El gobernador civil de Madrid proh¨ªbe una reuni¨®n de militares de la Rep¨²blica
Los militares profesionales separados del servicio a ra¨ªz de la guerra civil vieron suspendida ayer la primera reuni¨®n de su asociaci¨®n, por orden del gobernador civil de Madrid, Juan Jos¨¦ Ros¨®n.
Dichas personas se hallan en tr¨¢mite de constituci¨®n legal de la Asociaci¨®n Ben¨¦fica de Militares Separados del Servicio (Abemis), que espera ?realizar cuantas gestiones y tr¨¢mites sean precisos para impulsar cuantas mejoras en la situaci¨®n profesional y econ¨®mica de los militares separados del servicio correspondan ?, as¨ª como ?asistir a los propios asociados, a las viudas, esposas y dem¨¢s familiares que de ellos dependan?.Los promotores de Abemis, Juan Jos¨¦ Gallego, Jos¨¦ Mar¨ªa V¨¢zquez y Miguel Palacios, hab¨ªan convocado a los militares que permanecieron fieles a la Rep¨²blica, a una reuni¨®n, ayer a las siete de la tarde, en el local del Partido Socialista Obrero Espa?ol, situado en la calle Benigno Soto, al objeto de elegir a la junta directiva de la asociaci¨®n. Para esta reuni¨®n han llegado a Madrid decenas de militares separados, muchos de ellos ancianos. Algunos proceden del extranjero, y uno de ellos, concretamente, de Venezuela. Los promotores de la asociaci¨®n han logrado m¨¢s de doscientas firmas de adhesi¨®n en Madrid, un n¨²mero mayor en Valencia y n¨²meros no determinados a¨²n en el resto de Espa?a.
Uno de los promotores nos indic¨® que en total podr¨ªan pertenecer a la asociaci¨®n unas 2.000 ¨® 3..000 personas.
En la exposici¨®n de motivos para denegar la reuni¨®n, el gobernador civil dice: ?Considerando que los fines de la reuni¨®n solicitada son il¨ªcitos, al pretender elegir la junta directiva de una asociaci¨®n que no est¨¢ legal mente reconocida, careciendo, por tanto, de personalidad jur¨ªdica para promover o convocar en su nombre ninguna asamblea o reuni¨®n, de acuerdo con lo dispuesto en el art¨ªculo s¨¦ptimo de la ley 17/76, de.29 de mayo, reguladora del derecho de reuni¨®n, en uso de las facultades que me confiere el art¨ªculo sexto del mencionado texto legal, he acordado prohibir la celebraci¨®n del mencionado acto. ?
? El gobernador civil incurre en petici¨®n de principio -dijo uno de los promotores-, ya que para formar una asociaci¨®n legal hay que promoverla primero, que es lo que nos prohibe hacer, porque no tenemos existencia legal. Por otra parte, el gobernador se ha olvidado del art¨ªculo cuarto de la misma ley, que contempla claramente el caso de personas que quieren promover una asociaci¨®n, sin ser a¨²n personas juridicas. ?
Esta parece ser una estaci¨®n m¨¢s del calvario por el que pasan desde hace 38 a?os los militares que permanecieron fieles al Gobierno de la Rep¨²blica. Aunque casi todos ellos (hay algunas excepciones inexplicables) fueron amnistiados el pasado 30 de julio, sin embargo han visto c¨®mo los funcionarios civiles de la Rep¨²blica han recibido el reconocimiento de sus derechos activos y pasivos, han sido reincorporados a sus puestos y escalafones, o han pasado a la jubilaci¨®n con pensiones equiparables a las de los otros funcionarios. ?Para negar nos¨¢ nosotros todo eso -dijo uno de nuestros informantes- el has ta ahora ministro del Ej¨¦rcito, teniente general Alvarez Arenas, dijo que en nosotros incurr¨ªan circunstancias especiales. Yo no digo nada de volver a las filas del Ej¨¦rcito, porque gran parte de nosotros estar¨ªamos en la reserva o el retiro; tampoco estamos en condiciones f¨ªsicas de volver al servicio, y tenernos nuestra vida hecha ya a otra cosa. Lo que que remos es la restauraci¨®n de nuestro honor, y la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa con sentido no discriminatorio; es m¨¢s, queremos la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa a todos, pues los que tuvimos mando de grandes unidades en la guerra, ni siquiera hemos sido amnistiados.?
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