1876-1976: un siglo sin fueros
Se cumple ahora un siglo de la ley del 21 de julio de 1876 que, reci¨¦n terminada la segunda guerra carlista (el pretendiente hab¨ªa abandonado Espa?a, por Valcarlos, en el mes de mayo anterior), desmantel¨® los sistemas forales de Alava, Guip¨²zcoa y Vizcaya, seg¨²n es sabido y he tratado de explicar recientemente en estas mismas columnas. (V¨¦ase EL PAIS de 19, 20, 2 1, 22, 23 y 25 de mayo de 1976) Fue esta una medida (le represalias, por el partido que la mayor¨ªa de los habitantes de dichas provincias hab¨ªan tomado en aquella contienda; del mismo modo que el decreto-ley del 23 de junio de 1937, por el que se arrebat¨® a Guip¨²zcoa y a Vizcaya la foralidad residual a¨²n subsistente despu¨¦s de la ley de hace cien a?os (y que perdura todav¨ªa en Alava), fue a su vez una medida de represalias, por el partido que las fuerzas pol¨ªticas dominantes en ambas provincias hab¨ªan tomado en la guerra civil iniciada un a?o antes.Resulta parad¨®jico y, en buena medida, escandaloso el que, a ra¨ªz de la victoria de abril de 1939, lograda gracias a la cooperaci¨®n decisiva de los carlistas de nuestro siglo, no se levantara a las provincias Vascongadas el castigo que se les impuso por haber sido mayoritariamente carlistas en la pasada centuria. Tanto m¨¢s, cuanto que recientemente se ha iniciado una operaci¨®n que, mediante la instauraci¨®n de un ?r¨¦gimen administrativo especial? en Guip¨²zcoa y en Vizcaya, parece que aspira a desvirtuar las medidas vindicativas de 1937. Si, al cabo de casi cuarenta a?os, se piensa en las alturas del poder central que va siendo hora de acabar con esta situaci¨®n, ?qu¨¦ decir, entonces, de la que, afectando igualmente a Alava, dura desde hace cien a?os? Un siglo de represalias, ?ya est¨¢ bien! Sobre todo, si se tiene en cuenta que, por constituir una violaci¨®n unilateral del pacto foral, que nunca ha sido aceptado por Alava, ni por Guip¨²zcoa, ni por Vizcaya, la situaci¨®n resultante de la vigencia de la ley de 1876 carece de legitimidad hist¨®rica y no podr¨¢ jam¨¢s constituir la base sobre la cual se asienten unas relaciones estables y normales entre las Vascongadas y el poder central.
La hora de crisis y de reforma de las estructuras pol¨ªticas, que actualmente estamos viviendo, ser¨¢ un momento est¨¦ril de la historia espa?ola si no es tambi¨¦n la hora de la reconciliaci¨®n entre los ciudadanos. Y esta reconciliaci¨®n tiene que hacerse, entre otros terrenos, en torno a los problemas que ha suscitado el' desaforado centralismo practicado desde hace much¨ªsimos a?os.
Por lo que a Vasconia se refiere, es in¨²til querer disimular los grav¨ªsimos peligros que encierra el ambiente explosivo (llamemos a las cosas por su nombre) que en esta regi¨®n se respira, muy especialmente en Guip¨²zcoa. No es s¨®lo la actividad criminal de los terroristas: la de los de ETA (duramente reprimida, aunque con mediocres resultados) y la de los del pretendido antiterrorismo (impune hasta la fecha); es adem¨¢s, la desmoralizaci¨®n creciente de la opini¨®n p¨²blica en una sociedad donde la violencia ha echado ra¨ªces; la dificultad cada vez mayor del di¨¢logo en unos debates en los que las motivaciones irracionales y los apriorismos dogm¨¢ticos ganan cada d¨ªa nuevas posiciones, de modo que el enfrentamiento de las ideolog¨ªas degenera r¨¢pidamente en gresca de sectarismos.
En tales circunstancias, el reconocimiento expreso, en primer lugar, de la vigencia, en el marco del nuevo derecho p¨²blico espa?ol, de los pactos forales de la Corona con Navarra, con Alava, con Guip¨²zcoa y con Vizcaya; y en segundo lugar, de la necesidad de revisar y actualizar esos pactos con miras a su integraci¨®n en el orden constitucional del Reino -una vez aprobados, naturalmente, por cada una de las cuatro entidades interesadas-, podr¨¢ parecerles a algunos signo de debilidad y concesi¨®n desmesurada en aras del apaciguamiento; pero la verdad es que constituye el gesto pol¨ªtico m¨¢s h¨¢bil y m¨¢s certero -por atacar el mal en su ra¨ªz misma-, de cuantos podr¨ªan realizar quienes hoy asumen la responsabilidad de gobernar Espa?a. Una declaraci¨®n solemne en ese sentido, formulada desde la cumbre del Estado y seguida de medidas concretas que sean otras tantas pruebas de una voluntad pol¨ªtica determinada, tendr¨ªa efectos muy beneficiosos. Han sido la instauraci¨®n del centralismo a fines del siglo XIX, y su exacerbaci¨®n a lo largo del XX, las que -m¨¢s que ning¨²n otro acontecimiento-, han provocado, primero el brote del nacionalismo vasco, y m¨¢s tarde su sublevaci¨®n. No se trata de ceder ante esta ¨²ltima, sino de privarla de toda explicaci¨®n, de toda raz¨®n de ser, de todo pretexto, en lugar de seguir aliment¨¢ndola, como hasta ahora, con el agravamiento de la centralizaci¨®n y con una represi¨®n que, a falta de medidas pol¨ªticas, s¨®lo conduce a callejones sin salida.
??Algo grande muere hoy en Espa?a!? exclam¨® Castelar al concluir la sesi¨®n de Cortes en que se aprob¨® la ley, inh¨¢bil e injusta, que ahora cumple cien a?os. Y la verdad es que no s¨®lo Vasconia, sino Espa?a entera, ha cargado con la gravos¨ªsima herencia de tan desdichada medida. Bastantes estragos ha hecho ¨¦sta, en cien a?os de vigencia, para que sea ya urgente derogarla. Me atrevo por eso a reclamar -y estoy seguro de que cientos de miles de vascos est¨¢n dispuestos a suscribir mi reclamaci¨®n- que se haga sin tardanza, por quien debe hacerla, la declaraci¨®n solemne a que acabo de aludir: gesto de conciliaci¨®n a la vez que enmienda de un grave yerro, llamada a ser punto de partida de una tarea que -no nos hagamos ilusiones- no ser¨¢ f¨¢cil, ni sencilla, ni breve; pero que es, probablemente, la ¨²nica capaz de prepararle a Vasconia un futuro de justicia, de libertad y de paz ciudadana, cuyos beneficios se desparramar¨¢n, sin duda alguna, por todo el resto de Espa?a.
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