El juez da la raz¨®n a los Fitz-James Stuart por el corte de unos caminos vecinales en Boadilla
Los propietarios denunciaron que el Ayuntamiento los hab¨ªa inscrito como p¨²blicos debido a que los vecinos los usaban desde tiempo "inmemorial"
Los caminos de la finca Romanillos, propiedad de la familia Fitz-James Stuart G¨®mez, emparentada con la Casa de Alba, son privados. As¨ª lo mantiene una sentencia del juzgado de Primera Instancia de M¨®stoles que condena al Ayuntamiento de Boadilla del Monte a devolver la posesi¨®n de las sendas a sus propietarios. El municipio los hab¨ªa inscrito como p¨²blicos debido a que los vecinos los usan desde ¡°tiempo inmemorial¡±. La pol¨¦mica salt¨® tras una denuncia de la Asociaci¨®n Amigos de los Caminos en 2013, cuando los due?os cerraron el paso.
El Ayuntamiento de Boadilla del Monte (PP) considera p¨²blicos los caminos que atraviesan la finca Romanillos, de 823 hect¨¢reas, situada en el Parque Regional del Guadarrama y que linda con varias urbanizaciones de lujo. En 2014, el municipio los inscribi¨® como tal con el argumento de que eran utilizados por los vecinos desde tiempo ¡°inmemorial¡±. Los propietarios, Jacobo Hernando, Carmen Eugenia, Mar¨ªa Eugenia y Luis Esteban Fitz-James Stuart G¨®mez, emparentados con la Casa de Alba, denunciaron la decisi¨®n municipal, con el argumento de que las sendas eran de uso interno de la finca Romanillos.
La controversia por la propiedad de las sendas se inici¨® cuando los due?os del terreno, situado entre Boadilla y Majadahonda, cerraran las entradas de varias sendas y de la v¨ªa pecuaria cordel segoviano, impidiendo el paso a los transe¨²ntes. La Asociaci¨®n Amigos de los Caminos dio la voz de alarma e interpuso una denuncia por ese motivo en 2013.
Ahora el juez ha dado la raz¨®n a la familia due?a del terreno. Los cinco caminos en litigio son propiedad de los demandantes, concluye la sentencia de 14 de febrero de 2017. Al mismo tiempo, condena al Ayuntamiento de Boadilla a entregar los mismos, cesando en todo acto que perturbe la ¡°leg¨ªtima posesi¨®n de los demandantes¡±, as¨ª como a rectificar su inventario municipal excluyendo esas propiedades. El fallo declara la ¡°nulidad¡± de la certificaci¨®n del dominio a favor del Ayuntamiento de Boadilla, al que condena en costas.
Cuando se cort¨® el paso, los propietarios esgrim¨ªan una licencia concedida por Boadilla en junio de 2012 que les permit¨ªa cercar el terreno. Pero, seg¨²n declar¨® el alcalde entonces, ¡°se les autoriz¨® a acotar una zona, pero no el acceso a los caminos¡±, que el municipio consideraba de uso p¨²blico. El problema es que no estaban inscritos como tales en el cat¨¢logo de bienes municipal, algo que se repite en gran parte de los pueblos de Espa?a. El juez considera en el fallo que de lo actuado en el procedimiento no se desprende que Boadilla ¡°haya realizado acto alguno que permita inferir la naturaleza p¨²blica de tales caminos¡±. El Ayuntamiento inici¨® los tr¨¢mites para la inscripci¨®n de los caminos en el inventario de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento el 30 de abril de 2013 y se anotan finalmente el 4 de marzo de 2014.
El informe emitido por el ?rea de Patrimonio del Consistorio indicaba, sin embargo, que los terrenos eran bienes demaniales destinados al uso p¨²blico desde tiempo inmemorial. A este respecto, el fallo indica que otro de los aspectos que desmonta esta afirmaci¨®n, es la ¡°cuesti¨®n relativa al mantenimiento de los caminos¡±, de los que nunca se ocup¨® el Ayuntamiento, sino los propietarios.
En cuanto al movimiento vecinal que se produjo cuando se comenzaron a cerrar las entradas, y que dio lugar a la presentaci¨®n de denuncias ante la Guardia Civil, el juez se?ala que la Audiencia Provincial de Madrid las consider¨® acusaciones ¡°id¨¦nticas, estereotipadas, alegando sin justificaci¨®n alguna ser los afectados del vallado de la finca¡±.
El juez da, en cambio, todo el cr¨¦dito al testimonio de dos testigos, uno de ellos hijo de un empleado y otro encargado de vigilar el terreno, que apuntan a que ¡°los caminos controvertidos siempre han sido para uso interno de la finca¡±. El juez califica su declaraci¨®n de ¡°cre¨ªble y dotada de objetividad¡±.
Uno de ellos, que se cri¨® en el lugar, asegur¨® que cuando alguien intentaba acceder a los caminos se le indicaba que era una propiedad privada. La advertencia nunca provoc¨® ning¨²n problema hasta el momento en el que se inicia el vallado y comienza la presi¨®n vecinal, ¡°ejercida por los nuevos habitantes de las urbanizaciones colindantes con la finca¡±. El Ayuntamiento no da por cerrada la batalla y anuncia que recurrir¨¢ la sentencia.
Boadilla rechaz¨® convertir parte de la finca en edificable
Los propietarios de Romanillos no han logrado, en cambio, ganar el recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se aprob¨® el plan general del municipio. Se desestim¨® en diciembre de 2016, aunque era suceptible de recurso de casaci¨®n. Los arist¨®cratas no estaban de acuerdo con que les hubieran echado para atr¨¢s la calificaci¨®n urbana de un terreno de 130.000 metros cuadrados de la finca. Entre sus argumentos se encontraba que el documento no respond¨ªa a los criterios de racionalidad e inter¨¦s p¨²blico, la falta de motivaci¨®n en la desestimaci¨®n de las alegaciones que presentaron, y el ¡°evidente revanchismo¡± que antepone el Ayuntamiento frente al inter¨¦s general, debido a los conflictos que mantiene abiertos con ellos. El municipio justific¨® la denegaci¨®n del cambio de calificaci¨®n urban¨ªstica para esa parte de la finca Romanillos alegando que exist¨ªa una protecci¨®n ambiental. Es cierto, dec¨ªan los demandados, que dada la ¡°enorme¡± superficie de la finca est¨¢ sujeta a distintos grados de conservaci¨®n, salvo el tri¨¢ngulo en el que pretend¨ªan construir.
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