As¨ª es la papeleta que la Generalitat propone para el refer¨¦ndum de Catalu?a
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya publica el decreto de normas complementarias, que no detalla el origen del censo
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el BOE catal¨¢n, publica esta ma?ana dos decretos, uno mediante el que convoca el refer¨¦ndum de autodeterminaci¨®n del 1 de octubre y otro, que contiene las "normas complementarias" para su realizaci¨®n, tras aprobar ayer el Parlament la?ley principal. En la p¨¢gina 30 de 108 del decreto que?desarrolla los aspectos generales de la consulta, el 140/2017,?figura la papeleta que la Generalitat planea usar en la consulta. La pregunta, ya conocida desde junio, es: "?Quiere que Catalu?a sea un estado independiente en forma de rep¨²blica?".?Deber¨¢ contar en la papeleta en castellano, catal¨¢n y occitano ¡ªlengua romance cooficial en Catalu?a, aunque de uso preferente en el Valle de Ar¨¢n¡ª.
Despu¨¦s de apuntar que todas las autoridades y personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas que participen en la organizaci¨®n del refer¨¦ndum "quedan sometidas" a lo que indica dicha ley, el Govern se compromete a "adoptar las medidas necesarias para su protecci¨®n".?El decreto de normas complementarias no detalla el origen del censo y se limita a afirmar que se utilizar¨¢ el que "se haya cerrado el d¨ªa 30 de marzo de 2017",?aunque se deja abierta la posibilidad de incorporar datos m¨¢s recientes de municipios que no los facilitaran anteriormente o de catalanes residentes en el exterior. El origen de los datos del censo que se utilizar¨¢ ha generado una fuerte controversia, ya que el Gobierno espa?ol considera que el censo es su competencia exclusiva y no puede ser utilizado por el Gobierno de Catalu?a sin su permiso.
Al respecto, el mismo decreto establece que el censo electoral es "competencia de la administraci¨®n electoral del Govern de la Generalitat bajo la supervisi¨®n de la Sindicatura Electoral de Catalunya" y se confecciona de acuerdo con lo que establece la ley aprobada en el Parlament este mi¨¦rcoles. El decreto tampoco precisa el material del que estar¨¢n hechas las urnas y se limita a afirmar que ser¨¢n resistentes y con una tapa.
El decreto faculta al Govern a "llevar a cabo la aprobaci¨®n del gasto y las actuaciones administrativas necesarias para hacer efectiva la celebraci¨®n del refer¨¦ndum", incluyendo la aportaci¨®n de los recursos humanos, materiales y tecnol¨®gicos de los que disponga. Los gastos del refer¨¦ndum tambi¨¦n son pol¨¦micos: el Govern los incluy¨® en los Presupuestos de 2017 y el Tribunal Constitucional le advirti¨® de que no podr¨ªa dedicar dinero p¨²blico a la votaci¨®n. Adem¨¢s, establece que la campa?a electoral, que durar¨¢ quince d¨ªas, empezar¨¢ a las 00.00 del 15 de septiembre y finalizar¨¢ a las 00.00 del 29 de septiembre.
Esto es lo que dice el decreto de normas complementarias sobre el material electoral, el cap¨ªtulo VI:
- Urnas: "El d¨ªa de la votaci¨®n cada mesa electoral dispondr¨¢ de una urna de un material resistente con una tapa que incluir¨¢ una ranura en el centro por donde se introducir¨¢n los votos. La tapa cerrar¨¢ completamente la urna, que deber¨¢ precintarse antes del inicio de la votaci¨®n una vez se haya verificado por parte de los miembros de la mesa y los interventores acreditados presentes que no existe ning¨²n voto en su interior".
- Colegios electorales: "Dentro del local del colegio electoral, se habilitar¨¢ una mesa con un n¨²mero suficiente de papeletas y un espacio a fin que los electores que lo deseen puedan marcar la opci¨®n preferida en la papeleta manteniendo el secreto del voto".
- Documentaci¨®n electoral: "Se aprueban los modelos de las papeletas y la documentaci¨®n electoral que deber¨¢n ser supervisados por la Sindicatura Electoral de Catalu?a, que deben cumplir les caracter¨ªsticas y las condiciones de impresi¨®n se?aladas en el anexo 1 de este Decreto. Todos los impresos incluidos en el anexo 1 de este Decreto tienen car¨¢cter oficial y ser¨¢n confeccionados y distribuidos por la Administraci¨®n Electoral del Gobierno de la Generalitat".
- Papeletas: La votaci¨®n se realiza por medio de papeletas ajustadas al modelo que figura en el anexo 1 de este Decreto, las cuales contienen impresa la pregunta sometida a Refer¨¦ndum en catal¨¢n, castellano y occitano de acuerdo con el art¨ªculo 4.2 de la Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del Refer¨¦ndum de Autodeterminaci¨®n. ?stas se introducir¨¢n en un sobre blanco con unas especificaciones m¨¢ximas de 111 x 156 mm, los cuales tendr¨¢n car¨¢cter oficial y ser¨¢n confeccionados y distribuidos por la Administraci¨®n Electoral del Gobierno de la Generalitat y supervisados por la Sindicatura Electoral de Catalu?a.
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