La Audiencia de Valencia veta que el Ayuntamiento acuse en el caso Taula
El juez ya hab¨ªa rechazado que el consistorio ejerciera la acci¨®n particular en la causa
La Audiencia de Valencia ha vetado definitivamente al Ayuntamiento de Valencia ejercer la acusaci¨®n en el caso Taula. En el procedimiento se investiga una trama que presuntamente cobr¨® comisiones del 3% a cambio de adjudicaciones p¨²blicas en varias Administraciones y tambi¨¦n una operaci¨®n de blanqueo de capitales en el grupo municipal del PP en el Consistorio.
El recurso instado por la defensa de la concejal Beatriz Sim¨®n, representada por el abogado Ignacio De Guzm¨¢n, a la que se adhirieron otros miembros del grupo popular investigados, cierra la puerta a que el Ayuntamiento ejerza la acusaci¨®n popular. El magistrado instructor ya hab¨ªa rechazado que formase parte del procedimiento como acusaci¨®n particular.
"Ninguna Administraci¨®n puede arrogarse una acci¨®n p¨²blica penal con la excusa de su posible conexi¨®n con alguna de sus competencias", afirma la Audiencia de Valencia. "La acci¨®n p¨²blica penal pertenece en exclusiva al ministerio fiscal", a?ade en su razonamiento la Secci¨®n Cuarta.
El juez instructor V¨ªctor G¨®mez neg¨® en marzo que el Ayuntamiento fuera acusaci¨®n particular, pero abri¨® la puerta a que volviera a solicitar su entrada en el procedimiento como acusaci¨®n popular. Ese fue el punto recurrido y sobre el que ahora se ha pronunciado la Audiencia en una resoluci¨®n contra la que seg¨²n precisa el auto "no cabe ulterior recurso".
Los magistrados critican la posibilidad que plante¨® el juez de Instrucci¨®n sobre la personaci¨®n como acusaci¨®n popular. ¡°En la parte dispositiva, solo se deben recoger pronunciamientos, estimatorios o revocatorios de pretensiones, siendo poco acertado hacer referencia a actuaciones que a¨²n no se han materializado, y cuya inclusi¨®n han dado lugar al presente recurso¡±, se?ala el auto de la Secci¨®n Cuarta que preside Pedro Castellano, exresponsable en Valencia de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura.
Para concluir con el veto a la entrada del Ayuntamiento en el caso Taula, los magistrados mencionan jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, en relaci¨®n con el art¨ªculo 124 de la Carta Magna, que regula el funcionamiento de la Fiscal¨ªa.
¡°Una persona jur¨ªdica p¨²blica puede, en principio, ejercer la acusaci¨®n particular en cuanto ofendido, o perjudicado por el delito, en los mismos t¨¦rminos que un particular, pero no puede invocar sus atribuciones y competencias como elemento que le atribuya un inter¨¦s suficiente para la personaci¨®n como acusador p¨²blico¡±, se?ala el auto de la Secci¨®n Cuarta fechado este mi¨¦rcoles.
"Una concesi¨®n al pueblo"
Tampoco puede una entidad p¨²blica ¡°enmascarar esa condici¨®n bajo la f¨®rmula de una acusaci¨®n popular reservada a los ciudadanos, pero no a la Administraci¨®n¡±, resuelve. ¡°La acci¨®n popular, es una concesi¨®n a la participaci¨®n del pueblo en la justicia; no a la participaci¨®n de m¨¢s poderes en la justicia¡±. ¡°No hay habilitaci¨®n legislativa general para que las personas jur¨ªdicas p¨²blicas ejerzan la acci¨®n popular, por lo que ha de ser un concreto precepto de ley el que recoja esta opci¨®n¡±.
Por el presunto blanqueo de capitales en el grupo municipal del Ayuntamiento de Valencia hay 47 imputados, entre ellos el PP como persona jur¨ªdica. El juez instructor ha pedido tambi¨¦n al Supremo y al Tribunal Superior de Justicia valenciano que investiguen a la exalcaldesa y senadora Rita Barber¨¢ y al diputado auton¨®mico Miguel Dom¨ªnguez.
Dos imputados han admitido los hechos. El resto, as¨ª como Barber¨¢ y Dom¨ªnguez, han negado el delito. Mantienen que donaron 1.000 euros para financiar la campa?a del PP en Valencia en las elecciones locales de 2015, pero niegan que recibieran en paralelo el mismo importe en efectivo como sostiene la Fiscal¨ªa.
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