La Guerra de los tapices ir¨¢ al Constitucional
El Tribunal Supremo ratific¨® en febrero que las obras de arte pasaran a manos de la Iglesia
La Fundaci¨®n Santa Rita de Casia?ir¨¢ al Tribunal Constitucional para evitar que 23 tapices flamencos del siglo XVII que recibieron en donaci¨®n en 1869 pasen al Arzobispado. El juzgado de primera instancia n¨²mero 38 de Madrid orden¨® el pasado mes de septiembre la ejecuci¨®n de la sentencia del Tribunal Supremo, que fall¨® a favor del Arzobispado de Madrid en el pleito que sosten¨ªa contra la asociaci¨®n Santa Rita de Casia por la propiedad de las obras de arte.
"Tenemos que estar arropados por los tribunales civiles y las leyes civiles espa?olas, que hasta ahora no nos han protegido. No deben dar por v¨¢lido el decreto can¨®nico y tienen que aceptar la adaptaci¨®n al siglo XXI de nuestra asociaci¨®n¡±, mantiene la presidenta de la asociaci¨®n Rosa Barranco.
Todo empez¨® en 2000 cuando Barranco, dado ¡°el lamentable estado en el que se encontraban los tapices¡±, decidi¨® solicitar ayuda al Ministerio de Cultura para repararlos. La presidenta sostiene que desde el Ministerio le aconsejaron que los incluyera en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, acci¨®n que conllevaba que creasen una fundaci¨®n. En 2002, los tapices se empezaron a reparar.
Ese mismo a?o, la entidad firm¨® un convenio con la Real F¨¢brica de Tapices -lugar donde est¨¢n almacenadas las piezas desde 1903- por el que este organismo p¨²blico pod¨ªa arrendar las obras de arte para financiar su mantenimiento y restauraci¨®n a cambio de 3.549 euros. ¡°Las subvenciones que hemos recibido nunca han pasado a trav¨¦s de Santa Rita, sino que siempre han ido directamente a la Real F¨¢brica de Tapices, as¨ª nos evitamos que malinterpreten que nos quedamos con el dinero¡±, detalla Barranco.
En mayo de 2004, el cardenal Rouco, tras conocer la constituci¨®n de la Fundaci¨®n Santa Rita de Casia y el contrato con la Fundaci¨®n Real F¨¢brica de Tapices, para los que el Arzobispado no hab¨ªa sido consultado, decidi¨®, por decreto can¨®nico, disolver la Asociaci¨®n Privada de Fieles, t¨ªtulo que hab¨ªa sido otorgado a la asociaci¨®n por la reina Isabel II en 1856, junto al de doble car¨¢cter civil. El cardenal tambi¨¦n declar¨® nulos los actos de disposici¨®n de bienes hechos por la Fundaci¨®n Santa Rita de Casia. La raz¨®n fue la siguiente: "El riesgo de p¨¦rdida de los bienes eclesi¨¢sticos, el da?o grave ocasionado a la disciplina eclesi¨¢stica y al bien com¨²n".
Para evitar esta resoluci¨®n, Barranco inici¨® un proceso que se prolong¨® durante cuatro a?os y termin¨® en el Tribunal de la Signatura Apost¨®lica en Roma. ¡°Sab¨ªamos que perder¨ªamos porque Rouco pertenece a este tribunal, pero no pod¨ªamos tolerar que disolviese nuestra asociaci¨®n¡±, explica la presidenta. Seg¨²n Barranco, el Arzobispado intent¨® aplicar esta sentencia que es de un tribunal Vaticano en un tribunal civil espa?ol, ¡°pero perdieron porque no hay relaciones entre el Vaticano y Espa?a¡±.
A finales de 2009, el Arzobispado decidi¨® demandar a la asociaci¨®n por la v¨ªa civil. ¡°Buscaban dar por v¨¢lido el decreto can¨®nico promovido por Rouco y anular la adaptaci¨®n de los estatutos de la asociaci¨®n de 1856 a la nueva ley de asociaciones del siglo XIX¡±, afirma la presidenta. Seg¨²n Barranco, el Arzobispado aprovech¨® esta oportunidad para alegar que eran dos asociaciones diferentes y anular los estatutos. ¡°Cuando se constituy¨® la fundaci¨®n, la asociaci¨®n no pod¨ªa llevar el mismo nombre, ya que existe una igual en Canarias. Por eso se llam¨® Asociaci¨®n Civil Santa Rita de Casia-Madrid 1834. Es una adaptaci¨®n legal amparada por el Ministerio del Interior, pero sigue siendo la misma que la creada en el siglo XIX para ayudar a los desamparados¡±, relata Barranco.
La preocupaci¨®n de la presidenta, despu¨¦s de que el Supremo le haya dado la raz¨®n al Arzobispado, es que esta sentencia siente jurisprudencia y la Iglesia pueda hacerse con la propiedad de bienes que no le pertenecen. ¡°Con la ¨²ltima sentencia, en la que un tribunal civil da la raz¨®n a un decreto can¨®nico no se protegen los derechos de los espa?oles. Tendremos que recurrir al Constitucional¡±, a?ade
Barranco defiende que los tapices, incluidos en el Inventario General de Bienes de la Comunidad de Madrid, pertenecen a todos los madrile?os ¡°que son quienes con sus impuestos pagan la restauraci¨®n y la conservaci¨®n de los mismos¡±. Seg¨²n Barranco, en caso de desaparecer la asociaci¨®n, lo m¨¢s apropiado es que estos tapices siguiesen siendo de los madrile?os y de los espa?oles, como patrimonio hist¨®rico y no de la iglesia.
La donante fue una mujer maltratada por su marido
Los tapices fueron legados a la Asociaci¨®n de Santa Rita de Casia por Victoria Oliva en 1869, una mujer que pertenec¨ªa a la alta burgues¨ªa y que ten¨ªa un negocio de alquiler de tapices, l¨¢mparas de ara?a y sillas. Al morir sin herederos, 23 tapices y 40 l¨¢mparas de ara?a, las ¨²ltimas perdidas desde 1903, pasaron a la asociaci¨®n.
Oliva deja en su testamento constancia de que era una mujer maltratada por su marido. De ah¨ª su voluntad de legarle su herencia a esta asociaci¨®n, cuya santa fue tambi¨¦n una mujer maltratada, seg¨²n reconoce la propia iglesia. Entre los tapices se encuentran cinco Rubens, y tras su restauraci¨®n podr¨ªan ascender a 10 millones de euros.
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