Los trabajadores disponen de cuatro horas para votar
De cuatro horas corno m¨¢ximo podr¨¢n disponer los trabajadores que tengan condici¨®n de electores para cumplir con su deber electoral, seg¨²n dispuso una orden del Ministerio del Trabajo de 30 de mayo de 1977, publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de 4 de junio actual.Estas horas deber¨¢n ser retribuidas por las empresas, de conformidad con lo establecido en el art¨ªculo 25,3 de la ley de Relaciones Laborales, de 8 de abril de 1976, en el que se establece que el trabajador podr¨¢ ausentarse del trabajo con derecho a remuneraci¨®n, entre otros motivos, ?por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de car¨¢cter p¨²blico y personal?. Los empresarios, por su parte, podr¨¢n exigir a dichos trabajadores la exhibici¨®n del justificante expedido por la correspondiente mesa electoral. La orden ministerial atribuye a los delegados provinciales de Trabajo la adopci¨®n de las disposiciones convenientes respecto a dicho horario. La orden ministerial reconoce el derecho fundamental del trabajador a ejercer su deber electoral dentro del horario laboral, cualesquiera que sean las circunstancias de este ¨²ltimo, bien en jornada partida o continuada.Por otra parte, Ia misma orden ministerial establece que se conceder¨¢ el correspondiente permiso a los trabajadores que acrediten su condici¨®n de miembros de mesas electorales o de interventores, cuya jornada completa ser¨¢ retribuida por las empresas, una vez justificada su actuaci¨®n como tales.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.