Las Asociaciones de Funcionarios, un grave error pol¨ªtico
El an¨¢lisis y valoraci¨®n del decreto del 16 de julio por el que se regula el ?derecho de asociaci¨®n profesional de los funcionarios civiles del Estado?, debe hacerse desde una ¨®ptica pol¨ªtica, estudiando su oportunidad en el tiempo, la filosof¨ªa pol¨ªtica que lo inspira, y las finalidades que pretende cumplir. Como dato previo debe quedar claro que el mencionado decreto, aprobado en el primer Consejo de Ministros presidido por Adolfo Su¨¢rez, y retocado antes de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) a la vista de las reacciones del sindicalismo funcionarial ilegal, fue elaborado por el Gobierno de Carlos Arias (etapa de Antonio Carro), congelado por el Gobierno Arias (etapa de Alfonso Osorio), y aprobado, con improvisaci¨®n y falta de visi¨®n pol¨ªtica, por el Gobierno Su¨¢rez, a instancias del vicepresidente se?or Osorio.La oportunidad pol¨ªtica de una norma legal viene dada por el momento en que nace y por la medida en que la misma satisface las aspiraciones del colectivo al que afecta, que en este caso son los Trabajadores de la Administraci¨®n P¨²blica (TAP), expresi¨®n del sindicalismo del sector p¨²blico espa?ol que engloba a todas las personas, que cualquiera que sea su v¨ªnculo (funcionarios de carrera, funcionarios de empleo, contratados laborales y contratados administrativos) trabajan para la Administraci¨®n Estatal, Local e Institucional.
Se niega la sindicaci¨®n
De acuerdo con ello debo se?alar en primer lugar que lo que el decreto concede no es la libertad sindical para los funcionarios y contratados de toda la Administraci¨®n P¨²blica, sino un raqu¨ªtico derecho de asociaci¨®n para parte (no para todos) de los funcionarios de la Administraci¨®n Estatal e Institucional, con exclusi¨®n adem¨¢s de la totalidad de los funcionarios de Ayuntamientos y Diputaciones, De ah¨ª que Espa?a, con Turqu¨ªa, Jordania, Etiop¨ªa, Liberia, Ecuador, Nicaragua y Per¨², forme la lista de Gobiernos que siguen negando a sus TAP la elemental libertad de sindicaci¨®n reconocida por la Declaraci¨®n Universal de Derechos del Hombre, por la OIT, por...
Lo hasta aqu¨ª se?alado habla bien claro de que no existe la m¨¢s m¨ªnima semejanza entre las aspiraciones sindicales de los TAP y la respuesta gubernamental. Resulta sorprendente que la exposici¨®n de motivos del decreto que comento, al hablar de la realidad actual de la funci¨®n p¨²blica, desconozca que la realidad del verano de 1976 no est¨¢ reflejada, ni a¨²n con los eufemismos propios del lenguaje oficial, en el texto legal, y que esa realidad es el resultado de un largo proceso de concienciaci¨®n y lucha sindical y pol¨ªtica de los TAP. Intentar recordar al Gobierno Su¨¢rez la historia de la movilizaci¨®n sindical de los TAP, para que con ello pueda hacerse cargo del grave error pol¨ªtico que acaba de cometer, excede con mucho de las posibilidades de espacio que un art¨ªculo de opini¨®n comporta. Dejo su an¨¢lisis para un libro que preparo sobre el tema, limit¨¢ndome a recordar aqu¨ª que en el escrito de los quinientos del 5 de febrero de 1975, en el documento de sindicaci¨®n en la funci¨®n p¨²blica aprobado el 11 de noviembre del mismo a?o por la Asociaci¨®n Espa?ola de Administraci¨®n P¨²blica, y en el escrito en que 3.000 funcionarios solicitaban amnist¨ªa en enero de 1976, se ped¨ªa una y otra vez la libertad sindical para los TAP.
Una herencia inaceptable
Tambi¨¦n ha olvidado el Gobierno Su¨¢rez que durante los ¨²ltimos a?os el sindicalismo ilegal se ha organizado en la Administraci¨®n P¨²blica, a la que la UGT y USO primero, y CCOO recientemente, han llegado con formas organizativas gestionadas por los propios TAP. En el mismo olvido ha tenido el actual Gobierno los trabajos que desde 1974 han llevado adelante la base y la Junta de de la Asociaci¨®n de Administraci¨®n P¨²blica, que con un planteamiento progresista en sus acciones ha culminado en la reciente apertura de dicha Asociaci¨®n a todos los TAP del Estado, constituy¨¦ndose as¨ª en el presindicato unitario del sector p¨²blico.
Pero a quien m¨¢s ha ignorado el Gobierno al precipitarse aprobando el decreto sobre asociaciones funcionariales, ha sido a los 750.000 TAP que prestan sus servicios en el Estado, los Avuntamientos y Diputaciones , los Organismos Aut¨®nomos y la Seguridad Social. Ser¨ªa inexacto por mi parte afirmar que todos los servidores p¨²blicos sue?an con la libertad sindical pues, como es sabido, hay sectores privilegiados de la funci¨®n p¨²blica, que dada su capacidad de presi¨®n, su vinculaci¨®n con el poder pol¨ªtico como cantera de extracci¨®n de ministros y dem¨¢s autoridades, y las remuneraciones de que gozan, nada necesitan, y, si algo les parece bien son las asociaciones por cuerpos de funcionarios que les vienen de perillas como medio para institucionalizar los instrumentos de presi¨®n de que gozan, en un momento en que el desarrollo de los partidos pol¨ªticos podr¨ªa cuestionar la subsistencia de sus privilegios.
Conciencia de clase
La mayor¨ªa de los servidores p¨²blicos, los que se consideran TAP, tienen conciencia de su proletarizaci¨®n, del progresivo deterioro de sus remuneraciones, de sus escasas posibilidades de promoci¨®n, y (y esto es realmente importante) de la necesidad de transformar la autoritaria Administraci¨®n P¨²blica que hoy tenemos en una Administraci¨®n al servicio de la comunidad. El instrumento adecuado para lograr esas y otras metas no es otro que el sindicalismo de los TAP, que se sigue negando a estos por un Gobierno que ni ha contado con los pronunciamientos de los funcionarios en los ¨²ltimos a?os, ni les ha solicitado su opini¨®n, que se habr¨ªa podido lograr por medio del reclamado Congreso de Trabajadores de la Administraci¨®n P¨²blica (CONTAP). Se me podr¨¢ objetar que mal pod¨ªa pedir la opini¨®n un Gobierno con escasos d¨ªas en el poder. Efectivamente, eso es cierto. Tan lo es, que revela el error del Gobierno al hacer suyo, como herencia, un texto antidemocr¨¢tico elaborado por los Gobiernos de Carlos Arias.
Dirigentes antid¨¦mocr¨¢ticos
El panorama real de la funci¨®n p¨²blica no est¨¢ por las asociaciones. Estas pudieron haber servido en los a?os sesenta. La f¨®rmula asociativa llega tarde porque los TAP, no han permanecido quietos, y llega muy tarde (casi con cincuenta a?os de retraso) respecto de las f¨®rmulas vigentes en la Europa Occidental con la que el actual Gobierno quiere homologarse. El Gobierno ha incurrido en el error de creer que con las asociaciones por cuerpos o por Ministerios satisface las aspiraciones de los TAP.
Por supuesto que incluso las asociaciones que el decreto autoriza son el resultado de los a?os de presi¨®n y lucha de los servidores p¨²blicos, de las que el Gobierno ha tomado nota de o¨ªdo (dando las asociaciones corporativistas), pero a las que no se ha sensibilizado (negando la libertad sindical). Ello habla bien claramente del alejamiento existente entre los TAP y los ¨®rganos responsables de la funci¨®n p¨²blica, que con notorio simplismo pol¨ªtico han cre¨ªdo que era oportuno que el Gobierno Su¨¢rez abriera su singladura con un decreto sobre asociaciones funcionariales, sin preocuparse de la opini¨®n de los destinatarios.
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