La justicia avala los pisos tur¨ªsticos si no molestan a los vecinos
El TSJC revoca una sentencia que consider¨® la actividad contraria a la convivencia normal, siempre que no haya "conductas inc¨ªvicas"
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha dado la raz¨®n a los propietarios de tres pisos tur¨ªsticos de un inmueble de Barcelona, que hab¨ªan sido denunciados en 2012 por el resto de vecinos de la escalera. Un juzgado de primera instancia le hab¨ªa dado la raz¨®n a los demandantes, asegurando que ese uso de la vivienda ¡°era contrario a la convivencia normal¡±. Los magistrados sostienen ahora que la explotaci¨®n econ¨®mica es l¨ªcita siempre y cuando no haya ¡°conductas inc¨ªvicas¡±.
El juzgado 32 de Barcelona inicialmente hab¨ªa considerado que la actividad, adem¨¢s, era ¡°molesta para los vecinos y comporta un uso excesivo de las instalaciones¡± y por ello orden¨® suspender que se alquilara a turistas. La sentencia de primera instancia hab¨ªa sido refrendada por la Audiencia de Barcelona en 2015. Los due?os de los tres pisos tur¨ªsticos, sin embargo, recurrieron ante el TSJC.
Los magistrados recuerdan que a?os despu¨¦s de la presentaci¨®n del litigio, la Generalitat legisl¨® sobre los pisos tur¨ªsticos. El alto tribunal considera adem¨¢s que no se puede ¡°concluir en abstracto que la vivienda de uso tur¨ªstico supone una actividad contraria a la convivencia normal en una comunidad¡± y que las quejas solo pueden provenir ¡°como consecuencia de una serie de conductas o actuaciones que merezcan la consideraci¨®n de inc¨ªvicas". Un an¨¢lisis que, de acuerdo con la sentencia del TSJC se debe analizar ¡°caso por caso¡±.
El tribunal recuerda que la junta de propietarios puede acordar impedir la instalaci¨®n de pisos tur¨ªsticos en la finca o tambi¨¦n puede establecer un aumento en las cuotas de los gastos de la comunidad "en el caso de uso o disfrute especialmente intensivo de elementos o servicios comunes como consecuencia del ejercicio de actividades empresariales o profesionales en el piso o local". Equipara as¨ª, el uso tur¨ªstico al de despachos profesionales o de locales abiertos al p¨²blico.
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