El TSJM anula el plan especial que intent¨® legalizar el campo de golf de Chamber¨ª
La sentencia ordena la adopci¨®n "de las medidas necesarias para la reposici¨®n y restablecimiento de la parcela a su estado f¨ªsico anterior a la ejecuci¨®n de las obras"
La Secci¨®n Primera de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el acuerdo de la comisi¨®n de Urbanismo de la Comunidad de Madrid que aprob¨® el Plan Especial que regulariz¨® las instalaciones regionales, entre las que se incluye el campo de golf, en los terrenos del Tercer Dep¨®sito del Canal de Isabel II de Chamber¨ª.
El fallo del pasado 26 de julio ordena la adopci¨®n "de las medidas necesarias para la reposici¨®n y restablecimiento de la parcela a su estado f¨ªsico anterior a la ejecuci¨®n de las obras", informa hoy El Mundo. Adem¨¢s, condena a 7.000 euros de costas al Canal de Isabel II y a la Comunidad de Madrid.
La historia de estas instalaciones comenz¨® en 2003, cuando el Gobierno regional obtuvo la primera licencia de obras, tras el anterior cambio de uso de la parcela por parte del Ayuntamiento. No obstante, no pasar¨ªa mucho para que este asunto generara las primeras desavenencias entre la presidenta, Esperanza Aguirre, y el alcalde de la capital, Alberto Ruiz Gallard¨®n.
En 2006, cinco meses antes de la inauguraci¨®n, la direcci¨®n General de Gesti¨®n Urban¨ªstica del Ayuntamiento orden¨® la suspensi¨®n inmediata" de las obras, dando un plazo de dos meses para que la Comunidad solicitara una "nueva licencia que ampare unas obras ilegales".
Cumplido el plazo, el Consistorio emiti¨® otro informe desfavorable sobre la petici¨®n de modificaci¨®n de licencia, enjuiciando "las afecciones paisaj¨ªsticas y la valla perimetral". Pero la Comunidad en enero de 2007 declar¨® el proyecto "bien inter¨¦s general" y se inaugur¨® el conjunto, incluido el campo de golf.
Entonces los vecinos, a trav¨¦s de la Asociaci¨®n Parque S¨ª en Chamber¨ª comenzaron una batalla legal para recuperar la zona y convertirla en un gran parte p¨²blico. As¨ª, en 2010 el TSJM declar¨® que el campo de golf no cumpl¨ªa los requisitos administrativos requeridos para justificar su condici¨®n de inter¨¦s genera, fallo que fue confirmado en 2012 por el Supremo.
Para salvar las instalaciones de este batacazo judicial, meses despu¨¦s la Comunidad, con apoyo del Ayuntamiento, aprob¨® un Plan Especial para legalizar la situaci¨®n de estos terrenos. La asociaci¨®n vecinal recurri¨® este proyecto y ahora la Justicia les ha vuelto a dar la raz¨®n. Aunque a¨²n contra esta medida cabe recurso de casaci¨®n.
El fallo de finales de julio critica que el Plan Especial no dedicara una memoria que justificara por qu¨¦ en Chamber¨ª, un distrito con d¨¦ficit de dotaciones verdes y equipamientos deportivos, precisaba una instalaci¨®n de "utilizaci¨®n selectiva" como es el campo de golf y no una general. "No existe motivaci¨®n de la generalidad y excepcionalidad del inter¨¦s p¨²blico en la implantaci¨®n de instalaciones deportivos de uso singular como las impugnadas", a?ade.
El Tribunal arremete tambi¨¦n contra dicho Plan Especial porque, a su juicio, s¨®lo busca "la legalizaci¨®n de unos usos deportivos y construcciones ya ejecutadas" y reprocha a la Comunidad "un comportamiento arbitrario, constitutivo de desviaci¨®n de poder por ejecutar la potestad de planeamiento para fines distintos a los de crear ciudad, que son los que la legitiman tratando, a trav¨¦s de la aprobaci¨®n del Plan Especial de legalizar las instalaciones para la pr¨¢ctica de golf".
Los jueces consideran que para introducir una ordenaci¨®n urban¨ªstica que venga a legalizar la previa actuaci¨®n irregular cometida, la Comunidad "deb¨ªa realizar un significativo esfuerzo para justificar que la finalidad perseguida trascend¨ªa realmente del inter¨¦s legalizador y que se deb¨ªa a una raz¨®n urban¨ªstica de inter¨¦s p¨²blico general, como razona el Tribunal Supremo en su sentencia de 2012"
"En definitiva, los intereses generales han quedado desplazados por el inter¨¦s particular de la legalizaci¨®n, con claro desv¨ªo de poder, lo que invalidad el ejercicio de la potestad planificadora en la aprobaci¨®n del Plan Especial", concluye en TSJM en su sentencia.
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