Extremadura quiere reunir los centros universitarios de C¨¢ceres y Badajoz
El presidente de la comisi¨®n gestora de la Universidad de Extremadura, se?or Civit Breu, ha dedicado gran parte de sus discursos de apertura de curso acad¨¦mico 1976-77 al problema que significa para esta regi¨®n dos campus universitarios bien definidos a noventa kil¨®metros de distancia en una misma Universidad, con prohibiciones de crear en C¨¢ceres y Badajoz aquellos centros universitarios m¨¢s id¨®neos a las caracter¨ªsticas docentes de cada provincia. Tambi¨¦n ha mencionado en su discurso la posibilidad de crear dos universidades, la de C¨¢ceres y la de Badajoz, que deber¨ªan ser exactamente iguales a las dem¨¢s del pa¨ªs.?Ser¨ªa contrario al estilo universitario -dice el se?or Civit- faltar a la verdad y deciros que la Universidad de Extremadura constituye un bloque homog¨¦neo, con aspiraciones bien definidas un¨¢nimemente aceptadas por aquellos que la integramos. El para m¨ª triste decreto que desarrolla la ley del IV Plan de Desarrollo, que crea la Universidad de Extremadura, tiene facetas bien definidas:
1.? Divide nuestra Universidad en dos campus universitarios, sin dejar campo a la autonom¨ªa universitaria, aspiraci¨®n un¨¢nime de todas las universidades; fijar la distribuci¨®n de sus centros acad¨¦micos y organismos rectores, que quedan as¨ª sujetos, o mejor ser¨ªa decir a la deriva, de presiones e intereses extrauniversitarios.
2.? Bajo la apariencia de un decreto de creaci¨®n, de hecho se convierte en un decreto de prohibici¨®n, pues nos encontramos en el paso parad¨®jico de ser las dos capitales de provincia de nuestro distrito las ¨²nicas que tienen prohibidos ciertos centros universitarios a nivel de facultades. As¨ª, C¨¢ceres no puede tener una Facultad de Ciencias, en tanto que Badajoz est¨¢ en la misma circunstancia respecto a la de Filosof¨ªa y Letras, y aqu¨ª s¨ª que el argumento de proximidad o de regionalidad no tiene el m¨¢s peque?o valor. El tri¨¢ngulo M¨¢laga-Granada-C¨¢diz, los binomios Santander-Bilbao o C¨®rdoba-Sevilla son ejemplos t¨ªpicos de universidades completas o que no tienen limitaci¨®n legal alguna para llegar a serlo y que ponen m¨¢s de manifiesto las limitaciones legales que desgraciadamente pesan sobre nosotros.?
Despu¨¦s de felicitar a C¨¢diz por sus ¨¦xitos universitarios en favor de una Universidad, se refiri¨® el presidente de la comisi¨®n gestora de la Universidad de Extremadura al trauma que supone el decreto ministerial que divide ¨¦sta: ?El decreto pone a nuestra Universidad en unas condiciones de singularidad de las que, hasta la fecha, ninguna ventaja se ha derivado, por lo que creemos llegado ya el momento de estudiar seriamente si a la Universidad de Extremadura le conviene seguir en esta situaci¨®n de excepcionalidad o si le conviene tomar soluciones que la conviertan en una o dos universidades, que podr¨ªan distinguirse de las dem¨¢s en circunstancias de tipo acad¨¦mico, pero que en lo legal ser¨ªan o deber¨ªan ser exactamente iguales a las universidades del resto del pa¨ªs.?
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