Garant¨ªas civiles a los derechos de los militares
Partiendo del principio de que el soldado alem¨¢n es un ciudadano de uniforme, ¨¦ste conserva en las Fuerzas Armadas todos sus derechos a su libertad, su seguridad jur¨ªdica y su conciencia, seg¨²n se me explica en el Ministerio de Defensa. Es m¨¢s, el ciudadano puede hacer valer su derecho a la libertad de creencia y de conciencia, para no ser obligado a servir con las armas en la guerra, seg¨²n proclama el art¨ªculo 4 de la Ley Fundamental de la Rep¨²blica Federal. La constituci¨®n alemana es la ¨²nica en el mundo que entroniza la objeci¨®n de conciencia. De acuerdo con el art¨ªculo 12, ?quien por razones de conciencia rehuse el servicio militar con las armas podr¨¢ ser obligado a prestar un servicio de sustituci¨®n. La duraci¨®n de dicho servicio no podr¨¢ ser superior a la del servicio militar?.Aunque el art¨ªculo 17 a)restringe los derechos de opini¨®n, reuni¨®n y petici¨®n colectiva en los casos de servicio militar y servicio de sustituci¨®n, por razones obvias, estos derechos son protegidos mediante una formalizaci¨®n recogida en leyes y reglamentos posteriores, como luego veremos.
La eliminaci¨®n de la jurisdicci¨®n militar queda especificada en el, art¨ªculo 96, cuando, reconociendo la existencia de tribunales disciplinarios militares, les da car¨¢cter federal, esto es, los coloca bajo la jurisdicci¨®n ordinaria. Los tribunales disciplinarios no podr¨¢n entender en casos criminales contra miembros de las Fuerzas Armadas, m¨¢s que en los casos de defensa (esto es, ataque a la Rep¨²blica Federal) o contra miembros de las FFAA en el extranjero o embarcados en nav¨ªos de guerra. Los jueces numerarios de estos tribunales estar¨¢n habilitados para el ejercicio de la judicatura, es decir, ser¨¢n jueces de carrera, civiles. El art¨ªculo 101 declara no l¨ªcitos los tribunales de excepci¨®n y afirma que nadie podr¨¢ ser sustra¨ªdo a su juez natural. Esto determina que una sanci¨®n disciplinaria, por ejemplo, un arresto, no puede tener validez sin el consentimiento de un juez. El arresto preventivo s¨®lo puede durar un d¨ªa, despu¨¦s del cual debe intervenir el juez. En casos de defensa, el arresto preventivo s¨®lo puede durar cuatro d¨ªas; igualmente s¨®lo puede intervenir el juez ordinario y no existe, de ning¨²n modo, la posibilidad de formar consejos de guerra.
Una ley de 1956 desarroll¨® los derechos y deberes de los militares, declarando espec¨ªficamente que el militar tiene los mismos derechos que los civiles. Estos derechos s¨®lo pueden restringirse legalmente, no disciplinariamente, lo que esto supone en la tradici¨®n militar alemana es revolucionario. Tradicionalmente, era el comandante en jefe de los ej¨¦rcitos (el kaiser, el presidente, el f¨¹hrer) el que decretaba los derechos y obligaciones de los hombres bajo las armas. Ahora es el Parlamentol el que asume esta misi¨®n, mediante la promulgaci¨®n de la ley.
Dentro de las unidades existe un poder disciplinario, ejercido por el jefe superior de la misma y no por mando militar superior a ¨¦ste, ni por el propio ministro de Defensa, que es el comandante de las FFAA. Se considera que es el jefe natural del subordinado el que puede valorar la aplicaci¨®n del procedimiento disciplinario; las mismas faltas pueden requerir distintas sanciones, de acuerdo con la estimaci¨®n que merezca el sujeto. Ahora bien, existe la v¨ªa del recurso del subordinado contra la sanci¨®n. El recurrente no puede ser sancionado por su recurso, y puede presentarlo a una Instancia. superior a la del jefe que le ha sancionado. Si la, queja es rechazada en primera -instancia, el asunto pasa al tribunal de servicio del Ej¨¦rcito, creado por -la ley para asuntos disciplinarios, no penales, y cuyo presidente es un magistrado civil; los otros miembros del tribunal son, miembros de las FFAA con la misma graduaci¨®n que el acusado.
Esta es la v¨ªa ordinaria para la protecci¨®n de los derechos del individuo dentro de los cuarteles y para el mantenimiento de la disciplina. Aqu¨¦llos tienen una protecci¨®n ulterior, ya que el hombre de uniforme puede dirigirse por derecho propio al que llamaremos omhudsman de. los ej¨¦rcitos, definido como ?encargado de la observancia de los principios de la inneref-¨¹hrung?, esto es, de los principios del liderazgo y de la educaci¨®n c¨ªvica en las relaciones de mando y obediencia. Este ombudsman o encargado es un ciudadano de reconocido prestigio, designado por el Parlamento, que no necesita ser parlamentario. El actual es el doctor Berkhan, que fue diputado y subsecretario parlamentario en el Ministerio de Defensa. Anteriormente hubo otros encargados que no hab¨ªan sido ni parlamentarios ni hab¨ªan tenido experiencia militar espec¨ªfica. El encargado opera con un equipo de asesores para comprobar el estado de disciplina y de libertad dentro de las FFAA, y debe presentar un informe completo al Parlamento, que lo debate en la comisi¨®n de Defensa y en el pleno. Igualmente, el interesado en un caso disciplinario puede dirigirse al diputado de su distrito.
Existe, sin embargo, una ley penal militar, que se refiere a hechos delictivos relacionados con el servicio de armas, como deserci¨®n, automutilaci¨®n, ataques contra los superiores, etc¨¦tera, pero encomienda la sustanciaci¨®n de estos casos a la jurisdicci¨®n civil ordinaria.
Una ley muy reciente introduce en el seno de las FFAA el principio de la representatividad corporativa, de naturaleza, sindical. La ley sobre el portavoz, de 25 de abril de 1975, refuerza a¨²n m¨¢s las garant¨ªas al soldado en casos disciplinarios, porque el superior debe escuchar al portavoz o persona de confianza elegida por la unidad a que pertenece el inculpado, antes de imponerle la sanci¨®n; la persona de confianza hace constar por escrito su parecer y este testimonio puede ser usado por el inculpado para su recurso. Evidentemente, este es un sistema por el cual el inferior no s¨®lo es responsable ante sus superiores, sino tambi¨¦n ¨¦stos lo son ante aqu¨¦llos.
Los poderes del portavoz o persona de confianza se han ampliado a la actividad social y educativa; tiene facultades para emitir parecer y presentar informes sobre las condiciones de vida, comidas, actividades y educaci¨®n, y debe ser escuchado cada tres meses, por lo menos, por el jefe de la unidad. Estos personajes elegidos existen ya en las unidades que se forman al principio del entrenamiento, y se est¨¢ estudiando su creaci¨®n al nivel del pelot¨®n.
?Todas estas leyes y disposiciones se fundan en el muy l¨®gico principio de que el militar debe defender los derechos del pueblo alem¨¢n?, seg¨²n me explic¨® en Bonn un portavoz oficial del Ministerio de Defensa, quien a?adi¨®: ?El legislador ha llegado a la conclusi¨®n de que un soldado que no disfruta de los derechos del ciudadano no est¨¢ en condiciones de defenderlos.?
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