Los derechos de las deportistas, de nuevo con retraso
La pol¨¦mica sobre las denominadas ¡°cl¨¢usulas anti-embarazo¡± nos sume en la diferencia y en la marginalidad de los esquemas de derechos de las trabajadoras
![Falcón, del Atlético Féminas, y Lucía García, del Athletic.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/4LCSKJ2X4CTIXHN5NCDPTEMSJM.jpg?auth=10290be28fa46249bbb14b9c55b07a5883a959b369a53148b45545ba854ee1d2&width=414)
A lo largo de la historia podr¨ªamos decir, con car¨¢cter general, que los derechos de los deportistas han ido por detr¨¢s del com¨²n de los derechos de los trabajadores. Parece como s¨ª la ¨¦pica y la relevancia social de la actividad fuera incompatible con los derechos, con los mecanismos de profesionalidad, con la normalidad laboral. En este campo, los derechos de los trabajadores como el que aqu¨ª se plantea, no tienen dudas y, probablemente, nadie se atreva a plasmar en un contrato una cuesti¨®n como la que analizamos.
La pol¨¦mica sobre las denominadas ¡°cl¨¢usulas anti-embarazo¡± nos sume en la diferencia y en la marginalidad de los esquemas de derechos de los trabajadores y en muchos casos nos sit¨²a en la propia incredulidad de que estas cosas puedan pasar; puedan pasar impunemente y que los sistemas de inspecci¨®n y control no las hayan detectado.
La extinci¨®n contractual del contrato como consecuencia del embarazo nos sit¨²a en un entorno ciertamente complejo: la renuncia (?forzada?) de una trabajadora a sus derechos en el marco m¨¢s ¨ªntimo es una pr¨¢ctica que nos aleja del propio marco constitucional en el que el propio art¨ªculo 39 CE establece la obligaci¨®n de los poderes p¨²blicos de asegurar la protecci¨®n social, econ¨®mica y jur¨ªdica de la familia.
En el otro lado de la balanza se plantea el hecho de la individualidad de la prestaci¨®n del deportista, las dificultades de su sustituci¨®n, la especificidad del deporte y, en suma, la idea de que tras la prestaci¨®n deportiva hay algo diferente a la prestaci¨®n laboral.
Este planteamiento nos remonta a una historia que cre¨ªamos felizmente superada. No podemos negar que en la prestaci¨®n deportiva que constituye un medio de vida y que es la actividad habitual del deportistas hay una relaci¨®n laboral. Que esta relaci¨®n laboral sea especial y que no la hayamos actualizado desde 1985 son cuestiones diferentes. Los problemas que intentaba superar la relaci¨®n de 1985 son diferenciales respecto de los que se plantean hoy y, de ah¨ª, la desactualizaci¨®n del marco jur¨ªdico.
El deporte profesional, el deporte, en general, precisa de mayor profesionalizaci¨®n, de normalizaci¨®n, de progreso en la negociaci¨®n colectiva, de presencia de representantes colectivos, de planes espec¨ªficos de inspecci¨®n de trabajo. En una palabra, necesita ¡°normalizaci¨®n¡± y dejar de ser una excepci¨®n en el marco de las relaciones laborales.
El deporte, en general, se mantiene en un estadio muy atrasado en el marco de la conformaci¨®n de las relaciones laborales. El papel de los agentes sociales no adopta, todav¨ªa, ni los esquemas ni la importancia que los mismos tienen en el ¨¢mbito de las relaciones laborales comunes.
Pero si esto es as¨ª en el ¨¢mbito general del deporte mucho m¨¢s agudamente ocurre en el ¨¢mbito del deporte femenino. El reconocimiento de la profesionalidad, el reconocimiento de la existencia de aut¨¦nticas relaciones laborales tiene un retraso que responde, de un lado, a los problemas generales del deporte, y de otro, a la concepci¨®n peyorativa que las pol¨ªticas p¨²blicas deportivas han tenido respecto del deporte femenino. Se nos ha olvidado que a veces la igualdad exige pol¨ªticas activas y no solo referencias formales.
Los ¨¦xitos de los ¨²ltimos a?os, el progreso indudable del deporte en este ¨¢mbito, pese a la menor atenci¨®n del sistema en su conjunto al deporte de la mujer, han tenido el efecto claro de ¡°abrirnos los ojos¡± y de concienciarnos del atraso y de la necesidad del impulso hac¨ªa la normalizaci¨®n. Pero la realidad que nos hemos encontrado al ¡°volver¡± a la vida es una realidad que no gusta, que nos retrotrae a debates periclitados y que, finalmente, nos lleva a considerar que son una conquista situaciones que son indudablemente derechos irrenunciables.
Los Poderes P¨²blicos, como dice la Constituci¨®n, deben hacer un esfuerzo por la protecci¨®n de los derechos laborales de las deportistas, por su inserci¨®n laboral en condiciones admisibles, por la existencia de unas relaciones laborales maduras y con elementos de normalizaci¨®n con el resto de trabajadores. Por lo que se ve a¨²n queda mucho por hacer.
Alberto Palomar Olmeda es profesor de Derecho Administrativo.
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