Libertad de tipos de inter¨¦s para operaciones a m¨¢s de dieciocho meses
La libertad de tipos de inter¨¦s para plazos superiores a los dieciocho meses para operaciones pasivas o activas de la banca ser¨¢ una de las disposiciones que adoptar¨¢ el Ministerio de Hacienda en virtud de las facultades conferidas al mismo por el art¨ªculo 25 del decreto-ley de medidas econ¨®micas aprobadas el pasado d¨ªa 8, seg¨²n se desprende de unas declaraciones hechas a la agencia Logos por el director general de pol¨ªtica financiera, Ignacio Satr¨²stegui.La libertad de tipos de inter¨¦s a m¨¢s de dos a?os la estableci¨® el ministro Barrera en agosto de 1974. No obstante la banca ha alineado su oferta de intereses en las operaciones pasivas a id¨¦ntico tipo, por iniciativa de la gran banca, con pocas excepciones en algunos bancos medianos.
Directivos de Cajas de Ahorro se?alaron a la misma agencia que la medida les perjudica ya que una, mayor remuneraci¨®n al ahorro supone una menor rentabilidad a la vista de porcentaje de inversiones obligatorias que tienen establecido.
En medios financieros se ha se?alado a EL PA?S que la libertad de tipos a m¨¢s de dieciocho meses encarecer¨¢ m¨¢s las operaciones activas de la banca que las pasivas, ya que es m¨¢s habitual el conceder cr¨¦ditos a ese plazo que efectuar dep¨®sitos. Una vez que entre en vigor la disposici¨®n habr¨¢ que ver el efecto que tiene sobre la evoluci¨®n de los pasivos bancarios y sobre el aumento del coste del cr¨¦dito para empresas y particulares.
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