Absuelto de coacciones el jefe de la Polic¨ªa Municipal en Lavapi¨¦s
Los jueces entienden que el mando no actu¨® de forma violenta
El exjefe de la Polic¨ªa Local de Galapagar y actual responsable de la unidad de distrito Centro Sur de la Polic¨ªa Municipal de Madrid, que incluye el barrio de Lavapi¨¦s, Juan Manuel Gonz¨¢lez Mu?oz, ha quedado absuelto de los delitos de coacciones y falsedad documental. Dos agentes le denunciaron por obligarles, supuestamente, a firmar un acta de denuncia contra una fiesta p¨²blica ilegal celebrada el 1 de enero de 2013 en una finca privada. Contra la sentencia cabe recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo.
Los jueces de la Secci¨®n 15 de la Audiencia Provincial de Madrid han dictado la sentencia en un tiempo r¨¦cord. La ¨²ltima sesi¨®n del juicio se celebr¨® el lunes 28 de mayo y el fallo tiene fecha del d¨ªa siguiente. Consta de siete p¨¢ginas. El presidente de la secci¨®n, Luis Carlos Pelluz Robles, ha sido el ponente. Los magistrados consideran probado que Juan Manuel Gonz¨¢lez y su segundo, Jos¨¦ Valle P¨¦rez, organizaron en diciembre de 2012 un dispositivo de vigilancia para evitar que se desarrollara una fiesta de Nochevieja en la finca Villasolita, en Galapagar. Valle y tres agentes de servicio se desplazaron a esta zona, pero no observaron ninguna celebraci¨®n. Eso s¨ª, comprobaron que pasaron varios coches por la zona, por lo que se desplazaron unos 400 metros.
Valle comenz¨® a redactar el acta de denuncia contra el propietario de la finca donde se?alaba que s¨ª hab¨ªa una fiesta. ¡°Hizo constar los hechos que, seg¨²n su criterio, se estaban produciendo, y que en su opini¨®n acreditaban la existencia de una fiesta p¨²blica no autorizada. De este criterio discrepaban los otros agentes intervinientes¡±, recoge la sentencia. De hecho, los agentes que le acompa?aban no firmaron el documento oficial, ¡°pese a la insistencia de Valle, al considerar que el contenido de dichos documentos no se ajustaba a la realidad¡±.
Seg¨²n los jueces, Gonz¨¢lez habl¨® con los polic¨ªas por tel¨¦fono ¡°conmin¨¢ndoles a firmar o atenerse a las consecuencias¡±. Pero estos no lo hicieron. Valle modific¨® el acta inicial y entreg¨® al due?o de la finca una nueva en la que se suprimi¨® que hab¨ªa menores en la fiesta bebiendo alcohol. El jefe de la polic¨ªa acord¨® la apertura de expedientes disciplinarios contra los agentes. Tambi¨¦n les advirti¨® ¡°de las posibles consecuencias que podr¨ªa conllevar su conducta¡±, seg¨²n la sentencia.
Los jueces rechazan que Gonz¨¢lez cometiera el delito de falsedad documental ya que fue informado telef¨®nicamente de las incidencias aquella madrugada y no tuvo ninguna participaci¨®n en la redacci¨®n del acta. Tambi¨¦n lo descartan para Valle al entender que se consign¨® en el documento oficial ¡°lo que directa e inmediatamente aprecia el funcionario actuante en el ejercicio de sus funciones¡±.
Los magistrados tambi¨¦n han desestimado el delito de coacciones al no resultar acreditado que ¡°Juan Manuel Gonz¨¢lez Mu?oz, en su condici¨®n de jefe de la Polic¨ªa Local, conmin¨® a sus agentes a firmar el acta, lo que estos rechazaron. No hay ninguna actuaci¨®n il¨ªcita por parte del jefe y no se ha determinado una conducta violenta. No puede tacharse de tal conminaci¨®n las palabras de ¡®atenerse a las consecuencias¡±, afirma la sentencia.
Los denunciantes tambi¨¦n sostuvieron que uno de los agentes que estaba de servicio aquella noche hab¨ªa permutado meses despu¨¦s su plaza con otro agente de Tarifa (C¨¢diz) y que Gonz¨¢lez le amenaz¨® telef¨®nicamente con revocar el cambio. Los jueces recuerdan que esta permuta hab¨ªa sido informada de manera favorable antes de que ocurrieran los hechos, por lo que no hab¨ªa posibilidad de intervenir en ella.
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