Femen lleva al Constitucional la condena de dos activistas por profanar La Almudena
El colectivo feminista considera en su escrito que se ha vulnerado su derecho de defensa
Pese al mazazo recibido en la Audiencia Provincial de Madrid el pasado marzo, el grupo feminista Femen no piensa tirar la toalla y ha decidido llevar al Tribunal Constitucional la condena por profanaci¨®n impuesta a dos de sus activistas por encadenarse al altar mayor de la catedral de La Almudena en junio de 2014. En un recurso de amparo fechado el pasado 4 de abril, al que ha tenido acceso EL PA?S, el colectivo considera que el ¨®rgano judicial que sentenci¨® a las dos j¨®venes vulner¨® sus derechos fundamentales, ya que "modific¨® el relato de hechos probados" en primera instancia, donde resultaron absueltas. Ese cambio, seg¨²n el escrito, les impidi¨® ejercer correctamente su derecho de defensa.
El Juzgado de lo Penal n¨²mero 23 de Madrid declar¨® inocentes en noviembre de 2018 a Ana Urbina y Carlota C¨¢novas, acusadas por la Fiscal¨ªa y la Asociaci¨®n de Abogados Cristianos de un delito contra los sentimientos religiosos y otro de odio. "Es indudable que lo que hicieron no es una burla de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religi¨®n cat¨®lica", subray¨® entonces esa sentencia, que consideraba como "hecho probado" que la protesta ten¨ªa como ¨²nico objetivo dar "relevancia p¨²blica" a la defensa del "derecho al aborto", al que se opone la Conferencia Episcopal y sobre el que se hab¨ªa abierto un debate en ese momento tras el anuncio de Alberto Ruiz Gallard¨®n, ministro de Justicia, de modificar la legislaci¨®n.
Una argumentaci¨®n que posteriormente matiz¨® la Audiencia Provincial. Seg¨²n consta en el recurso, el tribunal afirm¨® que el juzgado de lo Penal hab¨ªa considerado ese hecho probado "a modo de causa justificativa" de la actuaci¨®n de las j¨®venes, pero insist¨ªa en que la libertad de expresi¨®n "no puede suponer la supresi¨®n o anulaci¨®n de otros derechos, como el de libertad religiosa". Es m¨¢s, los magistrados de segunda instancia subrayaron que la protesta de las dos mujeres "supuso una evidente falta de respecto e [incluy¨®] un claro contenido vejatorio para los sentimientos de los cat¨®licos".
Para la defensa de Femen, ejercida por el abogado Endika Zulueta, este cambio de criterio supone una vulneraci¨®n del art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n, que garantiza el derecho a la defensa, a un proceso con todas las garant¨ªas y a la presunci¨®n de inocencia. "En los hechos declarados probados no se describe acto de profanaci¨®n alguno", resalta el escrito del colectivo feminista enviado al Constitucional, donde a?ade que la sentencia de la Audiencia Provincial "no respeta la literalidad de los hechos probados" y "realiza una reconsideraci¨®n" de ellos. Adem¨¢s, contin¨²a el recurso, "los modifica, a?adiendo hechos que no eran en modo alguno recogidos" en el primer dictamen.
Seg¨²n subraya Femen, esta modificaci¨®n se produjo sin llamar a las activistas para que pudieran defenderse. Y, por tanto, pide que se anule la sentencia de la Audiencia Provincial.
La protesta
La acci¨®n de Femen arranc¨® a las nueve de la ma?ana del 13 de junio de 2014, cuando Urbina y C¨¢novas se adentraron en la catedral y se subieron a la peana de la cruz del altar mayor. All¨ª se desvistieron de cintura para arriba y se encadenaron, antes de comenzar a gritar lemas como "El aborto es sagrado" y "Aborto ilegal, tomemos el altar". En su torso desnudo llevaban escritas, adem¨¢s, expresiones como "Gallard¨®n inquisidor" y "aborto ilegal".
El letrado de las acusadas explic¨® durante el juicio que "el ¨¢nimo que movi¨® su acci¨®n, obviamente, no era la ofensa religiosa, sino el fomento del debate social" sobre la reforma de la Ley del Aborto. Y el juzgado de lo Penal consider¨® que su acci¨®n se encontraba amparada por la libertad de expresi¨®n. Una conclusi¨®n que revoc¨® la Audiencia Provincial y que, ahora, el Constitucional deber¨¢ decidir si entra a estudiarla.
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