El fondo del mar guarda los sue?os que son de todos
Caso Odyssey "?hemos de considerar ese dep¨®sito un bien p¨²blico o, por el contrario, un bot¨ªn privado de los depredadores llamados cazatesoros?"
El fondo del mar guarda, sin duda, uno de los dep¨®sitos m¨¢s puros de los sue?os y de la memoria de la humanidad. En ¨¦l duermen los vestigios de los anhelos, venturas y desventuras del hombre de descubrir nuevos mundos y culturas, de epopeyas, de b¨²squeda de tierras ignotas, de llevar a las personas, sus cosas y sus bienes m¨¢s ¨ªntimos a otros lugares a los que nunca llegaron, de conflictos b¨¦licos movidos por la ambici¨®n de nuevos dominios y hegemon¨ªas¡, que tej¨ªan las relaciones pol¨ªticas, culturales y comerciales. En definitiva, con el tiempo el mar ha ido absorbiendo grandes trozos de la vida humana que explican mucho de quienes somos y d¨®nde nos encontramos hoy. La pregunta es, plante¨¦moslo ya, si hemos de considerar ese dep¨®sito un bien p¨²blico o, por el contrario, un bot¨ªn privado de los depredadores llamados cazatesoros. Esa es la tesitura a la que se enfrentaba la disputa, entre Espa?a y la empresa Odyssey, sobre los restos de la fragata Nuestra Se?ora de las Mercedes, hundida por una agresi¨®n b¨¦lica inesperada el 5 de octubre de 1804 frente a las costas de Huelva y que se llev¨® al fondo del mar 250 personas y un rico cargamento entre el que hab¨ªa varios cientos de miles de monedas. Hecho triste del que, con pluma maestra, nos dejaron testimonio P¨¦rez Gald¨®s en su novela Trafalgar, as¨ª como Alcal¨¢ Galiano en sus memorias.
Durante mucho tiempo esos sue?os permanecieron en paz en los limos de los fondos marinos, pues la capacidad del hombre de saber donde estaban los objetos arqueol¨®gicos mar¨ªtimos y de aprehenderlos era ¨ªnfima. Pero los recientes desarrollos tecnol¨®gicos han quebrado este estado de paz, porque los actuales sistemas de detecci¨®n hacen cada vez m¨¢s transparente el fondo del mar y, adem¨¢s, se ha disparado la capacidad de los artefactos e ingenios para extraer los restos sumergidos.
Los bienes arqueol¨®gicos terrestres se vienen beneficiando, hace ya tiempo, de un sistema de protecci¨®n jur¨ªdica extraordinariamente eficaz, que es el de, como hacen las leyes de la mayor parte de los pa¨ªses, considerarlos bienes de dominio p¨²blico. Es, sin duda, la medida jur¨ªdica disponible m¨¢s en¨¦rgica para proteger un bien p¨²blico, pues descansa en dos reglas o principios contundentes. Primero, supone que son bienes, como dec¨ªa el derecho romano, extra commercium, es decir, que no son susceptibles de comercio ni de apropiaci¨®n privada. En segundo lugar, ser bienes de dominio p¨²blico conlleva que quedan afectos a un destino p¨²blico, que no es otro que el de ser conocidos, gozados y disfrutados por todos.
Sin embargo, los bienes arqueol¨®gicos subacu¨¢ticos, que en nada se diferencian en su calidad y valor cultural de los terrestres dado que el medio que los cobija no es m¨¢s que un mero accidente, han tardado mucho m¨¢s tiempo en alcanzar una protecci¨®n jur¨ªdica tan eficaz. ?Por qu¨¦? Pues, fundamentalmente porque, como hemos dicho, estuvieron menos accesibles a su descubrimiento y rapi?a hasta ese reciente cambio tecnol¨®gico. Sin entrar en mayores finuras t¨¦cnico jur¨ªdicas, tradicionalmente eran considerados tesoros ocultos, regidos por la regla de la ocupaci¨®n, es decir, eran de quien los encontraba. Pero el despegue de la conciencia sobre su valor cultural ha empezado a modificar las cosas. Sobre todo a partir del Convenio de la UNESCO sobre el patrimonio subacu¨¢tico, aprobado en 2001 y que entr¨® en vigor en el a?o 2009 ¨C Espa?a fue uno de los primeros pa¨ªses en ratificarlo- se aprecia un cambio importante de escenario. Este Convenio descansa en una visi¨®n del patrimonio arqueol¨®gico como un bien de inter¨¦s general de las sociedades, los Estados, las naciones y la humanidad entera. Y, a tal fin, enuncia principios como el de que el patrimonio subacu¨¢tico no ser¨¢ objeto de explotaci¨®n comercial y la preferencia por la conservaci¨®n ¡°in situ¡± del patrimonio subacu¨¢tico (arts. 2 y 7), que las actividades dirigidas a su recuperaci¨®n deber¨¢n servirse de t¨¦cnicas y m¨¦todos no destructivos (norma 4 del Anexo) y la no perturbaci¨®n innecesaria de los restos humanos o de los sitios venerados (art. 2).
El Derecho internacional reconoce la solemnidad de su tumba, y el inter¨¦s soberano de Espa?a por preservarla.
Las sentencias dictadas por los jueces norteamericanos en el caso Odyssey (en 2007 y en 2009), si bien no llegan a aplicar el Convenio, son en buena medida portadoras del esp¨ªritu de estos principios jur¨ªdico culturales a partir de una fina mirada de altura en la interpretaci¨®n del derecho internacional. Nada mejor lo resume que las palabras, no exentas de un toque po¨¦tico, del Juez Mark Pizzo del Juzgado de Tampa (Florida) cuando apela al ¡°inter¨¦s com¨²n y al respeto mutuo entre las naciones¡± para rebatir los argumentos privatistas de la defensa de Odyssey: ¡°Han pasado m¨¢s de 200 a?os desde que explot¨® la Mercedes. Su lugar de reposo y el de cuantos perecieron en ella aquel fat¨ªdico d¨ªa permanecieron inalterados durante siglos. Hasta hace poco. El Derecho internacional reconoce la solemnidad de su tumba, y el inter¨¦s soberano de Espa?a por preservarla. El inter¨¦s com¨²n y el respeto mutuo entre las naciones justifica que aceptemos la reclamaci¨®n de Espa?a sobre la Mercedes y desestimemos la de Odyssey¡±.
Esta es la ense?anza del caso de la fragata Nuestra Se?ora de las Mercedes, una aportaci¨®n magistral y referencia ejemplar para el futuro de la protecci¨®n de los bienes culturales subacu¨¢ticos en el mundo entero. Un antes y un despu¨¦s.
Pero es, adem¨¢s, desde 2005 ¨Ccuando se adopta la decisi¨®n de iniciar las reclamaciones- hasta hoy, una muestra inigualable de un ejercicio coral sobre c¨®mo se ha de llevar adelante una pol¨ªtica de Estado, con la suma de todos, en los asuntos importantes. Y es un canto a las potencialidades de la lex artis de los profesionales, arque¨®logos, conservadores, archiveros, historiadores e investigadores, juristas, jueces y fuerzas de seguridad, gestores p¨²blicos, profesionales de la informaci¨®n¡ que, en una armon¨ªa poco frecuente en este tiempo del especialismo ciego y autosuficiente que criticaba Ortega, han aportado ilusionada y generosamente al com¨²n sus modestas perspectivas y contribuciones en pro de una polifon¨ªa profesional que ha hecho posible la canci¨®n que ahora celebramos: el fondo del mar guarda nuestros sue?os, cuidemos nuestros sue?os porque son de todos.
Jes¨²s Prieto de Pedro es Director General de Bellas Artes, Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas
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