Dos a?os de c¨¢rcel para un ¡®mosso¡¯ que aporre¨® a un joven en las protestas de Can Vies
La Audiencia de Barcelona tambi¨¦n ha condenado al agente a dos a?os de inhabilitaci¨®n
La Audiencia de Barcelona ha condenado a un mosso d'esquadra a dos a?os de c¨¢rcel y dos de inhabilitaci¨®n por golpear en la cabeza a un joven, al que caus¨® una herida en la oreja con la porra, en un dispositivo policial montado por las manifestaciones contra el desalojo del centro okupa Can Vies. En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la secci¨®n s¨¦ptima de la Audiencia condena al agente por un delito de lesiones, pero le absuelve del delito contra la integridad moral del que tambi¨¦n estaba acusado, al entender que, pese a que su actuaci¨®n fue "a todas luces desproporcionada" ante una situaci¨®n que era simplemente "molesta", no incurri¨® en un "trato degradante" de la v¨ªctima.
La sala condena tambi¨¦n al mosso d'esquadra a indemnizar con 4.500 euros al joven, por la "l¨®gica afectaci¨®n moral que el episodio conlleva" no solo para ¨¦l, sino para "cualquier ciudadano agredido por un agente del que se espera precisamente apoyo y protecci¨®n". El agente, con 12 a?os de experiencia en la unidad antidisturbios de los Mossos, afrontaba una petici¨®n de la Fiscal¨ªa de tres a?os de c¨¢rcel y cuatro de inhabilitaci¨®n, mientras que la acusaci¨®n particular ¡ªrepresentada por la abogada Montse Fern¨¢ndez¡ª y la popular, ejercida por el centro Iridia para la defensa de los derechos humanos, ped¨ªan para ¨¦l seis a?os de c¨¢rcel.
El acusado formaba parte de un dispositivo de antidisturbios que se despleg¨® el 27 de mayo de 2014 en la zona de la plaza de Sants de Barcelona para asegurar el orden p¨²blico, tras varios d¨ªas de disturbios en las manifestaciones por el desalojo de Can Vies, uno de los emblemas del movimiento okupa de Barcelona. Seg¨²n el tribunal, "el ambiente en la plaza era pac¨ªfico, sin que existiera en aquel momento conato de violencia alguno", pero los agentes, siguiendo las ¨®rdenes de los mandos policiales, comenzaron a dispersar a las personas que se encontraban en el lugar.
Cuando los mossos llevaban a cabo la dispersi¨®n, Jos¨¦ Iv¨¢n J. cruz¨® la plaza con su bicicleta. Una agente pidi¨® que abandonara el lugar, pero el joven "permaneci¨® inm¨®vil", por lo que la mosso d'esquadra le propin¨® con la defensa reglamentaria "varios golpes en las extremidades inferiores", sostiene la sentencia. En ese momento, a?ade el tribunal, acudi¨® "en refuerzo" de la agente el mosso acusado, Miguel ?ngel P., que "sin que existiera provocaci¨®n alguna" por parte de la v¨ªctima, le propin¨® "un fuerte golpe en la cabeza con su defensa", que le caus¨® una herida en la cara posterior del pabell¨®n auricular izquierdo que precis¨® sutura quir¨²rgica.
El tribunal asegura en su sentencia que, tras escuchar a los testigos y visionar las fotograf¨ªas del suceso, no le qued¨® "ning¨²n atisbo de duda" de que el mosso aporre¨® al joven con la intenci¨®n "directa de lesionar y golpear la parte alta del cuerpo", lo que est¨¢ prohibido por los protocolos policiales sobre el uso de la defensa. En opini¨®n del tribunal, el uso de la fuerza por parte de los agentes "no fue racionalmente necesario para la tutela de los intereses p¨²blicos", ya que es "cuestionable" emplearla para dispersar a un ciudadano, "salvo que el mismo se niegue de manera contumaz a marchar del lugar".
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