El Tribunal Constitucional suspende cautelarmente la ley catalana de comercio
El alto tribunal deja sin vigencia la norma que fijaba el cierre de establecimientos a las nueve de la noche
Nuevo cap¨ªtulo en el desencuentro entre las legislaciones que regulan la actividad comercial en Catalu?a. El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite el recurso del Gobierno y ha suspendido de forma cautelar once preceptos de la ley catalana de Comercio, Servicios y Ferias por entrar en contradicci¨®n con algunas normas de la legislaci¨®n espa?ola. Entre los art¨ªculos suspendidos est¨¢ el que establece que los comercios abran un m¨¢ximo de 75 horas semanales, y que fija el l¨ªmite para todos los establecimientos a las nueve de la noche en invierno y a las diez en verano. El alto tribunal entiende que esta ampliaci¨®n de horarios, aprobada en julio, vulnera la Ley de Horarios Comerciales, que es menos restrictiva y fija el l¨ªmite en 90 horas a la semana.
No es la primera vez que el Tribunal Constitucional admite un recurso contra la ley catalana que regula la actividad comercial. Ya lo hizo en 2014 y en octubre de 2015, cuando?el Gobierno present¨® un recurso contra la primera versi¨®n de la ley en relaci¨®n a la limitaci¨®n para construir centros comerciales fuera de las tramas urbanas. A principios de este a?o 2017, la Generalitat, con el consejero Jordi Baiget a la cabeza del departamento de Empresa, volvi¨® a proponer una ley de Comercio,?en la que insist¨ªa en algunos elementos suspendidos por el Constitucional. Fue aprobada antes del verano en un clima de urgencia en previsi¨®n del octubre caliente en el Parlament por el proceso independentista.?
El punto m¨¢s pol¨¦mico es el de los horarios comerciales. La ley catalana, m¨¢s restrictiva que la norma b¨¢sica espa?ola, unific¨® los horarios de cierre a las 21:00 horas entre octubre y mayo y a las 22:00 horas entre junio y septiembre. Adem¨¢s, ampliaba el l¨ªmite de apertura de las 72 horas semanales a las 75 horas, lejos de las 90 horas a la semana que fija la Ley de Horarios Comerciales. La norma catalana tambi¨¦n dejaba que los comercios pudiesen abrir diez d¨ªas festivos al a?o, mientras que la norma estatal fija el m¨¢ximo en doce d¨ªas festivos.?
La ley tambi¨¦n se impugna por la regulaci¨®n del r¨¦gimen ling¨¹¨ªstico que regulan el ejercicio de la actividad comercial y la prestaci¨®n de servicios y las infracciones leves, respectivamente. De acuerdo con la doctrina del alto tribunal, no se puede imponer la obligaci¨®n de uso de cualquiera de las lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo en las relaciones privadas, ni establecer r¨¦gimen sancionador alguno frente a un eventual incumplimiento de unas obligaciones individuales que nunca podr¨¢n ser tales, seg¨²n detalla el recurso.
La tramitaci¨®n del recurso, por otra parte, ser¨¢ m¨¢s lenta de lo habitual en el TC: el alto tribunal la ha paralizado hasta que haya un nuevo Govern. Lo ha hecho ya en anteriores ocasiones, porque al ser el Gobierno central recurrente y, al mismo tiempo, recurrido -en tanto que ocupante?temporal de la Generalitat por aplicaci¨®n del art¨ªculo 155- considera que existe un conflicto de intereses.
El Constitucional ya ha explicado en otros recursos presentados por el Gobierno contra leyes catalanas que entiende que, al haber ocupado el Ejecutivo de Mariano Rajoy las funciones de la Generalitat, no tiene sentido que act¨²e en ambos lados del proceso alegando contra su propio
recurso.
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