El Supremo absuelve a un colaborador de Resistencia Galega
El tribunal considera que ya fue condenado a siete a?os por los mismos hechos, la tenencia y suministraci¨®n de explosivos, en una sentencia anterior
El Tribunal Supremo ha anulado la condena por tenencia de explosivos a un colaborador de Resistencia Galega, Carlos Calvo Varela, al entender que ya fue condenado por los mismos hechos en diciembre de 2014. Esto se debe a que, tal y como recuerda el tribunal, dos actos de tenencia de explosivos temporalmente diferenciados constituyen un solo delito si entre uno y otro la persona no ha sido detenida o imputada.
La sentencia, con el magistrado Miguel Colmenero como ponente, revoca la condena de siete a?os de c¨¢rcel que le impuso el 15 de abril de 2015 la Audiencia Nacional por delito de tenencia de artefacto explosivo terrorista en concurrencia con un delito de colaboraci¨®n con organizaci¨®n terrorista. Los hechos probados se?alaban que Calvo Varela hab¨ªa hecho llegar una bolsa con un artefacto explosivo que fue colocada por alguien desconocido en un cajero autom¨¢tico de Novacaixagalicia en Vigo en la madrugada del 10 de octubre de 2011. Seg¨²n la investigaci¨®n, prest¨® tambi¨¦n su DNI para bloquear con ¨¦l el mecanismo de apertura del cajero y evitar as¨ª que la puerta se cerrase. Tras el aviso de unos j¨®venes que vieron la bomba, un equipo de desactivaci¨®n de la polic¨ªa nacional explosion¨® el artefacto, que caus¨® da?os materiales en varios inmuebles de la calle.
En la nueva sentencia, el Supremo absuelve a Calvo Varela porque el 23 de diciembre de 2014 el mismo tribunal ya le conden¨® a una pena id¨¦ntica, siete a?os de c¨¢rcel, por colaboraci¨®n con banda armada en su modalidad de tenencia de explosivos. En los hechos probados de aquel fallo se declaraba que Calvo hab¨ªa tenido en su poder explosivos que pretend¨ªa entregar a miembros de Resistencia Galega el 15 de septiembre de 2012 con la finalidad de que fueran utilizados en un atentado terrorista.
Si Calvo Varela ¡°en octubre de 2011 tuvo en su poder explosivos destinados a ser entregados a Resistencia Galega y en setiembre de 2012 reiter¨® esa misma clase de posesi¨®n de tal clase de objetos, aunque la conducta se integre por varios actos temporalmente diferenciados, el delito cometido ser¨ªa solo uno", concluye el alto tribunal. "Pues varios actos de tenencia de explosivos con fines terroristas constituyen un solo delito si entre ellos no aparece un suceso del tipo de los antes mencionados, es decir, una sentencia condenatoria, una detenci¨®n o una imputaci¨®n o citaci¨®n para defenderse en la investigaci¨®n seguida por unos hechos concretos¡±. ¡°Al haber sido ya condenado por esos hechos, no puede serlo nuevamente¡±, zanja el Supremo, que estima el recurso y absuelve a Calvo Varela.
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