Un juez obliga al Ayuntamiento de Badalona a reponer la efigie del Rey
La sentencia considera que prima la normativa estatal sobre el tratamiento de la Jefatura de Estado como s¨ªmbolo en los consistorios
Un juez obliga al Ayuntamiento de Badalona a reponer la efigie del Rey en "un lugar preferente y de honor del sal¨®n de plenos". La sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo 9 de Barcelona considera que prima la normativa Estatal, y no acepta el argumento esgrimido por el ayuntamiento de que se trata de una competencia exclusiva local y pueden decidir no tener la imagen del monarca. El consistorio quit¨® el retrato del Rey el 29 de septiembre de 2015.
Y lo hizo semanas despu¨¦s de que el Ayuntamiento de Barcelona, dirigido por Ada Colau, retirase el busto del rey Juan Carlos I, tras su abdicaci¨®n, que presid¨ªa el sal¨®n de plenos. La delegaci¨®n de Gobierno denunci¨® a Colau por no reponerlo con una efigie de Felipe VI. Tambi¨¦n emprendi¨® medidas legales contra el resto de ayuntamientos que siguieron la estela de Colau, entre ellos el de Badalona, dirigido por una coalici¨®n entre Guanyem Badalona, ICV y ERC.
La sentencia considera que la competencia exclusiva que el Estatut atribuye a la Generalitat en materia de r¨¦gimen local "no excluye que el Estado pueda dictar normas b¨¢sicas, igualmente, en materia de r¨¦gimen local". Y asegura que en este caso concreto, no se trata tanto de una cuesti¨®n de organizaci¨®n local como "del tratamiento de la Jefatura de Estado que, como s¨ªmbolo, cumple una funci¨®n cercana al uso de las banderas oficiales". Por todo ello, considera que no se da una "invasi¨®n" de las competencias auton¨®micas o locales.
El Ayuntamiento de Torredembarra ya fue obligado a colocar una imagen del rey de un tama?o como m¨ªnimo de 29 por 20 cent¨ªmetros. El Consistorio coloc¨® una fotograf¨ªa del monarca de tama?o carn¨¦ en la puerta de la sala de plenos. El juzgado n¨²mero 2 de lo contencioso administrativo de Tarragona le oblig¨® a sustituir esa foto por una m¨¢s grande, en un lugar preferente del pleno.
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