Recurrida la absoluci¨®n de las dos acusadas de asesinato en Arroyomolinos
La fiscal¨ªa y la acusaci¨®n particular consideran que el magistrado se ha extrilimitado en su sentencia al eludir el veredicto del jurado
La fiscal¨ªa y la acusaci¨®n particular han recurrido la sentencia del presidente de la Secci¨®n 6? de la Audiencia Provincial de Madrid, por la que declaraba inocentes a Mar¨ªa Yolanda D. P. y Yolanda F. L. ¨Csuegra y nuera, respectivamente- del asesinato del padre de esta ¨²ltima, Juan Fern¨¢ndez San Segundo, en Arroyomolinos. Ambas partes creen que el juez se ha excedido en el fallo, ya que el jurado consider¨® a ambas mujeres cooperadoras necesarias del crimen.
El asesinato se produjo por parte de Rafael Romero Merino ¨Cesposo de Mar¨ªa Yolanda y suegro de Yolanda F. L.- el 29 de septiembre de 2015, cuando Juan Fern¨¢ndez estaba en su empresa Furgofer, en Arroyomolinos. Dos hombres montados en un Opel Astra le dispararon en cuatro ocasiones. Dos proyectiles le alcanzaron, lo que le provoc¨® la muerte aquella misma ma?ana. Tres d¨ªas antes de que se iniciara el juicio por este crimen en la Audiencia Provincial, el hijo del acusado y marido de Yolanda fue asesinado a tiros en la puerta del despacho de su abogado, en la calle de Fernando el Cat¨®lico (Chamber¨ª).
El jurado consider¨® culpables de asesinato a Rafael Romero y a las dos mujeres. El primero como autor material y las segundas, como cooperadoras necesarias. Los integrantes del jurado las imputaron ese delito al haber alquilado los d¨ªas previos al crimen una vivienda en San Feliu de Guixols (Girona). All¨ª se escondieron hasta que fueron localizados por los agentes de Homicidios de la Guardia Civil. Estos les encontraron dos pistolas con abundante munici¨®n.
El magistrado presidente de la Secci¨®n 6?, Jos¨¦ Manuel Fern¨¢ndez-Prieto, ha dictado una sentencia en la que condena a 15 a?os a Rafael Romero Merino por el asesinato. A eso se le a?aden otros dos por la tenencia il¨ªcita de armas a consecuencia de las pistolas halladas en el piso alquilado. Su esposa y su nuera tambi¨¦n son condenadas a esos dos a?os. Tras conocerse el veredicto del jurado, los tres acusados ingresaron en prisi¨®n provisional comunicada y sin fianza, pero, tras la redacci¨®n de la sentencia, las dos mujeres han quedado en libertad.
El juez afirma en su sentencia que el haber alquilado con car¨¢cter previo el piso de San Feliu no es un acto previo sin el que no se hubiera cometido el asesinato de Juan Fern¨¢ndez, como tipifica el art¨ªculo 28 del C¨®digo Penal. ¡°Ese alquiler tiene un ¨²nico objetivo, que es el de procurar la impunidad de los autores materiales del delito, proporcion¨¢ndoles refugio donde esconderse tras la comisi¨®n del delito¡±, afirma el magistrado. Al tratarse de un hecho posterior, tan solo podr¨ªa hablarse de encubrimiento. Y a¨²n m¨¢s, en el caso de Mar¨ªa Yolanda, al ser esposa del asesino, estar¨ªa exenta de responsabilidad penal.
El ponente de la sentencia justifica la absoluci¨®n de las dos mujeres en que la actividad del jurado se limita a considerar la participaci¨®n en hechos constitutivos o no de delito. La calificaci¨®n jur¨ªdica le corresponde a la fiscal¨ªa, a las acusaciones, a las defensas y al propio presidente del tribunal. ¡°Al considerar por este magistrado que los hechos probados por el jurado en relaci¨®n con las dos acusadas no revisten caracteres del delito de asesinato, resulta procedente su absoluci¨®n¡±, concluye el juez. El fiscal del caso y la acusaci¨®n particular, ejercida por la familia del fallecida y representada por la abogada Ana Madera, consideran err¨®neo la resoluci¨®n tomada por el juez.
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