El Supremo confirma que Catalu?a debe devolver los bienes de Sigena
La Generalitat estudia recurrir el fallo ante el Constitucional
El Tribunal Supremo ha dado luz verde a que se ejecute la sentencia que el pasado abril conden¨® a la Generalitat de Catalu?a a devolver las obras de arte del Monasterio de Sigena (Huesca) que compr¨® entre 1983 y 1994 a las monjas de la orden de Jerusal¨¦n de Sigena, tras trasladarse la comunidad en 1970 a Valldoreix, Barcelona. El Tribunal de Conflictos y Jurisdicci¨®n ha rechazado el conflicto de jurisdicci¨®n planteado por el Gobierno catal¨¢n frente al Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de Huesca, que orden¨® a la Generalitat y al Museo Nacional de Catalunya (MNAC) la devoluci¨®n de casi un centenar de obras del monasterio. El conjunto no tiene nada que ver con el conflicto sobre el arte de la Franja, por el que las dos comunidades se disputan la titularidad de 113 obras de arte religioso.
La sentencia no admite recurso, aunque la Generalitat ha anunciado que estudia interponer un recurso de amparo al Tribunal Constitucional "por estar en total desacuerdo con su contenido" y para intentar evitar que se ejecute el fallo, que le obligar¨ªa a vender las obras a Arag¨®n.
El proceso arranc¨® en 1998, cuando la Generalitat interpuso ante el Constitucional un conflicto de competencias contra la orden de la Diputaci¨®n General de Arag¨®n que exig¨ªa poder ejercer el derecho de retracto sobre los bienes que las monjas hab¨ªan vendido en 1983 (44 piezas por 66 millones de pesetas) y 1994 (52 piezas por 39 millones). Una d¨¦cada despu¨¦s, el MNAC compr¨® otras piezas del monasterio, a cuya devoluci¨®n insta tambi¨¦n el Supremo. Arag¨®n ped¨ªa todos los bienes, tras devolver la cantidad pagada por Catalu?a, alegando que no hab¨ªa podido ejercer su derecho de retracto porque no se hab¨ªa enterado de la venta. En su defensa las monjas alegaron que dispon¨ªan de un permiso del Vaticano para enajenar los bienes, aunque sus opositores adujeron que, siendo una orden femenina, deber¨ªan haber tenido tambi¨¦n el permiso del obispo de Barbastro-Monz¨®n. En abril del a?o pasado, una juez de Huesca declar¨® nulas las operaciones de compra y orden¨® que las obras fueran devueltas a la orden religiosa Sanjuanista antes del 25 de septiembre de 2015.
Pero la Generalitat consigui¨® frenar la entrega con la presentaci¨®n de un conflicto de jurisdicci¨®n en el que alegaba que el Estatuto de Autonom¨ªa atribuye a Catalu?a la competencia exclusiva en materia de cultura y patrimonio catal¨¢n. La Generalitat, adem¨¢s, alegaba que el monasterio de Sigena carece de competencias para la protecci¨®n de patrimonio hist¨®rico, por lo que la ejecuci¨®n provisional de la sentencia sin que el fallo fuera firme pon¨ªa en peligro la conservaci¨®n de bienes protegidos.
El Tribunal de Conflictos, sin embargo, considera que corresponde al juzgado de Huesca la competencia para instar a la devoluci¨®n de las obras, por lo que debe hacerse lo que ¨¦ste estime. Los jueces, adem¨¢s, consideran que la Generalitat plante¨® este conflicto no por dudas en la competencia del caso, sino como un ¡°intento¡± de ¡°evitar la efectividad de la sentencia".
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