La viuda de Mart¨ªnez reclama pensiones para ella y su hijo
En la Magistratura de Trabajo n¨²mero 9, de Madrid, se celebr¨® ayer la vista de la demanda interpuesta por Josefa M¨¢rquez, viuda de Miguel Mart¨ªnez, en nombre de ella y en el de su hijo, contra el Atl¨¦tico de Madrid el Real Betis, el Fondo de Garant¨ªa de Accidentes de Trabajo, el Servicio de Reaseguros de Accidentes de Trabajo, la Mutualidad Nacional de Futbolistas, el F¨¦nix Mutuo —aseguradora patronal del Atl¨¦tico de Madrid—, y la Mutualidad de Actividades Diversas. La demandante solicit¨® que la Magistratura declare que su marido falleci¨® por accidente laboral y que condene a los demandados al pago de las correspondientes pensiones de viudedad y orfandad m¨¢s las indemnizaciones se?aladas por la ley para los mismos. El pleito qued¨® visto para sentencia.
En la Magistratura de Trabajo n¨²mero 9, de las de Madrid, se celebr¨® ayer la vista de la demanda interpuesta por Josefa M¨¢rquez, viuda del fallecido jugador del Betis y Atl¨¦tico de Madrid, Miguel Mart¨ªnez, contra estos dos clubs y una serie de entidades que se consider¨® deb¨ªan estar representadas en ellas por diversas razones.
El Fondo de Garant¨ªas de Accidentes de Trabajo por tomar parte siempre en los asuntos laborales al hacerse cargo de una posible insolvencia del patrono. El Servicio de Reaseguros de Accidentes de Trabajo, por tratarse de un organismo aut¨®nomo del Estado, dada la necesidad de que todos los accidentes laborales est¨¦n reasegurados en un diez por ciento como m¨ªnimo. El F¨¦nix Mutuo, como entidad patronal del Atl¨¦tico de Madrid. La Mutualidad Nacional de Futbolistas, ' al ser requerida por el club Real Betis. Y la Mutualidad de Actividades Diversas al ser el organismo al que pertenecer¨ªan los deportistas si estuvieran asegurados y cuya presencia —como en el caso del F¨¦nix Mutuo—, solicit¨® el representante de la demandante.
Accidente laboral
La demandante solicit¨® de la Magistratura que se causa del fallecimiento de su marido accidente laboral y que condene a los demandados al pago de las pensiones correspondientes de viudedad y orfandad m¨¢s las indemnizaciones se?aladas por la ley para los mismos, es decir, seis mensualidades.
La viuda de Mart¨ªnez, en su ale gato, record¨® los dos accidentes que ¨¦ste sufri¨® cuando era jugador del Betis. En un encuentro contra el Barcelona —septiembre de 1962—, fue v¨ªctima de un golpe en la cabeza que le supuso un desvanecimiento durante el descanso del partido. Frente al Pontevedra —en septiembre de 1963—, el jugador tuvo una conmoci¨®n cerebral.
En una gira que Mart¨ªnez hizo con el Atl¨¦tico de Madrid —club por el que fich¨® en 1964—, por Latinoam¨¦rica, sufri¨® el accidente que le postr¨® en cama durante ocho a?os. En un hotel de Montevideo, donde se alojaba la plantilla rojiblanca el 11 de julio de 1964, Miguel Mart¨ªnez tuvo un ataque de mesoencefalitis seguido de total y absoluta inconsciencia, a consecuencia del cual cay¨® en estado de coma y ya no se recuper¨®.
La demandante relat¨® en Magistratura que el Atl¨¦tico se ocup¨® de trasladar a Mart¨ªnez desde Montevideo hasta la cl¨ªnica de la Concepci¨®n, de Madrid, y que el club corri¨® con todos los gastos del jugador hasta 1967, fecha en que ella se hizo cargo de los mismos. Record¨® tambi¨¦n que en septiembre de 1968, la Delegaci¨®n Nacional de Educaci¨®n F¨ªsica y Deportes asumi¨® la hospitalizaci¨®n de su marido hasta el 28 de septiembre de 1972, fecha de su muerte.
Consider¨® el representante de la viuda de Mart¨ªnez, Eduardo Ajuria, que la relaci¨®n que liga al jugador profesional de f¨²tbol con su club tiene car¨¢cter de contrato de trabajo, lo que apoy¨® en diversas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Central de Trabajo. Aleg¨®, a continuaci¨®n, que la muerte de Miguel Mart¨ªnez fue consecuencia de un accidente laboral y solicit¨® de Magistratura que as¨ª lo declarase.
Una enfermedad causa de la muerte
Finalizado el alegato de la parte demandante, hizo uso de su turno de palabra el representante del Atl¨¦tico de Madrid, Arturo Manrique, para referirse a la prescripci¨®n de la acci¨®n por la fecha del supuesto accidente, del cual neg¨® su existencia al tiempo que mantuvo la idea de que la muerte fue fruto de una enfermedad. A?adi¨® a continuaci¨®n que el Atl¨¦tico de Madrid hab¨ªa mantenido un comportamiento intachable con el jugador, su esposa y su hijo al hacerse cargo de su traslado desde Monte video y hospitalizaci¨®n en Madrid, hasta 1967. Record¨®, para finalizar, que el club le hab¨ªa ofrecido un homenaje con un resultado superior a los cuatro millones de pesetas de recaudaci¨®n y que en total la entidad hab¨ªa gastado cinco millones de pesetas con el futbolista.
Los abogados de la Mutualidad de Futbolistas, del F¨¦nix Mutuo, del Real Betis y de la Mutualidad de Actividades Diversas, invocaron prescripci¨®n en la acci¨®n y falta de personalidad para ser demandados. Por ¨²ltimo, Hern¨¢ndez Aguilar, abogado del Instituto Nacional de Previsi¨®n, en representaci¨®n del Fondo de Garant¨ªa y del Servicio de Reaseguros del Accidente, mantuvo que a¨²n no est¨¢ legislada la seguridad social para los futbolistas por lo que la entidad que ¨¦l representaba no puede tener responsabilidad alguna en el caso.
Resultados de la autopsia
Eduardo Ajuna, abogado de la viuda de Mart¨ªnez, bas¨® sus peticiones en que la muerte del jugador se debi¨® a un accidente laboral. Para ello apunt¨® que se puede considerar como tal la enfermedad que se agrava por el trabajo, por lo que se habr¨¢ de determinar si la muerte fue consecuencia del ejercicio continuado de su profesi¨®n: futbolista.
Ante esta posici¨®n, el magistrado pidi¨® que se le enviara la autopsia practicada en la cl¨ªnica de la Concepci¨®n para saber exactamente las causas del fallecimiento del jugador, al que le atendi¨® el doctor Sixto Obrador y que en cierta ocasi¨®n manifest¨® que Miguel Mart¨ªnez observaba un riego sangu¨ªneo cerebral escaso para la actividad que desarrollaba.
La vista, que se debi¨® celebrar el pasado mes de julio y fue aplazada al solicitar la parte demandante la presencia del F¨¦nix Mutuo y la Mutualidad de Actividades Diversas, y al pedir al Real Betis que tambi¨¦n compareciera la Mutualidad Nacional de Futbolistas, qued¨® vista para sentencia.
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