El Tribunal Superior de Justicia mantiene la condena a la auxiliar que asesin¨® a una anciana en Alcal¨¢
Los jueces rechazan el recurso presentado por la defensa de Beatriz L¨®pez Doncel por el uso de una c¨¢mara de vigilancia en el hospital complutense
Beatriz P¨¦rez Doncel, la auxiliar de enfermer¨ªa del hospital Pr¨ªncipe de Asturias de Alcal¨¢ de Henares condenada por matar a una anciana, no ver¨¢ modificada su sentencia. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) han desestimado el recurso presentado por su abogado y ha rechazado las tres alegaciones que present¨® para que fuera exculpada o, cuando menos, se le rebajara la condena de 20 a?os de prisi¨®n. Los jueces entienden que el fallo de la Audiencia Provincial est¨¢ perfectamente motivado y que se han observado todas las garant¨ªas procesales y penales contra la auxiliar.
La auxiliar de enfermer¨ªa, de 39 a?os, fue detenida en agosto de 2017 d¨ªas despu¨¦s de que muriera la paciente Consuelo Doblado Fern¨¢ndez, de 86 a?os, tras sufrir una embolia gaseosa. Le hab¨ªan introducido por v¨ªa venosa gran cantidad de sangre, lo que le produjo el paro cardiaco. Una juez de Alcal¨¢ de Henares autoriz¨® la instalaci¨®n de una c¨¢mara de vigilancia en el servicio de medicina interna, situado en la quinta planta, ya que otra paciente que tambi¨¦n iba a recibir el alta en breve falleci¨® en circunstancias similares en junio de 2015. Un caso parecido, sin que muriera, se produjo en diciembre de 2013.
Un tribunal de jurado consider¨® que P¨¦rez Doncel era la autora del asesinato de Consuelo Doblado y la exculp¨® de los dos asesinatos anteriores (uno de ellos en grado de tentativa). El presidente de la Secci¨®n 3? de la Audiencia Provincial de Madrid, Eduardo V¨ªctor Berm¨²dez Ochoa, le impuso una condena de 20 a?os de prisi¨®n.
El abogado de la auxiliar de enfermer¨ªa, Emilio Rodr¨ªguez Marquetas, recurri¨® el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, alegando que se hab¨ªan vulnerado los principios de presunci¨®n de inocencia y que se hab¨ªa vulnerado la intimidad de la culpable al instalar una c¨¢mara de videovigilancia en el pasillo de la unidad de medicina interna. Adem¨¢s, aleg¨® que el magistrado hab¨ªa fijado una condena excesivamente alta, al aplicarla en la mitad superior que permite el art¨ªculo 139 del C¨®digo Penal. Este recoge que el asesinato se castigar¨¢ con penas de prisi¨®n de 15 a 25 a?os.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM recogen en su fallo que tienen que desestimar todas las alegaciones del abogado de la auxiliar. En primer recuerdan que la instalaci¨®n de la c¨¢mara de videovigilancia se realiz¨® con todas las garant¨ªas procesales. As¨ª lo orden¨® una juez de Alcal¨¢ de Henares, con la intenci¨®n de detener al autor del asesinato registrado en junio de 2015: ¡°Se trataba de averiguar la identidad del culpable y de prevenir la previsible reiteraci¨®n de tales comportamientos¡±. Tambi¨¦n recuerdan que el pasillo de un hospital no es un lugar privado: ¡°La intimidad de la acusada en ning¨²n caso puede pretenderse violentada¡±.
El fallo tambi¨¦n recoge que el jurado ha motivado de forma suficiente su veredicto al concluir que la ¨²nica persona que pudo introducir el aire en las venas de Consuelo Doblado fue la auxiliar de enfermer¨ªa. As¨ª lo recogen las c¨¢maras y lo corroboraron los forenses. Estos mantuvieron que bastaba unos 20 o 30 segundos para producir la muerte de la paciente, dada la gran cantidad de aire que hab¨ªa en el torrente sangu¨ªneo.
Los jueces del TSJM tambi¨¦n entiende proporcionado los 20 a?os de prisi¨®n, dadas las circunstancias personales de la asesina. Esta se vali¨® de su condici¨®n profesional (auxiliar de enfermer¨ªa) y del precario estado de salud de la paciente, de su situaci¨®n de dependencia y de la confianza que le supon¨ªa estar en un hospital. A ello se a?ade ¡°el elevado grado de peligrosidad criminal¡± de P¨¦rez Doncel.
40.000 euros de indemnizaci¨®n muy razonables
La acusaci¨®n particular ejercida por el hermano de la mujer fallecida en el hospital Pr¨ªncipe de Asturias de Alcal¨¢ de Henares, Carlos Doblado Fern¨¢ndez, tambi¨¦n recurri¨® la sentencia de la Audiencia Provincial, que le otorgaba una indemnizaci¨®n de 40.000 euros. El letrado entend¨ªa que la cantidad era exigua, ya que exist¨ªa una gran relaci¨®n entre ambos: Carlos iba a darle de desayunar, comer y cenar en el hospital todos los d¨ªas.
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) han rechazado el recurso, al entender que se trata de una cantidad razonable. Entre otras razones, alegan que en casos m¨¢s graves ¡ªel asesinato de un hijo¡ª solo se han otorgado 80.000 euros. ¡°Tampoco consta que fuera dependiente econ¨®micamente de la fallecida¡±, recoge el fallo.
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