Seis nuevos ministerios, entre ellos, Defensa y Econom¨ªa
En diecis¨¦is departamentos ministeriales se organiza la Administraci¨®n Central del Estado, seg¨²n el real decreto que public¨® ayer el Bolet¨ªn Oficial del Estado ?en uso de la autorizaci¨®n concedida? por el art¨ªculo veintis¨¦is del real decreto-ley de 8 de octubre de 1976, sobre medidas econ¨®micas. De los diecis¨¦is ministerios, seis son de nueva creaci¨®n: Defensa, Obras P¨²blicas y Urbanismo, Econom¨ªa, Transportes y Comunicaciones, Sanidad y Seguridad Social, y Cultura y Bienestar. El decreto no alude a las dos nuevas vicepresidencias, objeto de otra disposici¨®n, en la que, por cierto, no se asignan atribuciones al vicepresidente tercero.
En la exposici¨®n de motivos de la disposici¨®n citada se justifica la reforma administrativa en los cambios pol¨ªticos vividos por la sociedad espa?ola y en una mayor eficacia y coordinaci¨®n administrativa, pero considera que ¨¦sta primera medida -que no afecta a la Administraci¨®n perif¨¦rica e institucional- "Iimita su alcance" a una reestructuraci¨®n consistente en los retoques imprescindibles de las competencias globales de los departamentos ministeriales. Alude a una segunda fase en que los Ministerios propongan su reordenaci¨®n interna y la dependencia definitiva de los servicios.El pre¨¢mbulo del decreto establece la posibilidad de que, en su d¨ªa ?se planteen ante los ¨®rganos representativos de la naci¨®n las l¨ªneas de una aut¨¦ntica reforma administrativa, que el presente real decreto no contempla?.
Otras consideraciones del legislador se refieren a la repercusi¨®n de la nueva organizaci¨®n de la Administraci¨®n Central en el gasto p¨²blico, ?para que en ning¨²n caso ¨¦ste resulte aumentado, sino, antes bien, reducido en la medida de lo posible y de acuerdo con el decreto-ley 18/1976, de 8 de octubre, que le sirve de fundamento?.
Por lo que respecta a la creaci¨®n del Ministerio de Defensa, se?ala que ?viene exigida por la necesidad de modernizaci¨®n de las Fuerzas Armadas y unificaci¨®n de la pol¨ªtica de defensa nacional. La creaci¨®n del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social se justifica en la creciente atenci¨®n administrativa hacia sectores sociales.
La creaci¨®n del Ministerio de Econom¨ªa se explica por la necesidad de agrupar una serie de cmpetencias dispersas en materia de planificaci¨®n y ordenaci¨®n econ¨®mica. La creaci¨®n del Departamento de Cultura y Bienestar ,pretende, por su parte, dar a la pol¨ªtica cultural y social el instrumento adecuado para su futura expansi¨®n. Por ¨²ltimo, la aparici¨®n de un Ministerio de Transportes y Comunicaciones ?responde -dice el pre¨¢mbulo citado- a una necesidad de coordinar con mayor racionalidad la acci¨®n sobre sectores antes dispersos?.
Seis nuevos Departamentos
En la parte dispositiva del real, decreto se asignan las competencias de cada uno de los seis nuevos Departamentos, as¨ª como el traslado de ¨®rganos de unos Ministerios a otros y la supresi¨®n de algunos.El Ministerio de Defensa se configura como ¨®rgano de ?ordenaci¨®n y coordinaci¨®n de la pol¨ªtica general del Gobierno en cuanto se refiere a la defensa nacional, as¨ª como de la ejecuci¨®n de la pol¨ªtica militar correspondiente ?.
El Ministerio de Obras P¨²blicas y Urbanismo integra todos los ¨®rganos del antiguo Departamento de Obras P¨²blicas no transferidos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; los ¨®rganos y entidades dependientes del Ministerio de la Vivienda -que se suprime-, y la Direcci¨®n General de Acci¨®n Territorial y Medio Ambiente, dependiente hasta ahora del Ministerio de la Presidencia.
La misi¨®n fundamental asignada al nuevo Ministerio de Econom¨ªa es la de ?establecer las l¨ªneas directrices de la pol¨ªtica econ¨®mica general, la programaci¨®n a corto y medio plazo, y el estudio y propuesta de las medidas que haga aconsejables la buena marcha de la econom¨ªa nacional?. Entre otros ¨®rganos afectos al nuevo Departamento, se le adscribe el Consejo de Econom¨ªa Nacional.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones integrar¨¢ ¨®rganos procedentes de Gobernaci¨®n, Obras P¨²blicas, Marina y Aire que guardan relaci¨®n con los cometidos que se le asignan.
Asimismo, Sanidad y Seguridad Social se configura como un nuevo Departamento que agrupar¨¢ ¨®rganos procedentes de Gobernaci¨®n y Trabajo, entre otros. En este punto, el real decreto establece la creaci¨®n de una comisi¨®n mixta de los Ministerios de Trabajo y de Sanidad y Seguridad Social ?que propondr¨¢ al Gobierno el definitivo reparto de atribuciones y competencias en materia de seguridad social entre ambos Departamentos?.
El ¨²ltimo de los Ministerios de nueva creaci¨®n, el de Cultura y Bienestar, integrar¨¢ ?todas las unidades del actual Ministerio de Informaci¨®n y Turismo?, excepto las de Turismo; la Subsecretar¨ªa de Familia Juventud y Deporte, dependiente del Ministerio de la Presidencia; la direcci¨®n general del Patrimonio Art¨ªstico y Cultural, del Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia, y los ¨®rganos y entidades adscritos o vinculados a los centros directivos y organismos que se traspasan.
Entre lo establecido en las disposiciones finales destaca la configuraci¨®n de los secretarios de Estado -figura intermedia entre el ministro y el subsecretario-, que podr¨¢n asistir a los Consejos de Ministros para informar, as¨ª como a las comisiones delegadas del Gobiemo.
Seg¨²n otra de las disposiciones finales, en el plazo de cuatro meses, el Gobierno aprobar¨¢ las disposiciones reguladoras de las estructuras org¨¢nicas de cada Departamento, y acordar¨¢ la creaci¨®n, modificaci¨®n, fusi¨®n y supresi¨®n de cuantas unidades, dependencias y organismos se considere conveniente.
El real decreto por el que se ?reestructuran determinados ¨®rganos de la Administraci¨®n Central del Estado? -tal es su denominaci¨®n oficial-, no alude a la creaci¨®n de dos vicepresidencias, a las que se refiere otro real decreto de la misma fecha, publicado tambi¨¦n ayer por el BOE.
Esta ¨²ltima disposici¨®n, por la que se nombra vicepresidente segundo a Enrique Fuentes Quintana, y vicepresidente tercero a Fernando Abril, especifica que al vicepresidente segundo ?corresponder¨¢ la direcci¨®n de la pol¨ªtica econ¨®mica?. En cambio, al vicepresidente tercero -considerado en medios period¨ªsticos como encargado de los ?asuntos pol¨ªticos?- no se le encomienda funci¨®n alguna en la ¨²nica disposici¨®n que le menciona.
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