El Supremo restituye el honor a la gimnasta que denunci¨® a Carballo por abusos sexuales
El alto tribunal estima el recurso de Gloria Viseras, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid por acusar a su exentrenador
Cuando las mejores gimnastas del mundo, las del equipo de Estados Unidos, comenzaron a denunciar por abusos al m¨¦dico de la federaci¨®n varios a?os despu¨¦s de haberse producido, se alzaron voces criticando el retraso de sus denuncias, poniendo, de paso, en duda su veracidad. Una raz¨®n del miedo de las menores a denunciar la ha expuesto el Tribunal Supremo espa?ol en una sentencia en la que admite el recurso de Gloria Viseras, Irene Mart¨ªnez y Antonio Llorens contra la condena infligida por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideraba que su denuncia por abusos contra el entrenador del equipo nacional Jes¨²s Carballo ¡°vulneraba el honor del t¨¦cnico¡±.
La Audiencia Provincial conden¨® a las gimnastas Viseras y Mart¨ªnez y al t¨¦cnico Llorens a 10.000 euros cada uno por sus declaraciones a EL PA?S y al programa televisivo Informe Robinson en las que acusaban a Carballo. En el auto en el que devuelve la raz¨®n a los denunciantes, la Sala Primera del Supremo critica el fallo de la Audiencia Provincial por considerar que exig¨ªa a las gimnastas una prueba de veracidad de sus declaraciones igual o, incluso, superior al exigido para dictar una sentencia penal condenatoria.
¡°Una exigencia de prueba de la veracidad de tal rigor supone impedir que ese tipo de conductas puedan ser denunciadas p¨²blicamente y cargar a las v¨ªctimas y testigos que los denuncian con el grave riesgo de sufrir condena por su actuaci¨®n de denuncia, lo que en la pr¨¢ctica supone una disuasi¨®n para la denuncia p¨²blica de estos hechos¡±, sentencia el magistrado Rafael Saraz¨¢ Jimena, ponente de una sala formada por cinco hombres y presidida por Francisco Mar¨ªn Cast¨¢n. ¡°Este canon de veracidad tan exigente supondr¨ªa en la pr¨¢ctica considerar ileg¨ªtima y susceptible de condena la pr¨¢ctica totalidad de las denuncias p¨²blicas de este tipo de conductas [el abuso de menores], que, por su car¨¢cter clandestino, los espacios de intimidad en los que se producen, por la minor¨ªa de edad de sus v¨ªctimas, y por el tiempo que usualmente transcurre hasta que las v¨ªctimas se atreven a denunciarlo, resultan muy dif¨ªciles de probar con el rigor que ser¨ªa necesario para obtener una condena penal¡±. Recuerda, adem¨¢s, el Supremo, que la denuncia de Viseras, efectuada en 2012, se hizo antes que en la prensa ante el Consejo Superior de Deportes, que la apoy¨® en todo momento, y la Polic¨ªa Nacional, que investig¨® los hechos.
Uno de los argumentos de la denuncia de Carballo fue que hab¨ªa sido absuelto en el juicio penal, lo que, seg¨²n su entender, significaba que era inocente. El Supremo tambi¨¦n matiza esta afirmaci¨®n, recordando que la causa fue archivada porque ya hab¨ªan prescrito los hechos denunciados, ocurridos seg¨²n la gimnasta a finales de los a?os 70 y comienzos de los 80 del pasado siglo. Esto ¡°impidi¨® una investigaci¨®n m¨¢s rigurosa y que se celebrara un juicio penal por los hechos imputados¡±.
En Estados Unidos, los hechos no han prescrito. El m¨¦dico abusador, Larry Nassar, cumple ya una condena de 60 a?os por posesi¨®n de pornograf¨ªa infantil, y espera sentencia por decenas de casos de abusos que ha admitido haber cometido.
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