Las retribuciones de profesores y su repercusi¨®n en las cuotas de los centros
El fantasma de los cierres masivos de los centros privados de ense?anza no universitaria, que se enfrentan hace tiempo a una grave crisis de ra¨ªces fundamentalmente econ¨®micas, ha vuelto a resurgir con motivo de la reciente publicaci¨®n del convenio colectivo interprovincial de la ense?anza no estatal.Se trata de un problema semejante al planteado en los centros del Estado, que analiz¨® ampliamente el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia (MEC) con ocasi¨®n de la pasada huelga de su profesorado de Educaci¨®n General B¨¢sica (EGB). Las reivindicaciones de participaci¨®n, pedag¨®gicas, de calidad de la ense?anza, etc., aun siendo sinceras, no son sino tel¨®n de fondo del tema econ¨®mico, que se presenta hoy como protagonista en todas las modalidades de la ense?anza.
En los centros privados no universitarios, concretamente, la crisis se centra en los siguientes aspectos b¨¢sicos.:
1) Las retribuciones del profesorado y su repercusi¨®n en.las cuotas de los centros.
2) La posibilidad estatal de afrontar seriamente el compromiso dela gratuidad de la ense?anza (afecta s¨®lo al nivel EGB).
3) La posibilidad estatal de percibir en sus centros, como la Ley impone en los niveles educativos no gratuitos, unas tasas relacionadas con el coste real por puesto escolar.
Si en cualquier empresa son cap¨ªtulo fundamental las retribuciones del personal, mucho m¨¢s en la empresa educativa, donde no existe la mecanizaci¨®n, donde todo el trabajo ha de desarrollarse a base de dedicaci¨®n de personas, y donde no tienen cabida los conceptos habituales de incremento de la productividad, si no es en sentido cualitativo.
Est¨¢ comprobado en la pr¨¢ctica que al menos un 75 % de los ingresos de un centro docente privado se dedican a gastos de nomina. en forma de sueldos directos, pagos a la Seguridad Social e impuestos sobre el rendimiento del trabajo personal.
De ello puede colegirse que cualquier variaci¨®n en las retribuciones deba repercutir casi ¨ªntegramente en las cuotas.
Sin embargo, desde el curso 1970/71 en que el MEC empez¨® a aplicar un r¨ªgido control de precios, la ense?anza privada, la realidad ha estado muy lejos de esa necesaria repercusi¨®n. Un cuidadoso estudio de Jos¨¦ Corral ha demostrado que, en los cinco cursos transcurridos desde entonces hasta 1975/76, el ¨ªndice promedio de aumento de costes de personal ha sido del 174 %, mientras los incrementos autorizados en las cuotas s¨®lo llegaban al 48%.
Consecuencias inmediatas han sido: la paralizaci¨®n casi absoluta de nuevas iniciativas privadas en los niveles de EGB y Bachillerato; el cierre de centros, en n¨²mero que supera los trescientos: una grav¨ªsima descapitalizaci¨®n de los centros que subsisten: una forzada y dr¨¢stica reducci¨®n en ¨¦stos de los gastos de funcionamiento no afectos a personal y por consiguiente un notable deterioro en el nivel de calidad de la ense?anza ofrecida a los alumnos.
Por lo que respecta a la cuant¨ªa objetiva de las retribuciones del profesorado el siguiente cuadro ofrece el desarrollo desde el curso 1973/74 hasta el 1977/78 (estimado), de los sueldos brutos anuales m¨ªnimos aplicables a las dos categor¨ªas mas representativas: profesor titular de EGB y profesor titular de Bachillerato (BUP). En ambos casos se supone la antig¨¹edad promedia de tres trienios que el mismo MEC utiliza en sus c¨¢lculos:
Conclusiones
Del estudio de los datos anteriores se concluye:a) Los niveles actuales de retribuci¨®n absoluta del profesorado son semejantes a los de much¨ªsimas otras profesiones del pa¨ªs.
b) Debe subrayarse que los niveles de sueldo en el pasado eran muy bajos; pero la velocidad de crecimiento de la retribuci¨®n del profesorado de EGB en los cinco a?os estudiados posiblemente no tenga parang¨®n en ning¨²n otro sector laboral espa?ol.
c) Es cuestionable que los sueldos del profesorado puedan, en el futuro. alejarse de crecimientos similares al ¨ªndice del coste de la vida.
d) El n¨²mero de horas exigibles est¨¢ entre el 50 % y el 60 % de lo que es normal en otros sectores. Si resulta cierto que se precisa un elevado n¨²mero de horas no lectivas para corregir, preparar clases, etc¨¦tera, deber¨ªan ser espec¨ªficamente incorporadas al horario laboral. Igual habr¨ªa de suceder con las vacaciones.
e) El gran aumento de sueldos producido por el reciente convenio habr¨¢ de reflejarse en las cuotas con notables alzas, a menos que el MEC pueda atender con m¨¢s y mejores subvenciones a los centros. De esto nos ocuparemos en el pr¨®ximo art¨ªculo.
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