Competencia choca con las nuevas tarifas de propiedad intelectual
El organismo critica en un informe la orden ministerial que regula los precios para los usuarios de las entidades de gesti¨®n
La orden ministerial que regula las tarifas de las entidades de gesti¨®n de derechos de propiedad intelectual tiene carencias, incoherencias y no da respuesta a los principales problemas: el abuso de posici¨®n dominante de las propias entidades, la falta de equidad en las tarifas y la discriminaci¨®n entre usuarios. As¨ª lo dictamina la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en un informe en el que examina los criterios para determinar los precios.
El organismo regulador considera que el borrador de la orden ministerial que desarrolla la Ley de Propiedad Intelectual deber¨ªa ser revisado para introducir ¡°simplicidad y claridad¡± en las tarifas. Adem¨¢s, podr¨ªa contribuir ¡°de manera m¨¢s eficaz a la prevenci¨®n de conductas anticompetitivas¡±. En concreto, la CNMC propone que se busque ¡°una formaci¨®n eficiente de tarifas¡± para que la remuneraci¨®n se adecue al uso del repertorio. En todo caso, no pueden ser discriminatorias y los usuarios deben pagar en funci¨®n del uso efectivo del repertorio y el valor econ¨®mico del servicio prestado.
Transparencia
La CNMC reclama a las entidades de gesti¨®n que act¨²en de manera ¡°razonable y transparente¡± para que en las tarifas generales se recojan las condiciones particulares acordadas por los usuarios. Tambi¨¦n expone que las diferencias de trato para los usuarios que tengan encomendadas la gesti¨®n de televisones y radios p¨²blicas, entidades culturales y servicios en l¨ªnea, podr¨ªan no ser coherentes con la ley. Incluso pueden ir en contra de la ¡°neutralidad competitiva¡±.
Como principio general, la CNMC sostiene que la propiedad intelectual debe moverse entre dos objetivos: asegurar la protecci¨®n de los creadores y garantizar un acceso asequible. Defiende que los creadores tengan incentivos para seguir produciendo pero alerta sobre los efectos de una protecci¨®n excesiva. ¡°Si es muy costoso para los usuarios acceder a ellos [los derechos], entonces la demanda ser¨¢ muy baja¡± y se generar¨¢ una situaci¨®n ¡°altamente ineficiente¡±.
En su informe, la CNMC recuerda que ha tramitado abundantes expedientes sancionadores por ¡°abuso de posici¨®n dominante¡± que se han traducido en multas a entidades de gesti¨®n como EGEDA, SGAE, AISGE y AEI, motivadas principalmente por la inequidad de las tarifas y la discriminaci¨®n entre usuarios.
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