Condenado un gestor por quedarse con dinero desviado a para¨ªsos fiscales
El tribunal le impone seis a?os de prisi¨®n y la devoluci¨®n de los 3,8 millones de dinero negro
La secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra con sede en Vigo ha condenado a seis a?os y nueve meses de prisi¨®n a un gestor que se qued¨® con m¨¢s de 3,8 millones de euros opacos al fisco que un empresario granitero le hab¨ªa entregado para ingresar en un banco portugu¨¦s y luego transferirlo a cuentas off shore de Madeira (Portugal) y Macao (China).
El tribunal ha apreciado la comisi¨®n de dos delitos continuados, uno de apropiaci¨®n indebida y otro de falsedad documental, por parte del acusado, que tendr¨¢ que devolver con los intereses legales el dinero que recibi¨®, opaco para el fisco, y las costas del proceso. Tambi¨¦n condena a la esposa del asesor a indemnizar a la empresa perjudicada como participe el delito a t¨ªtulo lucrativo.
Para el tribunal ha quedado probado que el acusado, ?ngel N¨²?ez-Torr¨®n L¨®pez, fue contratado a finales del a?o 2002 para prestar servicios de asesoramiento jur¨ªdico y fiscal a una empresa proveedora de granito con sede en la localidad fronteriza de Tui (Pontevedra), la entidad Euro CKP, SA. El asesor concert¨® con el presidente de la compa?¨ªa, Manuel Creo Casanova, la prestaci¨®n de otro tipo de servicios, como recoger el dinero opaco generado por la firma en su actividad de venta de granito, cantidades que le ser¨ªan entregadas por el gerente o una empleada en el propio despacho del gestor, que tendr¨ªa que firmar los correspondientes recibos acreditativos de las sumas que fuese recibiendo.
Luego, el acusado deb¨ªa llevarlo a Portugal para ingresarlo en una sucursal de Valen?a do Mi?o de la entidad bancaria Caixa Geral de Dep¨®sitos a nombre de su cliente, Manuel Creo, y despu¨¦s transferirlo a cuentas asociadas off shore de la isla de Madeira con la finalidad de ocultar estos ingresos a la Agencia Tributaria Espa?ola.
Del modo descrito, en el periodo que va entre finales de 2000 y 2009, el acusado recibi¨® de la entidad Euro CKP la cantidad total de 4,3 millones de euros. Sin embargo, solo consta que hizo entrega en la citada sucursal la cantidad de 5.796 euros, en 2001, y 106.828 euros, en 2002, mientras que del resto del dinero no dej¨® rastro.
Sin embargo, N¨²?ez-Torr¨®n entregaba de forma peri¨®dica al empresario unos extractos bancarios de cuentas aparentemente emitidos por Caixa Geral de Dep¨®sitos en los que se acreditaban dep¨®sitos y saldos que coincid¨ªan aproximadamente con las cantidades que se le hab¨ªan entregado. El tribunal considera probado que el asesor se apropi¨® del dinero y que su esposa se lucr¨® de ello al adquirir las participaciones de la entidad Promociones Playa Porti?o, al menos en la cantidad de 40.000 euros.
¡°Se estima acreditado que fue el acusado quien falsific¨® los extractos de Caixa Geral de Dep¨®sitos que remit¨ªa peri¨®dicamente al denunciante, Manuel Creo, con la finalidad de evitar que ¨¦ste pudiera tener sospechas de que se estaba quedando con el dinero que le entregaban para ingresar en la entidad bancaria, plasmando en impresos l¨ªcitos de la entidad, saldos y cuant¨ªas de dep¨®sitos inexistentes", se?ala el fallo.
El empresario afirm¨® en el juicio que fue N¨²?ez-Torr¨®n quien al ser contratado como asesor ide¨® y propuso un m¨¦todo para ocultar el dinero negro generado por la empresa en su actividad en Espa?a, y ponerlo a su disposici¨®n en un para¨ªso fiscal. As¨ª, seg¨²n recoge la sentencia, el asesor le recomend¨® que fuera ¨¦l quien se encargara de depositar el dinero en cuentas de una entidad bancaria en Portugal para desde all¨ª traspasarlo a cuentas off shore que primero estaban radicadas en Madeira, pero cuando se incrementaron los controles comunitarios se abrieron en Macao.
El tribunal no ha dado cr¨¦dito a los argumentos exculpatorios del acusado que, para justificar la falta de correlaci¨®n de las fechas de entrega del dinero con los ingresos, dijo que la entidad bancaria exig¨ªa contarlo y comprobar que no hubiese billetes falsos. Y que ese tr¨¢mite solo se pod¨ªa realizar en sucursales de Oporto o Lisboa. ¡°Son argumentos ins¨®litos y contradictorios¡±, a?ade el fallo.
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