Seguridad Social taurina: un galimat¨ªas que penaliza a las empresas que pagan
Los empresarios y los toreros abonan al a?o m¨¢s de 12 millones de euros en cotizaciones
¡°El sistema de cotizaciones a la Seguridad Social del sector taurino es un pel¨ªn complicado¡±, adelanta Mar Guti¨¦rrez, secretaria t¨¦cnica de la Asociaci¨®n Nacional de Organizadores de Espect¨¢culos Taurinos (ANOET).
Los toreros (matadores, rejoneadores, novilleros, picadores, banderilleros, toreros c¨®micos, mozos de espada y ayudas) est¨¢n integrados desde 1986 en un r¨¦gimen de la Seguridad Social en el que los empresarios pagan algo m¨¢s del 37 por ciento y los trabajadores el 6,4 por ciento de la base de cotizaci¨®n; en total, m¨¢s de 12 millones de euros anuales en cotizaciones sociales.
Un sistema singular y espec¨ªfico para el sector, confuso y complejo, un extra?o galimat¨ªas en el que a¨²n se mantienen los tradicionales boletines autocopiativos, y que, he aqu¨ª lo m¨¢s sorprendente, castiga a los empresarios que m¨¢s festejos organizan y cumplen con la legalidad mediante la actualizaci¨®n de cotizaciones que la Seguridad Social comunicaba hasta ahora cuatro a?os despu¨¦s de que se cerrara un per¨ªodo laboral.
Antes de continuar hay que distinguir entre las cuatro categor¨ªas de las plazas de toros y los tres grupos a los que pertenecen los toreros en funci¨®n del n¨²mero de festejos en los que participan.
El empresario no tiene capacidad de contrataci¨®n sobre la cuadrilla, pero s¨ª deber de cotizaci¨®n
Los cosos espa?oles de primera categor¨ªa son los de Madrid, Sevilla, C¨®rdoba, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Bilbao, San Sebasti¨¢n, Pamplona y M¨¢laga. Las dem¨¢s plazas de provincias m¨¢s las de Vistalegre (Madrid), Gij¨®n, Algeciras, Aranjuez, Cartagena, Jerez de la Frontera, Linares, M¨¦rida, Puerto de Santa Mar¨ªa, Colmenar Viejo y Plasencia son de segunda; el resto de las plazas fijas se incluyen en la tercera categor¨ªa, y las port¨¢tiles, en la cuarta.
Por otra parte, los toreros que act¨²an en 37 o m¨¢s festejos por temporada pertenecen al grupo A; al grupo B los que se anuncian entre 13 y 36 tardes, y el resto se engloba en el C.
Las bases de cotizaci¨®n fluct¨²an en funci¨®n del grupo al que los toreros pertenezcan; la de los matadores y rejoneadores de los grupos A y B asciende a 1.124 euros por festejo; la de picadores y banderilleros de estos grupos, 1.034 euros; el resto de los matadores y subalternos del grupo C, 777 euros, y los mozos de espada, ayudas, novilleros y toreros c¨®micos, 464 euros.
Aclarados estos pre¨¢mbulos, comienzan las peculiaridades, que la secretaria t¨¦cnica de ANOET desmenuza con aire de paciente profesora.
El sector taurino es el ¨²nico que mantiene los boletines autocopiativos
Los toros son trabajadores de un d¨ªa, se?ala en primer lugar, y al cabo de una temporada son contratados por diferentes empresas.
El empresario contrata al torero y a su cuadrilla y cotiza por el grupo, pero es el matador quien elige a su equipo. ¡°Este es un caso raro en el ordenamiento laboral¡±, explica Mar Guti¨¦rrez. ¡°El empresario no tiene capacidad de contrataci¨®n sobre picadores, banderilleros, mozos y ayudas, pero s¨ª deber de cotizaci¨®n¡±, a?ade. La empresa paga al matador el salario del grupo, y el jefe de filas hace el reparto de acuerdo con los honorarios previstos en el convenio, que var¨ªa seg¨²n el grupo al que pertenezcan y la categor¨ªa de la plaza donde act¨²en.
Por ejemplo, los picadores y banderilleros del grupo A que torean en una plaza de primera cobran un sueldo neto de 1.229,16 euros, seg¨²n el convenio de 2016. Si pertenecen a los grupos B o C, el salario baja hasta los 941,37 euros.
El pago de las cotizaciones es a cuenta y depende de regularizaciones futuras que penalizan a las empresas grandes
Cada tarde de corrida, el empresario debe sellar los correspondientes boletines de cada torero (este es el ¨²nico sector en el que el proceso no est¨¢ informatizado), que servir¨¢ de justificaci¨®n de los d¨ªas trabajados.
A los toreros se les descuenta del sueldo bruto el 6,4 por ciento, que la empresa suma a su 37 por ciento de la base de cotizaci¨®n e ingresa la cantidad en la Seguridad Social.
¡°Pero el proceso no acaba aqu¨ª, como es habitual en cualquier trabajador por cuenta ajena¡±, se?ala Mar Guti¨¦rrez. ¡°En este sector, la base de cotizaci¨®n es a cuenta de los pagos que haya realizado el resto de las empresas por cada trabajador¡±, contin¨²a, ¡°de modo que, a final de la temporada, la administraci¨®n elabora una regularizaci¨®n que suele obligar a nuevos pagos por parte de las empresas mayores¡±.
En otras palabras, las empresas que han organizado festejos en 2016 no pueden cerrar el ejercicio a 31 de diciembre porque la Seguridad Social cuenta con un periodo de tiempo, que hasta hace poco estaba cifrado en cuatro a?os y ahora se ha reducido a dos, para revisar si los trabajadores han cubierto el m¨ªnimo de cotizaci¨®n exigido. Si no es as¨ª, exige el pago de las cantidades pendientes a las empresas que han organizado m¨¢s festejos de acuerdo con unos coeficientes que establecen el porcentaje de contrataci¨®n de cada plaza. Tambi¨¦n puede haber devoluci¨®n en caso de exceso de cotizaci¨®n, lo que suele ocurrir en casos excepcionales. En consecuencia, las devoluciones y los pagos posteriores se pueden producir tiempo despu¨¦s de que una empresa haya abandonado la gesti¨®n de una plaza.
Asunto complicado. ?Por qu¨¦ los profesionales no suelen alcanzar el m¨ªnimo de cotizaci¨®n, lo que obliga a las empresas grandes a pagar regularizaciones posteriores?
Seg¨²n explica la representante de ANOET, porque ¡°no todos los empresarios declaran bien los salarios; algunos pagan por debajo de los m¨ªnimos establecidos en convenio, o hacen coincidir base con salario¡±.
Siempre se cotiza por la cantidad menor, y hay empresas que declaran un salario de 100 euros, por ejemplo, y cotizan por esa cantidad, de modo que el profesional no alcanza el m¨ªnimo exigido al final de la temporada.
Es entonces cuando mediante unas operaciones matem¨¢ticas entre el salario total percibido y el n¨²mero de actuaciones se establece una regularizaci¨®n que debe pagar la empresa que ha contado con un mayor nivel de contrataci¨®n y ha abonado las cantidades m¨¢s altas, que suele coincidir con las de las plazas de primera, con especial incidencia en Madrid y Sevilla, que son las que organizan mayor n¨²mero de festejos.
¡°Es un sistema complicado y aberrante que beneficia a los que defraudan y perjudica a los que declaran seg¨²n la ley¡±, sentencia Mar Guti¨¦rrez. ¡°El empresario se enfrenta a una situaci¨®n de indefensi¨®n, y la ¨²nica soluci¨®n es pleitear con la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social¡±, a?ade.
Y lo curioso es que este escenario solo se produce en el sector taurino. Otros colectivos especiales que tambi¨¦n se integraron en el R¨¦gimen General, como artistas, ferroviarios y el comercio han alcanzado acuerdos que evitan esta discriminaci¨®n.
Asegura la secretaria t¨¦cnica de ANOET que los taurinos ¡°est¨¢n en ello¡±, pero componen un colectivo peque?o y a¨²n no ha sido posible un convenio satisfactorio con la Seguridad Social.
?Y por qu¨¦ no se denuncia a los que defraudan?
¡°Porque el pago de las cotizaciones es un asunto privado, y la relaci¨®n de presuntos infractores solo la conoce la Tesorer¨ªa; por eso, la ¨²nica alternativa es recurrir por la v¨ªa administrativa en la que, generalmente, no te dan la raz¨®n, lo que obliga a acudir a los juzgados, con el consiguiente perjuicio en tiempo y dinero¡±.
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