Condenado el l¨ªder del PP de Barcelona a una multa de 180 euros por maltrato f¨ªsico leve
Josep Bou cogi¨® por el cuello a un hombre que le increp¨® durante una procesi¨®n religiosa
Un juez ha condenado al l¨ªder del PPC en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Bou a una multa de 180 euros por un delito leve de maltrato f¨ªsico a una persona que le increp¨® el pasado 15 septiembre, durante la procesi¨®n religiosa de la Hermandad de la Merc¨¨. Bou participaba en el acto en los accesos a la catedral de Barcelona. En ese momento, un colaborador habitual de este centro religioso que iba a asistir a la misa cuestion¨® la banda de la m¨²sica que sonaba en la procesi¨®n al afirmar que esta le parec¨ªa "inadecuadamente marcial", que "con este ritmo" no se pod¨ªa "entrar en la catedral" y que solo les faltaba "la cabra". Bou se molest¨® e intent¨® apartar al hombre cogi¨¦ndolo por el cuello.
Bou pidi¨® al hombre que se apartara porque estaba interrumpiendo el paso de la procesi¨®n. Al no hacer caso a esta petici¨®n, Bou cogi¨® por el cuello al hombre e intent¨® apartarlo sin conseguirlo, hasta que intervino la Guardia Urbana.
El hombre tuvo que ser atendido en el centro de asistencia primaria (CAP) Ciutat Vella Peracamps, donde se le diagnostic¨® una "contusi¨®n en el cuello por compresi¨®n", con una previsible curaci¨®n de un d¨ªa y sin secuelas.
En una sentencia, el juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 29 de Barcelona ha condenado al concejal popular a una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros por un delito leve de maltrato f¨ªsico, as¨ª como a las costas procesales, mientras que la Fiscal¨ªa ped¨ªa su absoluci¨®n.
El juez, en su escrito, considera probado la constituci¨®n de este delito leve de maltrato f¨ªsico por las declaraciones del denunciante, que han sido contrastadas por los agentes durante el juicio oral, aunque no ve en cambio "suficientemente acreditado que se haya producido una lesi¨®n propiamente dicha".
Adem¨¢s, la sentencia se?ala que Bou, en su comparecencia ante el tribunal, no transmiti¨® "convicci¨®n judicial suficiente" sobre el incidente al apreciarse "cierta inseguridad", frente al "rotundo testimonio" del denunciante.
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