Los contratados municipales podr¨¢n participar en oposiciones restringidas
Todo el personal que, con car¨¢cter de eventual o contratado, presta servicios laborales en las corporaciones locales -ayuntamientos y diputaciones- podr¨¢ participar en unas oposiciones restringidas para cuya convocatoria han quedado autorizadas las corporaciones, de acuerdo con un real decreto que ayer publicaba el Bolet¨ªn Oficial del Estado.En este real decreto se especifica, en su art¨ªculo segundo, p¨¢rrafo primero, que ?podr¨¢n tomar parte en las convocatorias y pruebas selectivas restringidas quienes hayan ingresado, con los caracteres dichos -interinos, temporeros, eventuales o contratados- para prestar las funciones atribuidas a los subgrupos ( ... ) con anterioridad al d¨ªa primero de junio actual?. De esta forma, se resuelve el problema planteado, sobre todo en el Ayuntamiento de Madrid, acerca de qui¨¦nes deb¨ªan poder tomar parte en tales pruebas selectivas, en orden a la antig¨¹edad en ocupar tales cargos de contratados. La mayor disputa surgi¨® acerca de que si tal antig¨¹edad deb¨ªa ser de dos o de tres a?os.
Las corporaciones locales que est¨¦n interesadas en la convocatoria de tales oposiciones restringidas habr¨¢n de hacerlo, tambi¨¦n seg¨²n el real decreto, antes del d¨ªa 31 de diciembre de este a?o. En el caso de que quienes se presenten a estas pruebas no consigan superarlas, podr¨¢n continuar prestando servicio en los mismos puestos que hasta ahora ocupaban, hasta que sea definitivamente articulada la ley de Bases de Administraci¨®n Local, funci¨®n que habr¨¢n de acometer las nuevas Cortes.
Como consecuencia de la publicaci¨®n de esta autorizaci¨®n, los ayuntamientos no podr¨¢n, a partir de ayer, proceder a la contrataci¨®n de nuevo personal, salvo en casos espec¨ªficos que habr¨¢n de ser autorizados independientemente por el Ministerio de la Gobernaci¨®n.
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