La Audiencia denuncia el descontrol ¡°intolerable¡± del IVIMA al vender pisos
Un inspector comerci¨® con inmuebles de personas fallecidas sin que el organismo p¨²blico detectase la estafa ¡°ni velase por los bienes p¨²blicos¡±
La Audiencia Provincial de Madrid critica al Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), dependiente de la Comunidad de Madrid, por la falta de controles que permitieron que una red de estafadores se apropiara entre 2003 y 2004 de cuatro viviendas de protecci¨®n oficial en la capital, en la zona de San Blas. El tribunal reprocha ¡°la pasividad intolerable de quienes ten¨ªan el deber de velar por bienes p¨²blicos que ten¨ªan un claro destino social¡±. ¡°Esta falta de diligencia ha de ser imputada al IVIMA que, olvidando los m¨¢s elementales deberes que ten¨ªa encomendados, ha actuado de forma negligente¡±, a?ade el fallo. Pese a las cr¨ªticas de la sentencia, el IVIMA fue una de las partes denunciantes que han permitido condenar a los estafadores a varios a?os de c¨¢rcel.
La empresa Gesti¨®n de Planificaci¨®n Urban¨ªstica (Geplaur SL) se encarg¨® de 2000 a 2004 ¡ªlos tres primeros a?os fueron los ¨²ltimos como presidente regional de Alberto Ruiz Gallard¨®n (1995-2003), al que sustituy¨® Esperanza Aguirre (2003-2012)¡ª de la gesti¨®n de parte del patrimonio inmobiliario del IVIMA, en concreto de la gesti¨®n externa de las viviendas de alquiler con opci¨®n a compra. Geplaur, con la que la Comunidad no contrata ¡°desde hace a?os¡±, deb¨ªa comprobar si en los pisos viv¨ªan sus adjudicatarios, as¨ª como las incidencias que se pudieran producir. La firma privada tambi¨¦n se encargaba de todas las gestiones y tr¨¢mites relativos a la adquisici¨®n de las viviendas.
Para realizar su cometido. Geplaur estaba autorizada a utilizar los ordenadores del IVIMA y acceder a su base de datos, teniendo, asimismo, la posibilidad de modificarlos al contar con las claves de acceso de funcionarios y directivos del Instituto de la Vivienda. La Audiencia Provincial establece que ¡°ni los directivos ni los funcionarios del IVIMA han cumplido con su obligaci¨®n. No han gestionado ni controlado qu¨¦ personas ocupaban las viviendas, ni en qu¨¦ condici¨®n dejaron en manos de empresas privadas la gesti¨®n del patrimonio inmobiliario¡±. Hasta el punto de que se puso a disposici¨®n de la concesionaria archivos en los s¨®tanos del IVIMA, bases de datos, procedimientos de gesti¨®n, e incluso los ordenadores del Instituto [de la Vivienda] y las claves de acceso ¡°sin ning¨²n control ni cortapisa¡±.
Cada una de las viviendas gestionadas por el IVIMA tiene un expediente en el que consta la ubicaci¨®n y caracter¨ªsticas de las mismas, as¨ª como los adjudicatarios. Adem¨¢s del expediente en soporte papel, en la ¨¦poca ¡°todo estaba informatizado¡± a trav¨¦s de un sistema denominado GPI, teniendo los funcionarios y los empleados de las empresas asignadas claves de acceso. La rutina deriv¨® en que fuera ¡°frecuente¡± que el personal del ¨¢rea de Administraci¨®n del IVIMA utilizase las claves de sus compa?eros, y que los empleados de Geplaur conociesen y utilizasen las claves de acceso de los funcionarios. Es m¨¢s, el c¨®digo del jefe de tramitaci¨®n era ¡°conocida y utilizado¡± tanto por funcionarios como por empleados de las empresas contratadas.
El condenado cambiaba el nombre del inquilino en la base de datos oficial
Uno de ellos, Julio Gonz¨¢lez Moreno, condenado a cuatro a?os, siete meses y 15 d¨ªas y a una multa de 1.800 euros por un delito de estafa y un delito continuado de falsedad en documento oficial, es el gran instigador de la red ilegal. El trabajador fue entre 2000 y 2004 inspector visitador de Geplaur, por lo que conoc¨ªa de primera mano qu¨¦ viviendas estaban vac¨ªas u ocupadas por el adjudicatario. Tambi¨¦n era el encargado de entregar las comunicaciones oficiales a los residentes.
Aprovechando su conocimiento de cu¨¢les eran las viviendas vac¨ªas, Gonz¨¢lez Moreno ide¨® un sistema para poder vender las casas a terceras personas. Para eso seleccion¨® las viviendas que reun¨ªan condiciones ¡°para acceder a una compra fraudulenta¡±, seg¨²n la Audiencia Provincial. El procedimiento para realizar la estafa consist¨ªa en ¡°alterar¡± la base de datos del IVIMA ¡°cambiando el nombre de aut¨¦ntico adjudicatario por el de la persona a la que se vend¨ªa de forma fraudulenta la vivienda, haci¨¦ndola aparecer como adjudicataria de la misma¡±, refleja la sentencia. ¡°A los expedientes de venta no se acompa?aba el expediente hist¨®rico de la vivienda. De haberse hecho as¨ª, como aconseja la m¨¢s elemental de las prudencias, un mero examen visual hubiera resaltado c¨®mo los solicitantes objeto de este procedimiento no ten¨ªan la condici¨®n de adjudicatario¡±, recrimina el tribunal.
¡°Ni los directivos ni los funcionarios cumplieron su deber¡±, dice el juez
Con este sistema, el trabajador de Geplaur realiz¨® varias operaciones fraudulentas. La principal fue la primera, en marzo de 2003, cuando ofreci¨® al primo de su mujer, Alberto Cabezas Espigares, una vivienda en la calle de los Dibujantes. Aprovechando su acceso a los archivos del IVIMA, Gonz¨¢lez Moreno los manipul¨®, de tal manera que le fue denegada la subrogaci¨®n al hijo y heredero del propietario fallecido. De esta forma, su familiar se hizo pasar por el titular, ¡°cuando en realidad hab¨ªa sido adjudicada a otra persona ya fallecida¡±. En mayo de ese a?o, Cabezas escritur¨® la vivienda por 2.144,29 euros. Gonz¨¢lez Moreno se encarg¨® de presentar los documentos imprescindibles para lograr la venta, como la carta del presidente de la comunidad de propietarios de estar al corriente de pagos.
Una vez efectuada la compra, Cabezas lo puso en conocimiento de personas de su c¨ªrculo de confianza. Algunas mostraron inter¨¦s en la adquisici¨®n de ese tipo de viviendas en las mismas condiciones, repiti¨¦ndose el proceso. Cabezas se ofreci¨® ¡°como intermediario¡± ante Gonz¨¢lez Moreno ¡°para facilitar la compra¡± a los interesados. La Audiencia le conden¨® a tres a?os y tres meses de prisi¨®n y una multa de 3.000 euros. El tribunal considera probado ¡°que, cuando los adjudicatarios solicitaban el acceso a la propiedad, no se examinaba el expediente de cada vivienda; se limitaban exclusivamente a la comprobaci¨®n en la base de datos si el solicitante coincid¨ªa con el que aparec¨ªa en pantalla como adjudicatario¡±.
Sin la casa de toda la vida por 2,23 euros
La Obra Sindical del Hogar adjudic¨® en 1964 un piso de protecci¨®n oficial a Ces¨¢reo Reguera, que falleci¨® en 1982. La viuda, Petra Delgado, continu¨® pagando las rentas. Tras solicitar la compra de la vivienda en 2001 (la subrogaci¨®n fue aprobada en 1986), el IVIMA le respondi¨® en septiembre de 2003 que no hab¨ªa pagado el recibo del mes anterior, de 2,23 euros. La solicitante fue incapacitada en octubre de ese a?o y se nombr¨® tutora a la Agencia Madrile?a para la Tutela de Adultos. En mayo de 2004, el IVIMA recibi¨® la solicitud de compra del piso por parte de un tercero. ¡°Sin ninguna comprobaci¨®n¡±, se le ofert¨® la compra de la vivienda a esta persona pese a que ¡°no ten¨ªa ning¨²n derecho¡±. La compraventa se consum¨® en septiembre de ese a?o. ¡°Con un m¨ªnimo de diligencia, esta situaci¨®n no se habr¨ªa producido, y eso revela una actuaci¨®n de negligencia inexcusable por parte de los funcionarios p¨²blicos¡±, zanja la Audiencia Provincial.
Los condenados han recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial, del pasado diciembre, ante el Supremo, por lo que de momento queda sin efecto la nulidad de las compraventas de los inmuebles afectados que recoge el escrito de la Secci¨®n 15? de la Audiencia Provincial, formada por los magistrados Pilar de Prada (presidenta), Carlos Fraile y Luis Carlos Pelluz (ponente). El Ejecutivo de Ignacio Gonz¨¢lez (PP) apunta que ¡°se revisar¨¢n todos los expedientes de las viviendas para satisfacer a las personas que leg¨ªtimamente pueden corresponder las viviendas tan pronto como la sentencia sea firme¡±.
Todos los acusados han coincidido en declarar que las firmas de las escrituras se hac¨ªan ¡°de forma masiva¡±, sin ning¨²n tipo de lectura o advertencia por parte del fedatario p¨²blico, y sin la presencia de quien actuaba en nombre del IVIMA, que firmaba en otro momento.
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