El fiscal da por cerrado el ¡®caso Alvia¡¯ con el maquinista como acusado
Antonio Roma considera que ¡°nada nuevo¡± se ha descubierto desde que la Audiencia de A Coru?a rechaz¨® imputar a Adif en septiembre de 2014
Antonio Roma, fiscal del caso Alvia que investiga el descarrilamiento del 24 de julio de 2013 en Santiago en el que murieron 80 personas, se ratifica en que el maquinista del tren fue el ¨²nico culpable y, como el segundo juez instructor de la causa, pide que se celebre juicio contra ¨¦l cuanto antes. Para ello ha rechazado todos los recursos planteados por las v¨ªctimas, el abogado del maquinista y la aseguradora de Renfe contra la propuesta de cerrar la investigaci¨®n y juzgar solo al conductor.
Roma dice que ¡°nada nuevo¡± se ha aportado a la investigaci¨®n desde que en septiembre de 2014 la Audiencia Provincial de A Coru?a rechaz¨® la pretensi¨®n del primer juez instructor de la causa de citar como imputados a cargos de Adif a los que atribu¨ªa la responsabilidad de reducir la seguridad de la l¨ªnea de alta velocidad Ourense-Santiago en la que ocurri¨® el accidente. Esa misma Audiencia ser¨¢ la que ahora deba decidir si contin¨²a la instrucci¨®n o se celebra ya el juicio. V¨ªctimas del accidente consideran que ha sido precisamente la actitud pasiva tanto del propio fiscal como del segundo juez instructor lo que ha impedido que se investigasen en profundidad otros elementos del accidente.
En su escrito de 48 p¨¢ginas, el fiscal, como hizo el juez en su propuesta para cerrar la instrucci¨®n, descarta buena parte de los argumentos contrarios diciendo que ya fueron rechazados por la Audiencia en 2014 o que el momento para analizarlos ser¨¢ el juicio oral. Tambi¨¦n apunta ¡°las dificultades que las organizaciones complejas traen consigo para la individualizaci¨®n de una conducta productora de un resultado¡±. Roma considera que solo puede ser considerado delito la ¡°conducci¨®n distra¨ªda¡± del maquinista, que hab¨ªa recibido una llamada del interventor del tren y que no fren¨® a tiempo antes de la curva de Angrois sin que hubiese activo ning¨²n sistema de seguridad que evitase o paliase su despiste. Seg¨²n el fiscal, las diversas deficiencias de seguridad que otras partes han sacado a la luz durante la instrucci¨®n ¡°pueden permitir la mejora de la circulaci¨®n ferroviaria en el futuro¡±, pero no revisten ¡°la apariencia de delito¡±.
Por un lado, el fiscal elogia que ¡°la labor desarrollada por el juzgado ha sido amplia y exhaustiva¡±. Por otro, destaca que desde el citado auto de la Audiencia que en septiembre de 2014 decidi¨® no imputar a cargos de Adif por falta de pruebas, la ¨²nica novedad que se ha aportado a la causa han sido los informes periciales, en los que a su juicio no se se?alan ¡°factores que revistan la apariencia delictiva¡±. En varios de ellos se indica el elevado riesgo de accidente que exist¨ªa en la curva de Angrois por la configuraci¨®n de seguridad decidida por Adif, pero Roma considera que ¡°no puede afirmarse que se haya incrementado el riesgo en los t¨¦rminos propios de la t¨¦cnica jur¨ªdico-penal¡±. Tambi¨¦n recuerda que la Audiencia dio por v¨¢lido que se ¡°exportasen¡± al maquinista los riesgos existentes en la infraestructura.
En otro punto de su escrito el fiscal admite que el sistema de control constante de la velocidad propio del AVE, el ERTMS que en los Alvia hab¨ªa sido desconectado un a?o antes del accidente de Angrois, es ¡°indudablemente superior¡± al sistema de seguridad convencional, el ASFA de control puntual de la velocidad con que circulaba el tren el d¨ªa del siniestro. La afirmaci¨®n contradice las reiteradas afirmaciones de Adif y Renfe de que ambos sistemas son igual de seguros.
Entre las cuestiones que las v¨ªctimas, el abogado del maquinista o el seguro de Renfe ped¨ªan investigar y que el fiscal descarta se encuentra la posible existencia de publicidad enga?osa sobre los sistemas de seguridad existentes. Roma asegura que en las notas de prensa y publicaciones de Fomento y Adif en las que se detallaban los sistemas de seguridad del AVE gallego predominan ¡°m¨¢s el aspecto informativo o propagand¨ªstico sobre el propiamente comercial¡±, que es el que se debe tener en cuenta en ese delito concreto de publicidad enga?osa. El fiscal tambi¨¦n descarta analizar el posible sobrepeso del tren, la capacitaci¨®n del maquinista para su trabajo, y que se incumpliese alguna norma de seguridad laboral.
En su escrito el fiscal llega a elogiar la ¡°util¨ªsima labor policial¡± en la instrucci¨®n, sin detallar en qu¨¦ consisti¨®, y cita la ¡°ausencia de la cabina en dos ocasiones¡± antes del accidente del conductor, algo que las grabaciones prueban que no se produjo. Nada dice, por el contrario, de los plagios detectados en uno de los peritajes, que el abogado del maquinista ped¨ªa invalidar.
Por todo ello, ¡°para no perjudicar el derecho de los imputados o acusados a un juicio sin dilaciones indebidas¡±, ¡°el juicio oral es una necesidad y concurren elementos para que pueda desarrollarse con las debidas garant¨ªas¡±, concluye el fiscal, que se ratifica en su escrito del pasado 27 de octubre en el que solicit¨® cuatro a?os de c¨¢rcel para el maquinista por ¡°imprudencia grave profesional¡± y 43 millones de euros de indemnizaci¨®n para las v¨ªctimas, que deber¨ªan ser abonados por la aseguradora de Renfe, QBE.
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