La Audiencia Nacional corrige a la agencia antidopaje y rebaja la sanci¨®n de Ilias Fifa
Tres d¨ªas despu¨¦s de que el TAD enmendara el uso del pasaporte biol¨®gico, el tribunal deja en dos a?os el castigo al atleta por la Operaci¨®n Chamber¨ª
La Agencia Espa?ola para la Protecci¨®n de la Salud en el Deporte (AEPSAD), el organismo encargado de la lucha contra el dopaje en Espa?a, ha sufrido dos fuertes golpes a su autoridad y capacidad de maniobra en cuatro d¨ªas. El primero procedi¨® del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que en una resoluci¨®n fechada el 8 de febrero anul¨® la sanci¨®n de cuatro a?os que la AEPSAD hab¨ªa impuesto al ciclista del Burgos Ibai Salas por valores an¨®malos en su pasaporte biol¨®gico, en el que era el primer castigo impuesto por la agencia apoyado en este m¨¦todo.
La decisi¨®n del TAD, ante el que hab¨ªa recurrido Salas, deja en la pr¨¢ctica sin efecto el pasaporte biol¨®gico como herramienta para que la AEPSAD castigue el dopaje: ¡°No es suficiente para probar la comisi¨®n de una infracci¨®n¡±, dice el TAD, pese a que el C¨®digo Mundial Antidopaje lo recoge como prueba suficiente. El fallo convierte a Espa?a en una anomal¨ªa en el panorama internacional y vuelve a sembrar las dudas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) sobre el sistema espa?ol.
El segundo de los golpes a la capacidad de actuaci¨®n de la AEPSAD est¨¢ fechado tres d¨ªas despu¨¦s. Se trata de una sentencia del juzgado central contencioso administrativo n¨²mero 3 de la Audiencia Nacional firmada el 11 de febrero, y comunicada esta semana a las partes. El fallo reduce a la mitad la sanci¨®n de cuatro a?os que la agencia hab¨ªa impuesto a Ilias Fifa, campe¨®n de Europa de 5.000m en 2016.?El atleta de 29 a?os, nacido en T¨¢nger, nacionalizado espa?ol, hab¨ªa sido detenido el 25 de octubre de 2017 en la Operaci¨®n Chamber¨ª, una actuaci¨®n contra el dopaje de la Polic¨ªa Nacional en la que fueron arrestadas otras 16 personas y cuya vertiente penal investiga el juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 4 de Matar¨®.
Cobertura de hermano
El registro del domicilio de Fifa, en Santa Coloma de Gramanet, encontr¨® ¡°un caj¨®n con diversos objetos, entre ellos la acreditaci¨®n documental del demandante y su inscripci¨®n en un campeonato; adem¨¢s de una aguja con su capuch¨®n fuera del envase, diversas ampollas y sustancias y cajas de medicamentos diversos, varias jeringuillas¡±. Los an¨¢lisis determinaron que una de las ampollas conten¨ªa Evogene, hormona de crecimiento, sustancia prohibida. En la vista oral, Munir Fifa, hermano del atleta, asegur¨® que las sustancias eran suyas y que Ilias ni siquiera viv¨ªa habitualmente en esa casa, sino que estaba de paso tras una estancia en Granada para entrenarse en altitud.
El juez no da cr¨¦dito a la versi¨®n del hermano y atribuye a Ilias Fifa la propiedad de la ampolla de Evogene. Pero dice que no encuentra que la AEPSAD justificara por qu¨¦ le impuso cuatro a?os, pese a ser el castigo est¨¢ndar contemplado por el C¨®digo Mundial en casos con sustancias como la hormona de crecimiento: ¡°No vemos que la resoluci¨®n (...) contenga un pronunciamiento exacto sobre la raz¨®n por la cual la sanci¨®n no debi¨® ser impuesta en el periodo de dos a?os (...), teniendo presente que no se discute ya la comisi¨®n de la infracci¨®n¡±, dice. Y a?ade que entiende que los cuatro a?os solo corresponder¨ªan en caso de que ¡°se demuestre que la infracci¨®n fue intencionada¡±. Lo que no var¨ªa es la multa que se le hab¨ªa impuesto: se mantiene en 9.000 euros.
En el entorno de Ilias Fifa, la reducci¨®n del castigo se recibi¨® con satisfacci¨®n parcial. El atleta se hab¨ªa ilusionado con la posibilidad de que se anulara totalmente y se entrenaba pensando en regresar ya a la competici¨®n, algo que, con este fallo, se retrasar¨¢ hasta finales de a?o.
Sin embargo, contra esta sentencia de la Audiencia Nacional cabe recurso y la AEPSAD, cuyos directivos regresaban ayer de Uruguay, tiene a¨²n pendiente estudiar y analizar el fallo.
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