Condenados a 14 meses de c¨¢rcel por contaminar el acu¨ªfero de Torell¨®
Los dos exdirectivos de las empresas que vertieron disolventes en el subsuelo pagar¨¢n los 1,2 millones que cost¨® su restauraci¨®n
La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos exdirectivos de las empresas Covity VEM a 14 meses de prisi¨®n por contaminar con vertidos industriales el r¨ªo Ger y los acu¨ªferos que suministraban agua potable a Torell¨® (Barcelona) y les obliga a pagar los 1,2 millones que cost¨® restaurarlos.
En su sentencia, la secci¨®n d¨¦cima de la Audiencia de Barcelona condena a Liber Antonio S., exdirector gerente de COVIT, y a Ramon T., exdirector t¨¦cnico de VEM, por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente y les impone multas de 4.500 euros a cada uno de ellos, as¨ª como ocho meses de inhabilitaci¨®n para ejercer actividades industriales.
La sala rebaja a los acusados la pena que les corresponder¨ªa por un delito contra los recursos naturales, al aplicarles la atenuante de dilaciones indebidas, dado el retraso injustificado en la instrucci¨®n de la causa, que se inici¨® en 2004 a ra¨ªz de un atestado de los Mossos d'Esquadra.
Los dos industriales deben pagar adem¨¢s los 1,2 millones de euros que el Ayuntamiento de Torell¨® y la Agencia Catalana del Agua (ACA) invirtieron para restaurar los acu¨ªferos y la cuenca fluvial contaminada, cantidad de la que se har¨¢n cargo como responsables directas las compa?¨ªas aseguradoras de las empresas.
Seg¨²n la sentencia, ambos procesados -junto al exdirector de COVIT y VEM Juan Antonio Bofill, imputado en la causa hasta que falleci¨® en 2006- permitieron que las empresas que gestionaban vertieran, sin tratarlos previamente, residuos con percloretileno, un disolvente industrial clorado que la OMS considera nocivo para la salud y que tiene efectos carcin¨®genos.
La sentencia sostiene que las dos empresas utilizaban esa sustancia t¨®xica en sus procesos de producci¨®n, sin contar con la preceptiva autorizaci¨®n de la licencia de actividad ambiental, pese a que, entre los a?os 1996 y 2000, adquirieron 59.932 kilos cuya eliminaci¨®n se desconoce c¨®mo fue gestionada.
La Audiencia cree probado que, durante diez a?os desde que iniciaron su actividad en 2001, los residuos que generaban ambas empresas recib¨ªan un tratamiento "inadecuado e insuficiente" para impedir que se vertieran al r¨ªo Ges y a los acu¨ªferos que, en esa cuenca, alimentaban los pozos de captaci¨®n utilizados para el suministro de agua potable de Torell¨®.
Entre los a?os 2000 y 2001, se "hicieron patentes" da?os medioambientales en las aguas superficiales del r¨ªo Ges y se detect¨® la presencia de disolventes en los pozos de captaci¨®n de Torell¨®, lo que seg¨²n el tribunal gener¨® "un grave riesgo para la salud p¨²blica de los habitantes de dicho municipio".
Los niveles de disolvente t¨®xico en esos pozos -que suministraban entre el 60 y el 65 % de agua potable a la poblaci¨®n- eran tan elevados que fue preciso cerrarlos y descontaminarlos.
Concretamente, los an¨¢lisis de las muestras de aguas recogidas detectaron elevadas concentraciones de percloroetileno y tricloroetileno en la red de suministro de Torell¨®, principalmente en la llamada "zona deportiva".
Para el tribunal, los procesados eran conscientes de la toxicidad de los productos que utilizaban y "sab¨ªan que ambas empresas carec¨ªan de instalaciones adecuadas" para impedir que los residuos contaminantes acabaran en el subsuelo y en las aguas del r¨ªo Ges.
Por lo tanto, a?ade la sentencia, los procesados "conocieron, consintieron y, con capacidad para adoptar las medidas necesarias, no impidieron los vertidos, que produjeron unos da?os important¨ªsimos en el medio ambiente de la zona", no s¨®lo a su equilibrio ecol¨®gico sino tambi¨¦n a los "pozos de suministro de agua para el consumo humano de la poblaci¨®n de Torell¨®".
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