Iceta reivindicar¨¢ ante el Constitucional el derecho del PSC a tener un senador
El recurso de los socialistas plantear¨¢ que hay una "perturbaci¨®n ileg¨ªtima" en la designaci¨®n
El Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC) presentar¨¢ en breve el recurso que presentar¨¢ ante el Tribunal Constitucional una ves que el pleno del Parlament no apoyara a Miquel Iceta como senador de designaci¨®n auton¨®mica y por tanto tampoco pueda ser presidente de la C¨¢mara Alta, como pretend¨ªa Pedro S¨¢nchez. La formaci¨®n ten¨ªa listo el texto ante la previsi¨®n de que tanto Esquerra como Junts per Catalunya votar¨¢n en contra del l¨ªder del PSC. El PP y Ciudadanos se abstuvieron. El recurso afirma? que hay "una perturbaci¨®n ileg¨ªtima" en el derecho de los socialistas a escoger al representante en la C¨¢mara territorial que les corresponde y que contempla el Estatut. Impugnan el acuerdo de la Mesa del Parlament que hace que la votaci¨®n sea electr¨®nica y en secreto al considerar que no era el m¨¢s adecuado.
El propio Iceta ya hab¨ªa anunciado ayer mi¨¦rcoles su voluntad de recurrir al Constitucional al considerar que se est¨¢n violando derechos fundamentales. El recurso recuerda la proximidad de la sesi¨®n de conformaci¨®n del Senado, el d¨ªa 21 de este mes, y por ello pide "un supuesto de urgencia excepcional". En espec¨ªfico, el grupo parlamentario de los socialistas argumenta que la negativa a designar a a Iceta viola el art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n, que delimita el derecho a la participaci¨®n pol¨ªtica. Este fragmento establece que que tiene que hay que garantizar que se acceda en condiciones de igualdad a las funciones y cargos p¨²blicos, "con los requisitos que se?alen las leyes".
El PSC defiende que, en virtud de sus resultados en las pasadas elecciones auton¨®micas le corresponde un senador por designaci¨®n auton¨®mica y que al Parlament solo tiene que "ratificar" su decisi¨®n. De hecho, el reglamento de la C¨¢mara catalana, cuando se refiere al tr¨¢mite para la designaci¨®n de los senadores auton¨®micos solo habla de que las propuestas elevadas por los partidos y presentadas por el presidente del Parlament sean ratificadas no votadas por el pleno.
"La designaci¨®n de senadores auton¨®micos no se puede considerar como una desici¨®n discrecional del Parlament. Debe tenerse en cuenta la representaci¨®n proporcional de los grupos y la reserva al grupo parlamentario que originalmente formulo? la propuesta de senador o senadora para proponer a quien deba sustituir la vacante producida", defiende el recurso.
El art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n tambi¨¦n establece que "los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos p¨²blicos, directamente o por medio de representantes". En las pasadas elecciones, el PSC obtuvo m¨¢s de 606.000 votos y desde el partido cree que puede tener recorrido dentro del Constitucional lo que considera que es una violaci¨®n los derechos de sus votantes ser representados en el Senado.
"Al optar por el sistema de votacio?n electro?nica y secreta se opta por un sistema de votacio?n que permite el voto contrario a la propuesta formulada por el u?nico grupo parlamentario legitimado para hacerla, por lo que se podri?a privar a e?ste ¨Dy a la ciudadani?a a la que representa¨D de la representacio?n proporcional en el Senado que le corresponde, en la persona en la que so?lo a e?ste grupo corresponde proponer", sostiene el recurso.
La costumbre, recuerdan esas fuentes del partido, tambi¨¦n es una fuente del derecho parlamentario. De ah¨ª que tambi¨¦n intentar¨¢n en el recurso argumentar que la votaci¨®n de los nombres de los diputados auton¨®micos era un mero tr¨¢mite al que no se le hab¨ªan puesto objeciones desde la restituci¨®n de la democracia. Desde el PSC tiran de hemeroteca para mostrar que usualmente la votaci¨®n se hac¨ªa por asentimiento, es decir, cuando una vez anunciadas no sucitan ninguna objeci¨®n u oposici¨®n. S¨®lo en los ¨²ltimos a?os se han hecho por voto electr¨®nico pero nunac hab¨ªa sido vetado un nombre.
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