vigo, aunque solo el BNG apoy¨® en el Ayuntamiento su propia moci¨®n que reclamaba la ejecuci¨®n del fallo. Populares y socialistas se mostraron a favor de mantenerla, con el argumento de ¡°no reescribir la historia¡± y para defender un acuerdo plenario de 1981, durante el mandato del socialista Manoel Soto, que pas¨® a considerar el monumento un homenaje a las v¨ªctimas de ambos bandos.
La sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario, se?ala que la cruz ya no tiene el significado original de exaltaci¨®n del bando ganador de la Guerra Civil, y que est¨¢ ¡°desprovista de toda simbolog¨ªa fascista¡±. Seg¨²n el TSXG, ¡°no puede compartirse que siga teniendo ese componente de exaltaci¨®n¡±, ya que ha desaparecido su ¡°carga pol¨ªtica¡±. ¡°Puede ser contemplada como un elemento religioso, aunque no fuese su significado originario, puesto que es evidente que se trata de una cruz latina¡±, apunta la resoluci¨®n.
El tribunal entiende que ¡°ha de conservarse esa memoria¡±, pero no como un elemento ideol¨®gico, sino para ¡°llevar al conocimiento y la reflexi¨®n por las generaciones presentes y futuras sobre un pasado ya superado¡±. ¡°Refleja la persecuci¨®n por razones pol¨ªticas en un contexto hist¨®rico que no ha de olvidarse para que no se repita¡±, a?ade la sentencia. La Asociaci¨®n Viguesa pola Memoria Hist¨®rica do 36 estudia v¨ªas ¡°extraordinarias¡± para recurrir un fallo que su abogado, Guillermo Presa, consider¨® ¡°de baja calidad¡±.
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