Aprobados los estatutos de mancomunidades de diputaciones
Los estatutos de la mancomunidad general de diputaciones provinciales del r¨¦gimen com¨²n han sido aprobados por real decreto del Ministerio de la Gobernaci¨®n hecho p¨²blico ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Los estatutos aprobados definen la mancomunidad general de diputaciones de r¨¦gimen com¨²n como una entidad local, dotada de personalidad jur¨ªdica y patrimonio propios, que tiene como finalidad el adecuado planteamiento, coordinaci¨®n y gesti¨®n, en su caso, de obras, servicios y actividades del com¨²n inter¨¦s de las provincias en ellas integradas.
Pertenecen a la mancomunidad general de diputaciones de r¨¦gimen com¨²n todas las diputaciones provinciales que actualmente la forman y podr¨¢n incorporarse a ella las diputaciones de provincial con r¨¦gimen especial que voluntariamente lo acuerden, as¨ª como otras mancomunidades supranacionales, previa aceptaci¨®n por el pleno de la mancomunidad general.
En cuanto a los ¨®rganos de gobierno la mancomunidad general estar¨¢ egida por el pleno integrado por un vocal, representantes de cada una de las diputaciones mancomunadas, elegido por ellas entre sus miembros. El pleno, a su vez, elegir¨¢ de entre sus miembros un presidente, un vicepresidente y cuatro vocales, cuyo mandato durar¨¢ seis a?os, que constituir¨¢n la comisi¨®n de gobierno. Las funciones del pleno y de la comisi¨®n de gobierno ser¨¢n las que se?ale la legislaci¨®n de r¨¦gimen local para las diputaciones provinciales.
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