Los Principios del Movimiento, afectados por la reforma
La reforma constitucional puede alcanzar a la propia ley de Principios del Movimiento Nacional, manifiesta la ponencia en su informe sobre el proyecto de ley de reforma, al contestar a uno de los tres enmendantes a la totalidad, Blas Pi?ar. Asimismo, sobre el tema pol¨¦mico de los criterios electorales, la ponencia mantiene que el sistema proporcional es el m¨¢s apropiado, dadas las funciones a acometer por las pr¨®ximas Cortes, para lograr una representaci¨®n lo m¨¢s exacta posible de las actitudes del cuerpo electoral.
El informe, firmado por los ponentes Mar¨ªa Bel¨¦n Land¨¢buru, Lorenzo Olarte, Miguel Primo de Rivera, Fernando Su¨¢rez y Noel Zapico, rechaza las tres enmiendas a la totalidad presentadas, as¨ª como contesta a los ochenta escritos restantes. Defiende el criterio gubernamental del proyecto de ley, as¨ª como justifica las escasas modificaciones introducidas.La ponencia no ha querido entrar a discutir las diversas apreciaciones formuladas en tomo a la tramitaci¨®n de la reforma por el procedimiento de urgencia y ha dado traslado de ellas al, presidente de las Cortes. As¨ª se lo comunica a los autores de tales juicios, se?ores D¨ªaz-Llanos, Zamanillo, Rivas, Fugardo, Hern¨¢ndez Navarro, Mart¨ªnez Esteruelas y Serrats (Salvador).
Por otra parte, en lo que se refiere al pre¨¢mbulo del proyecto de ley -suprimido por el propio Gobierno, tras las cr¨ªticas de que fue objeto en el Consejo Nacional-, la ponencia estima que no es su misi¨®n abordar este tema, ?que no entra en la tradici¨®n de estas Cortes para los supuestos de proyectos que hayan sido remitidos sin ¨¦l?.
Rechazada la devoluci¨®n del proyecto de ley
La ponencia contesta en primer lugar a las tres enmiendas a la totalidad formuladas por los se?ores Escudero Rueda, Pi?ar L¨®pez y Fern¨¢ndez de la Vega, y propone que sean rechazadas.
Al se?or Escudero le contesta, en s¨ªntesis, que el programa de medidas pol¨ªticas previas que propugna, como paso previo a la roforma pol¨ªtica, escapan al tema del contenido del proyecto de ley, aunque se muestra convencida de la inaplazable urgencia de la aprobaci¨®n de la ley de reforma pol¨ªtica. (El se?or Escudero dec¨ªa que el sistema bicameral podr¨ªa no ser querido por el pueblo; que la configuraci¨®n pol¨ªtica del ente regional deber¨ªa ser previa a la alusi¨®n a las entidades territoriales que hace el proyecto, y que constituye una laguna la no desaparici¨®n del Consejo del Reino.)
Al se?or Pi?ar contesta la Ponencia, en esencia, que la posibilidad de modificaci¨®n constitucional alcanza a la propia ley de Principios del Movimiento Nacional.
Blas Pi?ar ped¨ªa la devoluci¨®n al Gobierno del proyecto de ley ?por estar en contradicci¨®n con la Ley de Principios del Movimiento Nacional?, por su propia naturaleza permanentes e inalterables y a cuya estricta observancia est¨¢n obligadas las Cortes y los procuradores, en virtud del juramento. Aduc¨ªa tambi¨¦n el precepto constitucional seg¨²n el cual ser¨¢n nulas las leyes y disposiciones de cualquier rango que vulneren o menoscaben los Principios.
En su respuesta, la ponencia dice al se?or Pi?ar que la Constituci¨®n espa?ola no es de las llamadas p¨¦treas, sino que prev¨¦ la posibilidad de modificaci¨®n y reforma que alcanza a la propia ley de Principios. Razona la ponencia que la inalterabilidad de los Principios, por su propia naturaleza, se refiere a su naturaleza constitucional, ya que ser¨ªa absurdo pensar que la ley pueda pronunciarse sobre problemas de naturaleza ontol¨®gica o f¨ªsica; asimismo, puesto que la propia ley de Principios afirma que constituyen la s¨ªntesis de los que informan las Leyes Fundamentales, al estar prevista la modificaci¨®n de ¨¦stas, tambi¨¦n lo est¨¢ la de aqu¨¦llos.
Por ¨²ltimo, considera la ponencia que ser¨ªa absurdo que la sociedad espa?ola, a pesar de los cambios producidos, tenga que ajustarse al traje jur¨ªdico que constituyen las Leyes Fundamentales promulgadas en un determinado momento, por los siglos de los siglos.
Al se?or Fern¨¢ndez de la Vega -que ped¨ªa la devoluci¨®n al Gobierno del proyecto de ley por haberse elegido el camino de ?la ruptura frontal y absoluta? con el R¨¦gimen del 18 de julio- la ponencia se limita a contestarle que debe ser el pueblo espa?ol quien, a trav¨¦s de la oportuna consulta, manifieste sus preferencias. (El procurador citado se quejaba de la eliminaci¨®n de los cauces org¨¢nicos de la familia, el municipio y el sindicato por la democracia liberal, as¨ª como de la desaparici¨®n del Consejo Nacional y del propio Movimiento.)
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