Absueltos todos los implicados en el ¡®caso Coslada¡¯ tras 10 a?os de instrucci¨®n
El tribunal desmonta las pruebas que utiliz¨® la polic¨ªa en 2008 para detener a 26 polic¨ªas locales
La mayor redada que se recuerda en Espa?a contra polic¨ªas locales, el llamado caso Coslada (26 polic¨ªas detenidos), ha quedado en nada. La Secci¨®n 17 de la Audiencia de Madrid ha absuelto al ex oficial jefe de la Polic¨ªa Local de Coslada, Gin¨¦s Gim¨¦nez Buend¨ªa, y a los otros ocho imputados (seis de ellos polic¨ªas) que se han sentado con ¨¦l en el banquillo durante un juicio que dur¨® varios meses y que concluy¨® en marzo. Han sido 10 a?os de instrucci¨®n con la maquinaria policial y judicial en marcha y que lleg¨® a tener un total de 40 investigados, 26 de ellos polic¨ªas locales, 24 de Coslada y los otros dos de Argada y Loeches, en Madrid.
Salvo los nueve juzgados y ahora absueltos en la Audiencia Provincial, el resto hasta los 40 imputados fueron exculpados a los largo de la instrucci¨®n. El tribunal ha declarado nulos los pinchazos telef¨®nicos que pidieron al exjuez Eduardo Cruz los agentes de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de la Brigada Provincial de Polic¨ªa Judicial de Madrid, el grupo policial que practic¨® las detenciones en 2008 en medio de un espectacular despliegue policial y medi¨¢tico. La sentencia ocupa 117 foliosa, que describe la retah¨ªla de irregularidades procesales que han rodeado estas pesquisas. La fiscal¨ªa de Madrid pidi¨® en el juicio para el ex oficial jefe Gin¨¦s Gim¨¦nez un total de 23 a?os de c¨¢rcel por seis delitos. El Tribunal ha desmontado toda la tesis policial y de la fiscal¨ªa.
Gin¨¦s Jim¨¦nez hab¨ªa sido acusado de los delitos de extorsi¨®n, amenazas, cohecho, blanqueo de capitales y dep¨®sito y tenencia il¨ªcita de armas, por el que se enfrentaba a una pena de m¨¢s de 23 a?os. Los magistrados tambi¨¦n han absuelto tambi¨¦n a los otros ocho procesados, encausados por los delitos de prostituci¨®n (Catalin A.), omisi¨®n del deber de perseguir delitos y cohecho (Carlos M. G.), cohecho, (Felipe G. L., Mario F. N., Antonio C. Ch., Fernando J. M. y Antonio Jos¨¦ C. ?.) y blanqueo de capitales (Carmen P. M. y Gin¨¦s J. P., esposa e hijo del jefe policial, respectivamente).
Fuentes judiciales han explicado que los magistrados, presididos por Jos¨¦ Luis S¨¢nchez Trujillano y con ponencia de Eduardo Regalado, han tomado la decisi¨®n de absolver a los procesados al no haberse probado en la vista oral del juicio los hechos objeto de debate: no ha podido acreditarse ni la extorsi¨®n, ni las amenazas, ni el cohecho, ni el blanqueo de capitales ni el dep¨®sito y tenencia il¨ªcita de armas.
La sentencia establece que no se ha acreditado que el principal procesado, Jim¨¦nez Buend¨ªa, vulnerara el ordenamiento legal, de forma abusiva y arbitraria, al objeto de controlar de manera personal o por v¨ªas de hecho, independientes al cauce marcado por el ordenamiento jur¨ªdico, la tramitaci¨®n de licencias y autorizaciones de apertura, de actividad o similares, de distintos establecimientos de ocio bajo la amenaza en caso contrario de inspecciones continuas y acoso del aparato policial.
Tampoco ha podido acreditarse que este mismo procesado, en compa?¨ªa de otros polic¨ªas, se personara en un establecimiento mostr¨¢ndose contrario a la apertura sin su permiso y prevali¨¦ndose de su condici¨®n consumiera todo tipo de bebidas alcoh¨®licas sin abonar las consumiciones; ni tampoco que Gin¨¦s Jim¨¦nez y su esposa, tambi¨¦n acusada, abonaran los gastos con los que hicieron frente a pr¨¦stamos hipotecarios, inversiones inmobiliarias o adquisici¨®n de veh¨ªculos con un dinero de origen il¨ªcito; como tampoco ha quedado acreditado, sino lo contrario, que las armas halladas en su poder carecieran de permiso.
En id¨¦nticos t¨¦rminos se refiere la sentencia al resto de acusados, de los que tampoco se ha probado su participaci¨®n en los hechos descritos en el escrito de calificaci¨®n p¨²blica y en el auto de procesamiento. Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo. El juicio se desarroll¨® entre el 15 de enero y finales de marzo.
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