La pobreza energ¨¦tica topa con los tribunales
Todos los intentos legislativos para frenar el problema social penden de resoluciones judiciales
![Camilo S. Baquero](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F4156031f-39d7-418a-b602-b336393f9c2e.jpg?auth=92edbe7594ad0d495e18881b417f68bc63248be7499c4073a67dcf11720ecbb1&width=100&height=100&smart=true)
![Protesta contra la pobreza energética en la sede de Endesa en Barcelona.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/REWFGEKGDLOTV57MQAISRX5H4E.jpg?auth=d2a1e1315772bf9fa4df2d8cff86d52bdb341ab2a9471e4b82e7e92dc2bf5d39&width=414)
La decisi¨®n del Ayuntamiento de Barcelona de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a la anulaci¨®n del contrato de suministro de energ¨ªa que han logrado Endesa y Gas Natural es el ¨²ltimo cap¨ªtulo de la judicializaci¨®n de la lucha contra la pobreza energ¨¦tica. Todas las iniciativas legislativas o los intentos de multar a las suministradoras que no se acogen a lo estipulado en la ley catalana creada para proteger a los consumidores vulnerables ¡ªla ley 24/2015¡ª han estado o se encuentran en manos de la justicia.
Las el¨¦ctricas siempre han argumentado que esa ley, surgida de una Iniciativa de Legislaci¨®n Popular (ILP), carece de seguridad jur¨ªdica para su cumplimiento. Lo cierto es que se trata de una norma que choca con el paradigma de las leyes estatales sobre energ¨ªa y gas y, sobre todo, pretende que las empresas paguen con sus millonarios resultados la lucha contra un mal que, seg¨²n expertos de la Generalitat, afecta a m¨¢s de 325.000 hogares catalanes.
Si bien la ley sobre pobreza energ¨¦tica finalmente no fue suspendida por el Tribunal Constitucional, las empresas s¨ª han logrado frenar el protocolo con el que Generalitat y Ayuntamiento la desarrollaron. Endesa y Gas Natural no ven en dicho texto un reglamento acorde a ley. La decisi¨®n judicial respecto a este punto ser¨¢ vital. Tambi¨¦n han logrado que el Tribunal Catal¨¢n de Contratos del Sector P¨²blico anule el pliego del concurso de suministro con el que el equipo de Ada Colau quer¨ªa obligarlas a firmar en caso de hacerse con la licitaci¨®n.
La tregua invernal. Justo antes de la Navidad de 2013, la Generalitat aprob¨® una reforma del C¨®digo de Consumo de Catalu?a, que garantizaba el suministro el¨¦ctrico entre noviembre y marzo a las familias que certificaran su vulnerabilidad con un informe de los Servicios Sociales. La deuda se postergaba a la primavera y la forma para pagarla se ten¨ªa que acordar entre empresa y familia, lo que limit¨® su efectividad y desat¨® cr¨ªticas por parte de las entidades sociales. El Gobierno de Mariano Rajoy la recurri¨® en septiembre de 2014 por considerar que la definici¨®n de cliente vulnerable es una potestad estatal y que la tregua de pago repercut¨ªa en todos los clientes. El Tribunal Constitucional (TC) la suspendi¨®.
El Fondo para las facturas. El Gobierno catal¨¢n insisti¨® con otra reforma del C¨®digo de Consumo y a finales de 2014 puso en marcha el Fondo contra la Pobreza Energ¨¦tica para hacer frente a las facturas impagadas de familias vulnerables. La idea del Ejecutivo catal¨¢n era que las suministradoras pusieran al menos la misma cantidad de dinero que aportaran las Administraciones, pero esos recursos nunca llegaron. Solo se ejecut¨® el 22% de este fondo y la Generalitat acept¨® que el sistema no funcionaba. En octubre de 2015, una vez el Gobierno central recurre ante el TC la modificaci¨®n realizada por el Ejecutivo catal¨¢n, el mecanismo queda suspendido.
La ley vigente. En el verano de 2015, el Parlament aprob¨® la ILP que dio vida a la ley contra la pobreza energ¨¦tica. El Gobierno central intent¨® recurrirla pero un dictamen del Consejo de Estado desestim¨® esa v¨ªa. Seg¨²n el informe, a diferencia de los otros dos intentos legislativos, la nueva ley solo daba ¡°directrices de actuaci¨®n¡± y no fijaba obligaciones a las empresas suministradoras en tanto ten¨ªan que poner dinero para pagar la factura de la pobreza energ¨¦tica. La firma de acuerdos a los que hace referencia la ley 24/2015 son, en esencia, de car¨¢cter voluntario entre las partes.
Protocolos. Tras aprobar la ley contra la pobreza energ¨¦tica, la Generalitat public¨® en la web de la Agencia de Consumo un protocolo con su desarrollo. Unesa, la patronal el¨¦ctrica, recurri¨® en noviembre del a?o pasado, por considerar que sobrepasaba el ¨¢mbito de la ley catalana. Un juzgado de Barcelona no acept¨® la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar. Otro s¨ª acept¨® una petici¨®n posterior de Endesa. As¨ª, hay dos decisiones judiciales contradictorias. Las suministradoras no le ven peso legal al protocolo y piden uno que sea aprobado por el Ejecutivo catal¨¢n y publicado en los diarios oficiales. La defensa de Gas Natural en el caso de la mujer fallecida en Reus por un incendio cuando ten¨ªa el servicio cortado y que los Servicios Sociales no ten¨ªa en sus listados como vulnerable, se basa precisamente en la falta de un reglamento que d¨¦ seguridad jur¨ªdica. La decisi¨®n del juez en estos dos recursos es clave porque su interpretaci¨®n de la extensi¨®n de la norma configura el resto de casos pendientes.
Multas. La ley 24/2015 establece la posibilidad de multar a las empresas que corten a familias vulnerables. Ninguna de estas sanciones han sido cobradas y las empresas han mostrado su disposici¨®n a recurrirlas por v¨ªa contencioso-administrativa. Barcelona abri¨® el a?o pasado 74 expedientes e impuso 27 multas a Endesa. La el¨¦ctrica dice que se trata de requerimientos de informaci¨®n y que la ¨²nica multa impuesta ha sido recurrida. Barcelona no ha cumplido con su ultim¨¢tum de dejar de pagar a las empresas si no colaboran. La Generalitat, por su parte, hasta diciembre pasado hab¨ªa abierto 125 expedientes sancionadores contra suministradoras, 57 de los cuales ya est¨¢n cerrados. Ninguno se ha cobrado porque todos est¨¢n recurridos.
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