El inspector Matute, condenado a cinco meses de arresto y seis a?os de destierro
La Sala de lo criminal de la Audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife, ha dictado sentencia en el caso que se segu¨ªa contra el inspector de polic¨ªa Jos¨¦ Matute Fern¨¢ndez, por los delitos de coacci¨®n y lesiones, por la que se condena a ¨¦ste a cinco meses de arresto mayor y multa de 50.000 pesetas por el delito de coacci¨®n y a seis a?os de destierro y 25.000 pesetas de multa por el delito de lesiones. El se?or Orozco, abogado defensor del inspector Matute, ha declarado que piensa recurrir ante esta sentencia.En el resultado de hechos probados se dice: ?En los d¨ªas 19 al 21 de septiembre de 1975, el procesado, Jos¨¦ Matute Fern¨¢ndez -inspector jefe de la Brigada Regional de Investigaci¨®n Social de la delegaci¨®n de la Direcci¨®n General de Seguridad en Canarias-, con ocasi¨®n de interrogar en los despachos de la delegaci¨®n en Santa Cruz de Tenerife al estudiante de 21 a?os, Julio Manuel Trujillo Ascanio, y con el fin de conseguir del mismo una confesi¨®n de los hechos que a juicio del procesado hab¨ªa realizado, y la delaci¨®n de sus compa?eros en actividades pol¨ªticas de tipo subversivo, le golpe¨® en repetidas ocasiones con la mano en el cuello y en los o¨ªdos, haciendo uso de las t¨¦cnicas de judo?, que el procesado domina en su calidad de cintur¨®n negro, tercer dan y profesor nacional de defensa personal, propin¨¢ndole adem¨¢s varias patadas, dirigidas a los test¨ªculos, que le alcanzaron en la parte interna del muslo, golpes que repiti¨® en los d¨ªas mencionados, llegando a patearle, ca¨ªdo en el suelo, a consecuencia de tales golpes, Julio Manuel sufri¨® lesiones consistentes en m¨²ltiples y extensas contusiones equim¨®ticas en la regi¨®n lumbar, gl¨²teos, muslo derecho, parte anterior del t¨®rax y abdominal inferior derecho, las que tardaron en curar 22 d¨ªas, durante los que necesit¨® asistencia m¨¦dica y estuvo impedido todo el tiempo de su curaci¨®n, quedando apto y sin anormalidad alguna, la reiteraci¨®n en los golpes durante varios d¨ªas, lo fue con el fin de aumentar el dolor corporal del interrogado insistiendo en las mismas partes del cuerpo doloridas por los golpes de los d¨ªas anteriores y con ello logr¨® el procesado una amplia declaraci¨®n del joven Julio Manuel, que afligido por el trato de que era objeto, incluso se prest¨® a firmar en blanco lo que quisiera el procesado. Al conocerse lo acaecido se produjo un estado de desasosiego, malestar e intranquilidad en la poblaci¨®n, a la que trascendi¨® por las calidades del procesado y ofendido?.
Lo condenan como autor responsable de un delito de coacciones con las agravantes de abuso de superioridad y prevalerse de su car¨¢cter p¨²blico y de su cargo, a cinco meses de arresto mayor y multa de 50.000 pesetas. Y como autor de otro delito de lesiones, con la concurrencia de la agravante de prevalerse de su cargo p¨²blico, a la pena de seis a?os de destierro de Santa Cruz de Tenerife, y en un radio de 250 kil¨®metros y 25.000 pesetas de multa. Tambi¨¦n lo condenan a las penas accesorias de suspensi¨®n de todo cargo p¨²blico, profesi¨®n u oficio y derecho de voto, durante la condena por el primer delito, al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusaci¨®n particular, por ser relevante su actuaci¨®n y que le pague a Julio Manuel Trujillo, 15.000 pesetas como indemnizaci¨®n.
La misma sentencia dispone que se le aplique el decreto de indulto, por las penas de multa y la de arresto, pero no por la de destierro.
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