Antecedentes de un car¨¢cter
Cervantes, en sufamosa novela ?ejemplar? "La gitanilla "escribe:?Parece que los gitanos y gitanas nacieron en el mundo para ser ladrones, nacen de padres ladrones, cr¨ªanse con ladrones, estudian para ladrones y, finalmente, suelen ser ladrones corrientes y molientes a todo ruedo, y la gana de hurtar.y, el hurtar son en ellos accidentes inseparables... ?
Podr¨ªamos citar a muchos m¨¢s. El gitano, visto desde fuera -a trav¨¦s del prisma de exotismo obligado- por una cultura ajena, no deja de ser una ficci¨®n, o en el mejor de los casos, un estereotipo producto de nuestra imaginaci¨®n. ?Falta un estudio seno, equilibrado y racional de la realidad gitana espa?ola?, escribe en su Vida gitana Juan de Dios Ram¨ªrez Heredia, el primer gitano espa?ol que ha escrito sobre su raza (y reci¨¦n elegido diputado por Barcelona).?A qu¨¦ se debe esta falta de conocimiento de la realidad gitana? Por una parte, la insuficiencia de medios y de especialistas, por otra, la indiferencia oficial y, por qu¨¦ no decirlo: cierto racismo latente en la sociedad espa?ola. Todo ello agravado por la marginaci¨®n que padece el pueblo gitano desde hace siglos.
La palabra gitano, como gypsy en ingl¨¦s, es una derivaci¨®n del egipcio, y se refiere al supuesto origen de los gitanos. Este error, tal vez propagado por los mismos gitanos -quienes no dan gran importancia a la nacionalidad o jurisd¨ªci¨®n territorial, por considerarse ciudadanos del mundo-, perdur¨® varios siglos.
Pero, como ya es silbido, los gitanos proceden del norte de la India y empezaron su azaroso nomadeo a partir del siglo XI, corno consecuencia de las invasiones que se sucedieron durante siglos.
Gitanos de Espa?a
El gitano espa?ol es conocido por el nombre gen¨¦rico de cal¨®, palabra de origen s¨¢nserito (kal¨®), que significa negro y, sin duda, hace alusi¨®n a la caracter¨ªstica tez morena de su raza. Los cal¨¦s, a su vez forman parte del pueblo rom (hombre, en s¨¢nscrito), que lleg¨® a Europa en etapas sucesivas. La poblaci¨®n roman¨ª europea en la actualidad se calcula en unos cinco-seis millones. No existe un censo oficial de la poblaci¨®n gitana espa?ola, pero se piensa que puede ser integrada por unas trescientas-quinientas mil personas esparcidas por toda la geograf¨ªa nacional.Es muy significativo que la mayor¨ªa de los datos hist¨®ricos que poseemos sobre los g¨ªtanos espa?oles pertenecen al cat¨¢logo de leyes represivas de las cuales han sido objeto a lo largo de suhistoria. La famosa Pragm¨¢tica de los Reyes Cat¨®licos (1499), por la cual se expulsaba a los gitanos, la Pragm¨¢tica de 1619 de Felipe III, por la cual se condenaba a muerte a todo g¨ªtano que permaneciera en el reino despu¨¦s del destierro: la Pragm¨¢tica de 1783. bajo Carlos III, por la cual se les conm¨ªnaba a abandonar sus trajes y lenguas, y en nuestrosd¨ªas, la ley de Vagos y Malcantes y de Peligrosidad Social. Esta ¨²ltima prev¨¦ la detenci¨®n de personas que, sin haber cometido delito alguno, se supone puedan cometerlo. Finalmente, el reglamento de la Guardia Civil (art¨ªculo 2), que advierte a los miembros de la Benem¨¦rita que ?se vigilar¨¢ escrupulosamente a los gitanos?, con las consiguientes vejaciones y arbitrariedades que ya conocemos.
Hemos visto como el gitano ha sido discriminado abiertamente por una serie de leyes represivas a lo largo de su historia. Sin embargo. tendr¨ªamos que mencionar una ley que aunque en principio no se?ala a los gitanos. s¨ª les ha afectado de forma especial desde su promulgaci¨®n. Nos rerferimos a la ley por la cual se cre¨®el Registro Civil v la oblioaci¨®n de todo espa?ol a registrar el nac¨ªmiento de sus hijos a partir de 1870. La indocurnentaci¨®n es la fuente principal de los graves o problemas jur¨ªdicos y legales que acompa?an al gitano toda su vida.
Recelo ante la autoridad
Por una serie de motivos, con lo pueden ser la trashumancia, que impide el acceso dentro del plazo establecido a un Registro Civil, la ignorancia sobre la existencia de la propia ley y el tradicional recelo del gitano ante todo lo que provenga de las autoridades, hacen que una gran mayor¨ªa del pueblo gitano no figure en el Registro Civil. A partirde este hecho surgen graves complicaciones y el gitano que quiere legalizar su situaci¨®n se encuentra con un sin fin de obst¨¢culos y pegas. Por ejemplo, al carecer de certificado de nacimiento, no puede contraer matrimonio a menos que consiga una partida negativa del ayuntamiento o en su defecto del parroco de la localida de donde naci¨®.Claro que estos tr¨¢mites pueden ser sumamente largos y costosos, tampoco hay que olvidar que muchos gitanos Ignoran hasta el nombre del sitio donde nacieron.
Al no estar legalizada la situaci¨®n matrimonial de los padres, los ni?os tampoco est¨¢n inscritos en el Registro Civil, y vuelve a empezar el c¨ªrculo vicioso. Portanto, la falta del primer documento de inscripci¨®n en el Registro Civil puede bloquear la obtenci¨®n de toda una serie de documentos personales, como el carn¨¦ de identidad, pasaporte, libro de familia y, por supuesto, la obtenci¨®n de los beneficios de la Seguridad Social y el derecho de realizar contratos de cualquier ¨ªndole.
No es una exageraci¨®n hablar de la situaci¨®n de ilegalidad o clan destinidad de millares de familias gitanas.
?Del¨ªtos? gitanos
En este terreno -de la legalidad- tal vez convendr¨ªa considerar por un momento el problema de la delincuencia gitana. Los delitos que m¨¢s frecuentemente se les achaca son los de hurtar y robar. Es el robo, frecuentemente, la consecuencia de la extrema pobreza y dureza de la vida que se ven obligados a llevar los gitanos. ?Los robos en que por lo general hemos estado involucrados lo g¨ªtanos han sido de comida, imprescindible para el diario sustento, y nunca con af¨¢n de lucro o le?a para calentarnos en las afuras y heladas noches de invierno.Puede que alg¨²n gitano particularmente haya sido involucrado en otro tipo de hurtos, pero nunca de la crivergadura con que no rnalmente se consideran graves delitos?, escribe Juan de Dios Ram¨ªrez Hered¨ªa.
Ciertamente,el tipo de delitos que se les iniputa, por regla general, son los denominados delitos sociales, producto de la miseria y de la dureza que caracterizan la vida gitana. Desgraciadamente, el anticuado C¨®digo Penal espa?ol (data del siglo pasado) castiga de forma desproporcionada al ladr¨®n de poca monta. Sin embarpo y ah¨ª est¨¢ lo curioso, delitos de mayor envergadura, como puede representar la evasi¨®n de capitales, adulteraci¨®n de ahmentos o especulaci¨®n del suelo, raras veces llevan a los tribunales. Qu¨¦ justificaci¨®n puede haber para que se aplique la ley con todasu severidad en un caso y no en otro? Por supuesto, ninguna. Se trata simplemente de discr¨ªminar contra los miembros m¨¢s necesitados y d¨¦biles de la sociedad.
? Un este p¨ªcaro suelo de preocupaciones no es cr¨ªrnen el robo sino en cuanto es robo de necesidad: quien roba por pasatiempo y por gusto nada tiene que temer.
?Tienes hambre? ?Robas a uno s¨®lo una peseta, exponiendo tu vida? Morir¨¢s ahorcado, infama do. ,No lo necesitas, robas, sin embargo, millones a una naci¨®n entera, sin exponerte a riesgo al guno? Vivir¨¢s bien y respetado.? ?Qu¨¦ injusta diferencia?, escribi¨® Larra llace m¨¢s de cien a?os, lo que dernuestra que poco o nada ha cambiado desde entonces.
Esto nos lleva al obligado tema de la ley gitana. Hay una idea totalmente err¨®nea sobre el particular. Son muchos los payosque creen que el gitano, Por no acatar las leyes payas, no tiene ninguna ley. Sin embargo, nada m¨¢s falso. El pueblo gitano tiene su propio c¨®digo -por cierto, no escrito-, que define y regula su conducta y obligaciones dentro de la cornunidad gitana. Es precisamente el respeto a las leyes gitanas la primera obligaci¨®n del gitano que se aprecie a s¨ª mismo. Desde la cuna hasta la muerte, su vida se rige por estas leyes, y gracias a ellas ha podido sobrevivir su raza.
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