La Audiencia de Madrid anula la venta de las tablas flamencas de los jesuitas
La sala deja en evidencia la falta de control en la exportaci¨®n de patrimonio hist¨®rico en manos de la Iglesia
La venta de las tablas flamencas que los jesuitas subastaron en Segre, con permiso de exportaci¨®n del Ministerio de Cultura, queda anulada y no es un delito de estafa o contrabando como reclamaba la Fiscal¨ªa. Esto sostiene el magistrado Jes¨²s Mar¨ªa Hern¨¢ndez Moreno, ponente del auto de la Sala de la Secci¨®n n¨²mero 5 de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha accedido este peri¨®dico. La casa de subastas Segre debe devolver a los compradores, Casacuberta Marsans SA, el importe de 36.000 euros (precio del remate sin IVA) por el que adquirieron las puertas del tr¨ªptico (con la Visitaci¨®n de la Virgen, san Andr¨¦s y Santiago), de 1510, atribuidas al maestro Johannes. La sala tambi¨¦n declara nula la venta de la?Magdalena penitente, del taller de El Greco (siglo XVII), adquirida por 5.500 euros por la empresa italiana Milani Anticipa, que despu¨¦s fue vendida por Christie¡¯s Londres, por 6.500 euros.
¡°No resulta la concurrencia de indicios de un enga?o suficiente¡±, dice el magistrado en el fallo. ¡°La ignorancia declarada por las investigadas es plausible¡±, se recoge en el auto, porque en el cat¨¢logo de venta se aclaraba que las piezas hab¨ªan estado depositadas -desde 1964- en el Museo de la Santa Cruz de Toledo y que hab¨ªan pertenecido a la Compa?¨ªa de Jes¨²s. Es decir, los compradores estaban advertidos y, seg¨²n el fallo, no se hab¨ªa ocultado el origen de las piezas. De hecho, para la Sala de la Audiencia Provincial el origen del caso est¨¢ en ¡°un error de prohibici¨®n¡±, en referencia al permiso de exportaci¨®n concedido por el Ministerio de Cultura a las obras de la Iglesia. El administrador de la provincia de Espa?a de la Compa?¨ªa, Jaime Badiola, apunt¨® a EL PA?S que desconoc¨ªa la limitaci¨®n legal de la venta de los bienes eclesi¨¢sticos. Y desde la casa de subastas se apunt¨® que las piezas no estaban catalogadas ni inventariadas por la Iglesia, como es habitual.
La Ley de Patrimonio deja claro que los bienes pertenecientes al patrimonio hist¨®rico espa?ol con m¨¢s de un siglo de antig¨¹edad solo pueden salir del territorio con una autorizaci¨®n que concede la Junta de Calificaci¨®n, Valoraci¨®n y Exportaci¨®n del Ministerio de Cultura. Este organismo concedi¨® el permiso a las tablas. Pero un a?o despu¨¦s, consciente del error, lo revoc¨®. Los expertos de la Junta descubrieron el fallo en 2016 cuando un investigador particular denunci¨® el caso. No encontraba en el museo las piezas y escribi¨® a la Junta para alertar de su ausencia. Y denunci¨® ante la Fiscal¨ªa de Madrid de Medio Ambiente, en junio de 2018, la venta de dos cuadros de valor hist¨®rico. Las obras regresaron y descansan, de nuevo, en el Museo de la Santa Cruz.
Una tasaci¨®n "irrelevante"
El Juzgado de Instrucci¨®n 43 de Madrid, en una sentencia del pasado abril, ya aclaraba que no hab¨ªa delito de estafa ni de contrabando, pero que el Ministerio de Cultura planteaba una sanci¨®n contra la casa de subastas Segre. Contra esta sentencia recurri¨® la Fiscal¨ªa de Medio Ambiente desestimada ahora. Los Casacuberta aseguraron entonces que desconoc¨ªan que la pieza que compraron tuviera licencia de exportaci¨®n, que solo quer¨ªan comprarla. Pero tras hablar de ello con un experto de su confianza decidieron utilizar el permiso y sacarla a la venta fuera de Espa?a. El titular del juzgado se?al¨® que no exist¨ªa apa?o entre Segre y Casacuberta para vender en el extranjero por un precio muy superior al l¨ªmite del delito de contrabando.
Al desestimar el recurso de la Fiscal¨ªa, la sala tumba tambi¨¦n la posibilidad del lucro cesante que reclamaron los querellados, porque consideran "irrelevante" el informe del experto de Christie¡¯s Londres, que certificaba que las tablas del maestro Johannes podr¨ªan multiplicarse hasta los 750.000 euros. ¡°Lo cierto es que a la obra se le dio salida en el mercado espa?ol, tan versado y en disposici¨®n econ¨®mica como cualquiera otro, y su respuesta fue que no sobrepas¨®, incluso aunque hubiese sido por poco, la suma de 50.000 euros¡±, a?ade. Por eso no entr¨® en la impugnaci¨®n de la anterior resoluci¨®n de abril, porque no hay delito de contrabando. La protecci¨®n penal desaparece si el valor econ¨®mico de los bienes que se sacan del territorio espa?ol es inferior a 50.000 euros.
El magistrado ponente Jes¨²s Mar¨ªa Hern¨¢ndez Moreno advierte de que el valor de un bien cultural es una cuesti¨®n dif¨ªcil de determinar, porque ¡°le es extra?a la nota de utilidad¡±. Pero aclara que ello ¡°no impide la existencia de un dilatado mercado donde son comprados y vendidos al igual que cualquier otra mercanc¨ªa, pero el valor cultural y el valor econ¨®mico pueden ser muy distintos¡±.
El caso no tendr¨¢ trascendencia penal, pero desvela la debilidad de los controles de los bienes hist¨®ricos salientes en la Junta de Calificaci¨®n, Valoraci¨®n y Exportaci¨®n del Ministerio de Cultura. De hecho, Elisa del Cabo, subdirectora de la Subdirecci¨®n de Patrimonio hist¨®rico del Ministerio de Cultura, compareci¨® como perito y declar¨® que es frecuente que en la solicitud de exportaci¨®n no aparezca el nombre del propietario de la obra. "El solicitante de la exportaci¨®n fue la propia casa de subastas Segre y en ning¨²n momento proporcionaron el dato de qui¨¦n les hab¨ªa consignado la pieza para subasta. Fue mucho tiempo despu¨¦s cuando tuvimos conocimiento de que hab¨ªan sido los jesuitas y eso hac¨ªa radicalmente nula esa compraventa", explican fuentes del Ministerio de Cultura.
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